Ejercicios Prácticos Regímenes Aduaneros especiales
Enviado por Vanessa Ramos Bolufer • 20 de Diciembre de 2020 • Trabajo • 1.082 Palabras (5 Páginas) • 1.625 Visitas
Regímenes aduaneros especiales
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Ejercicio 1
Indique, razonando la respuesta, qué régimen aduanero se puede aplicar a las siguientes operaciones:
- Una empresa comunitaria compra naranjas en Marruecos, que entrarán en el territorio aduanero comunitario por una aduana española y seguirán por carretera hasta llegar a su destino final en Bélgica. Dicha empresa desea hacer el despacho en la aduana belga.
La empresa utilizará el Régimen de Tránsito Comunitario Externo (T1) porque las mercancías no son comunitarias, son de Marruecos. La empresa solicita en la aduana española esté régimen y así, las mercancías no comunitarias pueden circular de una aduana comunitaria de salida, (que sería la aduana española) a otra aduana de destino, (que sería la aduana belga) sin ser gravada con los impuestos que devenguen con su entrada en el territorio aduanero comunitario, ni estar sometida a controles aduaneros.
- Una empresa de Barceno (Italia) vende un producto a una empresa de Waldshut (Alemania). El recorrido por carretera de las mercancías es el siguiente: Italia- Suiza- Alemania, a no ser que tenga que pagar derechos de importación en la aduana suiza y alemana. En ese caso, planificará un itinerario más largo y costoso.
Estamos hablando de un tránsito comunitario interno, estamos hablando de mercancías comunitarias en todo momento. La mercancía va de Italia a Alemania, ambos de la Unión Europea y pasa por un tercer país intermedio. Se suspenden todos los derechos inherentes a la importación y no se le aplican medidas de carácter comercial.
- Una empresa comercial dedicada a la importación de productos y su reventa en el mercado español peninsular presenta el documento previo a la importación que es autorizado por la Administración. Cuando la mercancía ya ha salido del país de procedencia pero todavía le faltan tres días para llegar a la aduana de destino, recibe la noticia de que uno de sus principales clientes no va a adquirir la cantidad que habían acordado (el 40% del valor de la importación). Se plantea entonces cómo financiar el pago de los derechos de importación, o mejor, cómo evitar el pago.
Tiene dos opciones para evitar el pago:
- Puede ver si tiene cerca de la aduana a la que se dirige una zona franca o depósito franco para depositar allí las mercancías.
- Incluir las mercancías en régimen de depósito aduanero, ver si hay un depósito público cerca o bien solicitar un depósito aduanero privado comprobando antes que cumple con los requisitos que se exigen a estos depósitos.
Ejercicio 2
Una empresa desea ultimar el régimen de perfeccionamiento activo de aceite que ha importado de Turquía, para refinar y reexportar posteriormente fuera de la Comunidad, para lo que cuenta con un plazo máximo de seis meses antes de su reexportación. Cuando está a punto de finalizar el plazo, se encuentra con una cantidad de aceite sin refinar y otra, ya refinado, pendiente de reexportar por haber tenido dificultades para enviarlo al destino previsto. ¿Cuál será la mejor forma de solucionar este problema?
Tiene 3 opciones :
- 1 Solicitar introducir la mercancía en un depósito aduanero privado o público, con objeto de vincular la cantidad pendiente de la mercancía al régimen de depósito aduanero, tanto en forma de producto compensador como de materia prima
- 2. Introducir las mercancías en una zona franca
- 3. Introducir las mercancías en un depósito franco
En cualquiera de las tres figuras, ya sea depósito aduanero, zona franca o depósito deben cumplirse con los requisitos y formalidades que en cada uno de ellos se exija, podrá mantener dichos productos en suspensión de derechos arancelarios y gravámenes interiores sin límite de tiempo, hasta que consiga reexportarlos definitivamente o asignarles otro destino aduanero. Estas tres áreas exentas han sido previstas para facilitar, en condiciones ventajosas, el depósito de las mercancías objeto de comercio internacional. Son considerados destinos intermedios en los que las mercancías pueden permanecer ilimitadamente. La ventaja principal que reporta el depósito aduanero ya sea público o privado, con respecto a las zonas francas y depósitos francos, es la posibilidad por parte del depositario de elegir la ubicación de su depósito, lo que supone un gran beneficio para la empresa. Otra gran ventaja sería la de poder introducir las mercancías en el caso de un depósito aduanero público sin tener que adscribirlas a un régimen de depósito aduanero, con lo que no sería necesario cumplimentar el correspondiente DUA de adscripción al régimen, sería suficiente con una anotación contable. Por otra parte la figura del depósito aduanero se encuentra gestionada por el propio depositario, lo cual le concede una cierta libertad e independencia.
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