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Estrategias Fiscales catedra


Enviado por   •  6 de Julio de 2017  •  Ensayo  •  1.279 Palabras (6 Páginas)  •  336 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS

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Estrategias Fiscales

Catedrática:

Abogada Fátima Rivera

Trabajo:

Impuesto al Activo

Integrantes:

Joseline Patricia Cáceres Castellanos

Lugar y Fecha:

San Pedro Sula, Cortes 5 de junio del 2017.

Índice

Objetivos General y Especifico…………………………………………………………………………………2

Introducción        3

Impuesto al Activo Neto        4

Personas Exentas del Impuesto al Activo Neto        4

Ejemplo del Pago del Impuesto al Activo Neto:        5

Aportación Solidaria        6

Conclusiones…......……………………………………………………………………7

 Bibliografía……………………………………………………………………………..8


Objetivo General

-Mejorar mis conocimientos en Estrategias Fiscales con un amplio vocabulario de palabras desconocidas y conceptos nuevos que me ayudaran en mi formación académica.

Objetivos Específicos

-Saber lo que es unos activos netos y todo lo que conlleva sus impuestos.

-Desarrollar mis conocimientos en lo que es la aportación solidaria.

Introducción

El impuesto sobre los activos totales es del 1% el cual se paga sobre los activos totales representados en el balance general menos las reservas estipuladas por ley, la reserva sobre cuentas incobrables y un excedente de Lps. 3, 000,000.00, la declaración jurada de dicho impuesto deberá ir acompañada por el balance general y firmado por un contador colegiado. La aportación solidaria es aquel que se paga sobre el excedente de la renta neta gravable del 10% deduciendo únicamente la cantidad de Lps. 1, 000,000.00.

Es muy importante que todas las personas paguemos y declaremos nuestros impuestos a tiempo para evitar multas y ayudar al desarrollo económico de nuestro país.


Impuesto al Activo Neto

El impuesto al Activo Neto es un impuesto anual radicado en Honduras de las personas naturales y jurídicas que tengan el carácter de comerciantes según lo determina el Código de Comercio. El impuesto se pagara sin tener en cuenta la nacionalidad o domicilio de los titulares del activo, la región del país en que este se localiza, el beneficiario de su uso o goce u otras circunstancias análogas.

Por Activo Neto se entiende el valor monetario de los activos que figuran en el balance general del contribuyente, menos las reservas por cuentas por cobrar y las depreciaciones acumuladas permitidas por la ley de impuesto sobre la renta.

La tasa del impuesto será del 1% anual y deberá pagarse dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del periodo fiscal común y ordinario o el especial autorizado por la dirección general de tributación para efectos del pago del impuesto sobre la renta. Los contribuyentes están obligados a presentarse ante la dirección general de tributación, por si o por medio de apoderado legal, dentro de los seis meses siguientes a la fecha de cierre del correspondiente periodo fiscal, una declaración jurada de sus activos nets. La declaración estará acompañada de una copia del balance general autorizado por un contador público colegiado.

Se paga el impuesto sobre los activos netos a los activos netos del balance general menos las reservas por cuentas incobrables y las depreciaciones autorizadas por la ley.

El impuesto se pagará en las oficinas recaudadoras autorizadas por la Dirección General de Tributación en la fecha de presentación de la declaración jurada.

Personas Exentas del Impuesto al Activo Neto

  • Los comerciantes cuyo activo neto anual no excede de SETECIENTOS CINCUENTA LEMPIRAS (L.750, 000.00).
  • Las personas naturales y jurídicas cuyos activos netos estén exclusivamente relacionados con fines de beneficencia, educativos, culturales, gremiales o dedicados a la investigación científica por cuenta de fundaciones, universidades u otras instituciones análogas, nacionales o extranjeras, aceptadas por la Dirección General de Tributación.
  • Los comerciantes en su etapa pre operativa y durante los dos años siguientes a la fecha de inicio de sus actividades. No quedarán comprendidas en este literal las sociedades mercantiles que se hayan fusionado, transformado dividido o traspasado sus activos a otra u otras que hayan gozado total o parcialmente de este privilegio.
  • Los comerciantes que operan en las zonas libres, zonas industriales de procesamiento y zonas libres turísticas y los que se dedican a la maquila, siempre que exporten el cien o ciento (100%) de su producción fuera del área centroamericana. Para los efectos de este Artículo se entenderá por maquila el proceso productivo por medio del cual se incorpora valor agregado nacional a las mercancías internadas bajo el Régimen de Importación Temporal (RIT).
  • Los bancos, instituciones financieras y de seguros por los préstamos y descuentos, inversiones en valores, activos contingentes, primas por cobrar y reservas a cargo de reaseguradas y reafianzadoras, así como las sociedades mercantiles tenedoras de acciones de empresas nacionales (holding company).
  • Los comerciantes que habiendo pagado Impuesto Sobre la Renta en el período anterior que corresponde el cálculo del Impuesto del Activo Neto y que demuestren fehacientemente ante la Dirección General de Tributación que, por situaciones especiales, atraviesan por un período cíclico de pérdidas con perspectivas de recuperación.

Ejemplo del Pago del Impuesto al Activo Neto:

Para este ejemplo se tomara como base los datos obtenidos para ISR y la aportación solidaria temporal.

Cuando la sumatoria del ISR y aportación solidaria temporal pagado es mayor o igual al impuesto a pagar en concepto de activo total neto, se entenderá por cumplida la obligación derivada de este último así:

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