ENSAYO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
Enviado por paug8 • 26 de Abril de 2017 • Ensayo • 1.699 Palabras (7 Páginas) • 688 Visitas
ENSAYO VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
LULY KARINA D’ PAOLA PUCHE
La violencia contra la mujer es una manera de violencia y discriminación de los derechos humanos. Origina incontables sufrimientos, acaba vidas y deja a innumerables mujeres viviendo con dolor y temor en todos los países del mundo, les impide tener una realización personal plena, además las limita en el crecimiento económico y obstaculiza su desarrollo en todos los ámbitos sociales.
La generalización y el alcance de la violencia contra la mujer ponen de manifiesto el grado y la persistencia de la discriminación con que siguen tropezando las mujeres. Por ende, sólo se puede contraatacar tratando de eliminar la discriminación, promoviendo la igualdad y el empoderamiento de la mujer y velando por el pleno ejercicio de los derechos humanos de esta.
La violencia contra la mujer no es impasible ni inevitable y podría reducirse radicalmente y llegar a erradicarse, con la voluntad política y los recursos necesarios.
Las causas de la violencia contra la mujer radican en la desigualdad histórica de las relaciones de poder entre el hombre y la mujer y la discriminación generalizada en contra de estas en los sectores tanto público como privado. El abuso a la mujer es uno de los principales formas en que los hombres sienten que pueden tener el control sobre la capacidad de acción y la sexualidad de las mismas.
En nuestro país el machismo ha imperado desde su fundación y no porque se tenga en la sangre ser machistas, sino, porque la misma sociedad se construyó de esa forma, en el cual la mujer es tomada como solo una extensión más de la casa, y es considerada para atender al esposo, hijos y no aportar ni en pensamiento ni económicamente.
Pero actualmente, el machismo no está dado solo por los hombres sino por las mismas mujeres que admiten conductas en donde se denigra su posición dentro de la sociedad, aceptando el maltrato que reciben por parte de los hombres.
En Colombia la ley que protege a las mujeres en contra de la violencia de este género es la LEY 1257 DE 2008, que tiene como objeto:
“la adopción de normas que permitan garantizar para todas las mujeres una vida libre de violencia, tanto en el ámbito público como en el privado, el ejercicio de los derechos reconocidos en el ordenamiento jurídico interno e internacional, el acceso a los procedimientos administrativos y judiciales para su protección y atención, y la adopción de las políticas públicas necesarias para su realización”, es decir fue promulgada para reparar esta realidad y luchar con los acontecimientos que atacan a la mujer por ser mujer, en las cuales se imparten órdenes a las instituciones del Estado y no gubernamentales para que socialicen y prevengan actos de machismo y formulen programas de formación y atención a la mujer como ente social de gran importancia para la sociedad colombiana.
Según dicha ley se entiende por violencia contra la mujer:
“cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado”.
De acuerdo a lo anterior se pueden entender diferentes tipos de violencia contra la mujer, las cuales se describen brevemente a continuación:
Violencia psicológica: Es toda conducta activa u omisiva ejercida en deshonra, descrédito o menosprecio al valor o dignidad personal, tratos humillantes y vejatorios, vigilancia constante, aislamiento, marginalización, negligencia, abandono, celotipia, comparaciones destructivas, amenazas y actos que conllevan a las mujeres víctimas a disminuir su autoestima, a perjudicar o perturbar su sano desarrollo y a la depresión e incluso al suicidio. El maltrato psicológico constituye una forma de abuso más sutil y difícil de percibir, pero no por eso menos traumático para las mujeres que lo padecen.
Violencia sexual: Es toda conducta que amenace o vulnere el derecho de la mujer a decidir voluntaria y libremente su sexualidad, comprendiendo ésta no sólo en el acto sexual, sino toda forma de contacto o acceso sexual, genital o no genital, tales como actos lascivos violentos o acceso carnal violento o la violación propiamente dicha. Incluye el uso de la fuerza o intimidación dentro del mismo matrimonio o de otras relaciones vinculares o de parentesco, exista o no convivencia, así como la prostitución forzada, explotación, esclavitud, acoso, abuso sexual y trata de mujeres.
Violencia patrimonial y económica: Se considera violencia patrimonial y económica toda conducta activa u omisiva que directa o indirectamente, en los ámbitos público y privado, esté dirigida a ocasionar un daño a los bienes muebles o inmuebles en menoscabo del patrimonio de las mujeres víctimas de violencia o a los bienes comunes. También la que se dirige a ocasionar un menoscabo en los recursos económicos o patrimoniales de la mujer, a través de la perturbación de la posesión, tenencia o propiedad de sus bienes, pérdida, sustracción, destrucción, retención o distracción indebida de objetos, instrumentos de trabajo, documentos personales, bienes, valores y derechos patrimoniales. Incluye todo acto que genere limitaciones económicas encaminadas a controlar sus ingresos, o la privación de los medios económicos indispensables para vivir.
Acoso u hostigamiento: Es toda conducta abusiva y especialmente los comportamientos, palabras, actos, gestos, escritos o mensajes electrónicos dirigidos a perseguir, intimidar, chantajear, apremiar, importunar, vigilar a una mujer, y que atenten contra su estabilidad emocional, dignidad, prestigio, integridad física o psíquica, o que puedan poner en peligro su empleo, promoción, reconocimiento en el lugar de trabajo o fuera de él.
Violencia doméstica: Aquella conducta activa u omisiva, constante o no, de empleo de fuerza física o violencia psicológica, intimidación, persecución o amenaza ejercida contra una mujer por un integrante del grupo familiar, persona con quien mantiene o mantuvo relación de afectividad, ascendientes, descendientes, parientes colaterales, consanguíneos y afines, independientemente del espacio físico donde ésta ocurra, y que dañe la dignidad, el bienestar, la integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, la libertad, comprendiendo la libertad reproductiva y el derecho al pleno desarrollo de las mujeres. Incluye las relaciones vigentes o finalizadas, no siendo requisito la convivencia.
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