Evaluación Desempeño en el Sector Público Perú
Enviado por fili.vivas • 15 de Junio de 2018 • Tarea • 2.185 Palabras (9 Páginas) • 261 Visitas
La evaluación de desempeño en la administración pública de nuestro país.
Feliberto Vivas.
Junio 2018.
Universidad Nacional Federico Villarreal.
Escuela Universitaria de Educación a Distancia - EUDED
Administración de Empresas
Dirección de Personal
Tabla de Contenidos
Introducción e información general 1
La Administración Publica 2
Concepto 2
Regímenes Laborales de la Administración Pública. 2
Existe Evaluación de Desempeño en la Administración Pública 5
La Evaluación de Desempeño en Servir 8
Conclusiones 11
Lista de Referencias 12
Lista de tablas
Tabla 1. Evaluación en los Regímenes Estatales . 5
Lista de figuras
Figura 1. Regímenes Laborales de la Administración Pública en el Perú. 3
Figura 2. Sistema de Administración de Recursos Humanos) ……………………………………8
Introducción e información general
En toda organización moderna, el área que realiza la gestión del recurso humano incluye como una función importante la evaluación del desempeño de su personal, con la finalidad de comprobar el grado de cumplimiento de los objetivos propuestos a nivel individual.
La Administración Pública que hoy en día afronta el gran reto de reclutar a los mejores profesionales y especialistas para de esta manera poder ser más eficiente y eficaz al servicio de la ciudadanía, no debería ser ajena a este importante instrumento de gestión del recurso humano. Sin embargo, dado que existe una normatividad que rige su funcionamiento, es necesario saber si en ella ha sido contemplado este importante aspecto.
El presente trabajo de investigación pretende despejar esta interrogante.
¿Qué es la Administración Pública?
Concepto
El termino público en el Perú, generalmente está asociado con lo estatal, en este contexto entonces podríamos decir que se denomina Administración Pública a la administración de todas las instituciones estatales del país. Sin embargo, el Instituto Peruano de Gobierno – IPEG, en su blog (https://www.ipeg.edu.pe/blog), nos dice que “la Administración Pública son todos aquellos organismos y órganos, estatales y no estatales, que ejercen función administrativa, la misma que se define como poder político para concretar”.
En el concepto antes expuesto podemos denotar que se incluyen a organismos no estatales pero que ejercen función pública. En este mismo sentido, Mario Alva Matteucci, en su blog de la PUCP, (http://blog.pucp.edu.pe/blog), desarrolla un interesante artículo sobre la evolución con el transcurrir de los años en la legislación peruana del concepto de Administración pública concluyendo que “el concepto de Administración Pública ha dejado de ser restrictivo y exclusivo del sector estatal”
Regímenes Laborales de la Administración pública .
Si bien el concepto de Administración Pública incluye como parte de ella a organismos particulares, para efectos del presente trabajo no analizaremos su régimen laboral, ya que estos en ese aspecto se rigen con la normatividad de la empresa privada; enfocando nuestra investigación en las entidades estatales.
Al respecto hemos podido conocer que en la actualidad aún coexisten 15 regímenes laborales, en el sistema estatal, cada uno con su normativa propia en la que se incluyen los deberes y derechos de los servidores públicos inmersos en ellos. En el gráfico siguiente se pueden observar cada uno de ellos y su clasificación:
[pic 1]
Figura 1. Regímenes Laborales de la Administración Pública en el Perú. Por SERVIR (2012).
Sin embargo, desde junio del año 2008 nació la Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR con la finalidad de ordenar la gestión de recursos humanos en el estado, y unificar sus regímenes laborales, incluyendo a todos los servidores públicos bajo el régimen de la carrera pública (DL. 276), el régimen de la actividad privada (DL. 728), los Contratos Administrativos de Servicios (DL. 1057 – CAS) y los regímenes especiales.
Es necesario precisar que no están comprendidos en el ámbito de SERVIR los miembros de las Fuerzas Armadas, la Policía Nacional del Perú, el Servicio Diplomático, la Carrera Judicial, la correspondiente al Ministerio Público y las empresas del Estado bajo el ámbito del FONAFE.
¿Existe evaluación de desempeño en la Administración Pública?
A continuación, desarrollaremos una tabla en la que se detallará, como se lleva a cabo la evaluación de desempeño en los diferentes regímenes laborales de las entidades del Estado.
Tabla 1.
Evaluación en los Regímenes Estatales
Régimen Laboral | Normatividad | Evaluación de Desempeño |
Régimen Laboral de laCarrera Administrativa | D.L 276D.S 005-90-PCM | La evaluación de desempeño laboral es un proceso obligatorio que se debe realizar en forma permanente y se califica en forma periódica de acuerdo con los criterios y puntajes que se establezcan. La evaluación está a cargo del jefe inmediato de cada servidor público. Ni la Ley de bases de la carrera administrativa ni su reglamento, desarrollan los criterios y los puntajes que deben ser considerados en las evaluaciones de desempeño. |
Régimen Laboral de la Actividad Privada | D.L 728LEY 27803 | La Ley de fomento del empleo no regula la evaluación del personal, pues habiendo sido diseñada para la actividad privada, deja a criterio del empleador las formas de evaluación que considere más convenientes. Por su parte, la Ley Marco del empleo público solo establece que la retribución del desempeño laboral se realice de acuerdo con un sistema de evaluación con equidad y justicia, que debe tener como criterios mínimos la universalidad, la base técnica y la competencia laboral. |
Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios (CAS) | D. L 1057Ley 29849 D.S 075-2008-PCM D.S 065-2011-PCM | Hasta la aprobación de la norma que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y su reglamento los servidores bajo el régimen CAS no se encontraban sujetos a procesos de evaluación. Conforme a esa norma, los servidores públicos contratados bajo este régimen especial quedan comprendidos en los procesos de evaluación de desempeño que se llevan a cabo de manera transversal en la administración pública. El reglamento señala que la evaluación de las personas bajo la modalidad CAS solo puede ser utilizada para identificar necesidades de capacitación y no para justificar la separación por bajo desempeño. La inexistencia de una relación entre la evaluación de desempeño y la renovación de las CAS muestra que este tipo de contratación es muy precaria. |
Carrera de los Profesionales de Salud | Ley 23536D.S. 0019-83-PCM | La evaluación del profesional de la salud la realiza el jefe inmediato superior con una frecuencia semestral. Para la evaluación, se tiene en cuenta el rendimiento, asistencia y puntualidad, aptitudes, relaciones interpersonales, méritos o deméritos. De acuerdo con la norma, quien no aprueba la evaluación semestral, no puede postular al nivel inmediato superior en el transcurso del próximo semestre. Si el profesional de la salud durante dos semestres consecutivos no alcanza un puntaje aprobatorio, debe ser separado de la carrera por insuficiencia profesional, previo proceso administrativo. |
Carrera de los técnicos y auxiliares de salud. | Ley 28561DS 004-2012-SA | No se contempla mecanismos de evaluación. |
Carrera pública del profesorado y carrera pública magisterial. | Ley 29944Ley 30512 DS 004-2013 DS 005-2017 | La evaluación del profesorado es permanente, integral, sistemática y acumulativa. Son tres los aspectos comprendidos para la evaluación del profesorado: perfeccionamiento, desempeño laboral y méritos.Para el ascenso de nivel magisterial tienen que ingresar a un proceso integral de evaluación. Existen dos tipos de evaluación: • Las ordinarias cada tres años y • Las extraordinarias para quienes desaprueban la evaluación de desempeño, la cual se realiza al año siguiente de la desaprobación y busca verificar la superación de las deficiencias encontradas en las evaluaciones ordinarias. |
Carrera de docentes universitarios. | Ley 23733 | El sistema de evaluación es establecido por los estatutos de cada universidad, pero, en todos los casos, ese sistema debe tomar en cuenta la calificación de la producción intelectual del docente a nivel universitario o extrauniversitario. |
Carrera diplomática | Ley 29318D.S.130-2003-RE | Se realizan evaluaciones anuales. |
Carrera judicial | Ley 29277 | Cuentan con una evaluación de desempeño que se lleva a cabo para medir el rendimiento y mérito de los jueces, así como detectar las necesidades de capacitación. Además, se realiza una evaluación sobre la calidad de las resoluciones, celeridad, del rendimiento durante un periodo determinado, de la calidad en la gestión de procesos, en la organización del trabajo, de las publicaciones, del desarrollo profesional y una evaluación integral cada siete años desde la perspectiva de idoneidad del juez para ejercer. |
Carreras especiales de las Fuerzas Armadas | Ley 28359 | Se realizan evaluaciones enmarcadas en el proceso de ascensos. |
Carrera Policial | Ley 27238Ley 28857 | Se realizan evaluaciones enmarcadas en el proceso de ascensos. |
Carrera Penitenciaria | Ley 29709 | La evaluación de la carrera del servidor penitenciario comprende la evaluación para el ingreso, la evaluación del desempeño laboral y la evaluación para el ascenso. El ascenso en la carrera es al nivel jerárquico superior dentro de la carrera y no en el cargo. Para postular al ascenso, se requiere haber cumplido el tiempo real y efectivo de permanencia en el nivel previo, así como haber aprobado las evaluaciones de desempeño, previas a la evaluación de ascenso en la que participa. |
Carrera Fiscal | D.L 052Ley 26335 Ley 26397 | La Ley Orgánica del Consejo Nacional de la Magistratura (26397) establece que el Consejo Nacional de la Magistratura debe revisar cada siete años la actuación y calidad de los fiscales de todos los niveles para su ratificación. |
Nota: Elaboración propia con información de Servir. (Servir ,2012)
La Evaluación de Desempeño en SERVIR .
SERVIR establece un Sistema de Administración de Recursos Humanos para el sector público que está compuesto por siete subsistemas, conforme se aprecia en la figura 2.
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