El Patrimonio
Enviado por davidoctavio1989 • 28 de Enero de 2015 • 1.103 Palabras (5 Páginas) • 178 Visitas
Patrimonio:
Se define como el conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una persona, física o jurídica y en el ámbito legal también puede ser definida como el conjunto de relaciones jurídicas pertenecientes a una persona que tienen una utilidad económica y están constituidos por bienes y derechos (activos y pasivos).
Características del patrimonio:
- Es la herencia de un individuo o su propiedad
- Está constituido por deberes y derechos de contenido económico
- Es activo y pasivo, el primero comprende todos los bienes y derechos de un mismo propietario y el segundo recaen las obligaciones, deudas y cargas en general.
Teorías referidas al patrimonio y críticas
- Teoría clásica (patrimonio de la personalidad): para esta teoría el patrimonio comprende de un activo como un pasivo, el activo está conformado por todos los derechos presentes y futuros valorables en dinero y el pasivo lo constituye tanto las obligaciones como las cargas.
Sólo las personas (naturales o jurídicas), pueden tener patrimonio. Toda persona tiene necesariamente un patrimonio. Según la teoría clásica puede enunciarse así: "El patrimonio es una universalidad jurídica".
Las críticas de esta teoría radican en el hecho de excluir del patrimonio los bienes y derechos no valorables en dinero. Niegan que toda persona tenga necesariamente un patrimonio Es por eso que los críticos decidieron separar los bienes y derechos valorables en dinero de los que no son.
- Teoría alemana (patrimonio afectación): es la persona que contrae las obligaciones quienes cierren y ejerce los derechos y quien puede decir su responsabilidad a otra.
Este conjunto de bienes y derechos, estén destinados a la realización de un fin.
Criticas: se considera inadmisible la opinión de quienes independizan totalmente las nociones de patrimonio y personalidad.
Tipos de patrimonio especificados en la doctrina
1.- Los Patrimonios separados: En el estado actual del ordenamiento jurídico venezolano, el patrimonio es uno para cada sujeto. Técnicamente considerado, el patrimonio comprende una diversidad de relaciones jurídicas, de contenido económico, apuntadas a un sujeto que les sirve, de centro de gravitación. Los patrimonios separados se manifiestan, sin embargo, cuando dos o más masas singulares de bienes -o de derechos- pertenecientes a un solo sujeto tienen existencia propia.
El hogar. El Código Civil venezolano (Artículo 632 y siguientes) autoriza la constitución de un hogar -para el constituyente y su familia- excluido del patrimonio global y de la acción de los acreedores. El hogar es inembargable e inalienable.
El patrimonio del fallido. Declarada la quiebra de un comerciante, la masa activa de sus bienes queda afectada a la satisfacción de la masa de acreedores. Estos, por medio del síndico, administrarán los bienes del fallido
2.- Patrimonio autónomo: conjunto de derechos y obligaciones que no está imputado a una persona jurídica determinada, Se da el nombre de patrimonios autónomos destinados o en administración a aquellos conjuntos de bienes y derechos a quienes falta el titular o cuyo titular permanece temporalmente desconocido.
3.- patrimonio colectivo: Su característica es que la titularidad los mismos corresponde a más de una persona. Un ejemplo de este tipo de patrimonios lo es la comunidad de bienes en el matrimonio. Todos ejercen un mismo derecho en general sobre cada uno de los elementos.
4.- bienes administración: la Administración es titular de bienes de dominio público, bienes patrimoniales y bienes comunales siendo el patrimonio real o nacional una categoría específica de bienes ya que están destinados a funciones constitucionales
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