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“Estímulo Fiscal de Impuesto Sobre la Renta en Zona Fronteriza Norte para Persona Moral”


Enviado por   •  12 de Noviembre de 2019  •  Trabajo  •  2.278 Palabras (10 Páginas)  •  167 Visitas

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Universidad Nacional Autónoma de México

Facultad de Contaduría y Administración

Metodología de la Investigación Fiscal

Trabajo de Investigación

“Estímulo Fiscal de Impuesto Sobre la Renta en Zona Fronteriza Norte para Persona Moral”.

L.C. Mariano Machuca Nava

L.C.C. y Mtro. Humberto Cruz Hernández

Fecha: 22 – Mayo - 2019

Índice.

  1. Introducción.
  2. Antecedentes.
  3. Estímulo fiscal en Zona Fronteriza.
  1. ¿Qué es un estímulo fiscal?
  2. ¿Qué es zona fronteriza?
  3. Sujetos del estímulo fiscal.
  4. Requisitos  para ser participe del estimulo.

4. Caso practico de estimulo fiscal de Impuesto sobre la renta en zona fronteriza.

5.  Conclusiones.

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  1. Introducción

Los impuestos en México son una parte esencial para satisfacer necesidades económicas del Estado, por lo cual, con el paso del tiempo han sufrido constantes cambios en su estructura y aplicación.

José Álvarez de Cienfuegos los define como: “Una parte de la renta nacional que el Estado se apropia para aplicarla a la satisfacción de las necesidades publica, […] sin ofrecer a estas compensación especifica y reciproca de su parte.” [1]

Uno de ellos y el más popular es el Impuesto Sobre la Renta, que es la principal fuente de ingresos tributarios del país. Actualmente tiene una tasa del 30% sobre la utilidad fiscal [2] en el ejercicio[3] para personas morales, sin embargo, para personas físicas se rige por tarifas, las cuales dependen de las  actividades que lleven a cabo para la obtención de sus ingresos.[4]

El objetivo de este trabajo, es informar al contribuyente sobre el estímulo fiscal del Impuesto sobre la Renta, el cual entró en vigor el 1 de Enero de 2019 por el “Decreto de Estímulos Fiscales Región Fronteriza Norte”, con una vigencia hasta el 31 de Diciembre de 2020.  Y que esta información puedan aplicarla en su beneficio, siempre y cuando sean sujetos para obtener dicho estímulo.

  1. Antecedentes.

De acuerdo a la estructura de una contribución, estas deben de contener un sujeto, objeto, base y tasa.

  • Sujeto: Este es el elemento más importante, se dividen en dos clases: activos y pasivos. “Los sujetos activos son aquellos que tienen el derecho y las obligaciones de cobrar impuestos, a nivel Federal, Estatal y Municipal. Mientras que los sujetos pasivos son todos aquellos que tienen el derecho y la obligación de pagar el impuesto”. [5]
  • Objeto: Es la justificación, la cual le da origen al tributo, además considerando que es el elemento material y/o económico.
  • Base: Es el valor monetario por el cual se aplicará la tasa o tarifa, dependiendo la persona jurídica que tenga la obligación tributaria.
  • Tasa: Es un porcentaje impuesto por la autoridad, este puede ser fijo o variable y tiene como objetivo calcular el impuesto.

El Impuesto sobre la Renta vigente desde 1924, ha tenido diferentes  modificaciones, a continuación mencionaremos algunas:

  • Ley del Impuesto para la Renta de 1924
  • Ley del Impuesto para la Renta de 1941
  • Ley del Impuesto para la Renta de 1964
  • Ley del Impuesto para la Renta de 1987
  • Ley del Impuesto para la Renta de 1991
  • Ley del Impuesto para la Renta de 2002

Hoy en día, esta Ley se compone de 7 títulos, los cuales se dividen en capítulos y estos, a su vez, en secciones.  

3. Estímulo fiscal de ISR en Zona Fronteriza.

Con este nuevo gobierno de Andrés Manuel López Obrador, se han decretado estímulos fiscales para los contribuyentes que estén interesados en aplicarlos, uno de ellos es al Impuesto sobre la Renta en la región zona fronteriza norte.

El estímulo consiste en aplicar un “crédito fiscal equivalente a la tercera parte del Impuesto Sobre la Renta causado en el ejercicio o en los pagos provisionales, contra el Impuesto sobre la Renta del mismo ejercicio o en los pagos provisionales del mismo, en la proporción que representen los ingresos totales obtenidos en la región del total de sus ingresos”. [6]  Además se deberán excluir los ingresos que se deriven de bienes intangibles y los que provengan del comercio digital que no estén comprendidos en el decreto.

La proporción antes mencionada se tendrá que obtener de esta manera:

= Ingresos totales obtenidos en la región fronteriza

            x 100 [pic 5]

   Total de ingresos obtenidos por el contribuyente en dicho periodo

El resultado obtenido se tendrá que mostrar en porcentaje.

Para ser partícipe de dicho estímulo, se tendrá que tener mínimo un 90% del total de los ingresos en la región fronteriza norte.

De igual forma, para los contribuyentes que apliquen el estímulo, no habrá devolución o compensación que se tuviera en dado caso de no aplicarlo.

3.1. ¿Qué es un estímulo fiscal?

Son beneficios que otorga el Gobierno Federal al contribuyente para incentivar actividades, inversiones, generar mas empleo en ciertas áreas, entre otros fines económicos, sociales y políticos.

En el Código Fiscal de la Federación y en la Ley del impuesto sobre la Renta no hay específicamente una definición, de lo que se debe entender por “estimulo fiscal”, sin embargo, nos remitimos a una tesis, en ese entonces por el Tribunal Fiscal de la Federación, para recabar una definición aceptada: “Son beneficios de carácter económico concedidos por la Ley Fiscal al sujeto pasivo de un impuesto con el objeto de tener ciertos fines de interés social, […]”. [7]

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