"Exigibilidad de los derechos sociales”
Enviado por Seguergo • 2 de Junio de 2016 • Ensayo • 651 Palabras (3 Páginas) • 805 Visitas
"Exigibilidad de los derechos sociales”
Los derechos sociales como el derechos a la salud, a la seguridad social, a la educación, al trabajo, entre otros están contenidos en múltiples tratados internacionales como es el caso del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y a medida que han ido evolucionando desde su reconocimiento en el siglo XIX, se han ido incluyendo en cada vez mas Constituciones y Leyes en los diferentes países del mundo.
En el caso de la República Dominicana los derechos sociales tienen gran importancia, pues la Constitución Dominicana en sus artículos 7 y 8 describe que el Estado Dominicano es un Estado Social, Democrático y de Derechos, poniendo como base el reconocimiento de los derechos sociales y estableciendo que es una función esencial del Estado, la protección efectiva de los derechos de la persona, el respeto de su dignidad y la obtención de los medios que le permitan perfeccionarse de forma igualitaria, equitativa y progresiva, dentro de un marco de libertad individual y de justicia social, compatibles con el orden público, el bienestar general y los derechos de todos y todas. Esto nos da a entender que el reconocimiento expreso de dichos derechos y la responsabilidad del Estado frente a la garantía de cumplimiento de los mismos, hacen que surjan diferentes interrogantes como ¿Verdaderamente el Estado Dominicano cumple con el papel de garantía del cumplimiento de los derechos sociales? ¿El hecho del reconocimiento que hace la Constitución Dominicana, garantiza la exigibilidad de los derechos sociales frente al Estado?.
La República Dominicana a través del Tribunal Constitucional ha confirmado la protección que debe proveer para el cumplimiento de los derechos sociales, tal es el caso de la Declaración conforme a la Constitución del Convenio del Consejo de Ministras de la Mujer de Centroamérica (COMMCA), mediante la Sentencia No. TC/0014/14 en dicho Convenio se establece el derecho al trabajo de la mujer en condiciones de igualdad, entre otras cosas.
Para los autores Víctor Abramovich y Christian Courtis el Estado frente a los derechos sociales tiene obligación de abstenerse de actuar en ciertos ámbitos, así como también la obligación de realizar una serie de funciones, a efectos de garantizar el goce de la autonomía individual. Quiere decir que el Estado tiene que mediante sus recursos económicos garantizar el acceso de la población a derechos como el trabajo, proveyendo mecanismos para que los mismos sean de fácil acceso, pero al mismo tiempo no interviniendo para la imposición de un trabajo forzoso a una persona. Sin embargo no necesariamente el Estado tiene que hacer una transferencia de fondos hacia el beneficiario de la prestación, sino más bien con el establecimiento de normas que concedan relevancia a una situación determinada, o bien con la organización de una estructura
...