Fondo De Comercio
Enviado por erikachispxs • 16 de Octubre de 2014 • 646 Palabras (3 Páginas) • 231 Visitas
Se denomina fondo de comercio a la entidad mercantil que reúne el domicilio y el patrimonio que el comerciante dedica a su actividad comercial; el patrimonio comprende tanto elementos materiales (capital, instalaciones, mercaderías) como inmateriales (clientela, nombre comercial, enseña, marcas, patentes de invención, derecho al local, dibujos y modelos industriales, distinciones honoríficas). La ley regula los aspectos fundamentales que se deben cumplir para que la transferencia de fondos de comercio sea válida.
Los fondos de comercio contemplan una interesante estrategia de inversión que permite acceder directamente a un negocio en funcionamiento, con el alquiler del local pactado, los muebles y las máquinas necesarias para la actividad y, lo más importante, una clientela fija. En consecuencia, dicha operación conlleva una substancial cuota de seguridad, ya que saltea las dificultades de los primeros años de constitución y creación de marca, comenzando a vender desde el primer día de apertura.
IMPORTANCIA DEL FONDO DE COMERCIO
De forma general, se podría decir que una empresa en funcionamiento puede valer más que la suma algebraica de los elementos que componen su patrimonio, en cuyo caso el fondo de comercio recogería este sobre valor, que puede ser derivado de una serie de factores determinantes como la clientela de una empresa, su eficiencia, la reputación, el prestigio, la marca, la ubicación o la organización, entre otros. En la adquisición de un negocio, ya sea de una estación de servicio u otro, se suele pagar este fondo de comercio, o sobrevalor del negocio sobre los elementos que lo componen.
Por otra parte, es principalmente en materias de contabilidad y fiscalidad donde el concepto del fondo de comercio adquiere importancia.
VENTA DE FONDO DE COMERCIO.
La norma dice que cuando dos personas tienen interés en transferir un fondo de comercio - tras firmar el boleto de compraventa y acordar el monto de la reserva -, el vendedor debe anunciar previamente el acto de transferencia durante 5 días en el Boletín Oficial del lugar en cuestión y en dos diarios de circulación masiva. En ambos deben figurar los datos personales del comprador y del vendedor y la ubicación y clase de establecimiento por transferir.
Además de la publicación de los edictos, el vendedor debe entregar al posible comprador la lista con todos los créditos que adeuda, nombre y domicilio de los acreedores y los montos a pagar.
Por el término de diez días después de la última publicación el escribano o rematador retiene el dinero del depósito para el caso que aparezca algún acreedor con intención de extraer de ahí su parte. Según la ley de fondo de comercio, dicho monto debe depositarse en una cuenta especial abierta a tal efecto en el banco, pero la práctica indica que la suma retenida queda en manos
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