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Fuentes reales o materiales


Enviado por   •  8 de Febrero de 2017  •  Documentos de Investigación  •  736 Palabras (3 Páginas)  •  960 Visitas

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Fuentes reales o materiales

Se le llama sucesos reales o materiales a los sucesos o situaciones que se dan en un grupo social y que en un momento dado pueden determinar el contenido de la norma jurídica, ya que el Derecho debe de ajustarse a la realidad del puedo donde surge, de tal manera que el sistema jurídico sea adecuado a la realidad social, y a la situación económica y cultural del pueblo para que su existencia resulte útil y realmente aplicable.

El Derecho surge a base de una fuente real, es decir, nació a consecuencia de los acontecimientos o vivencias de los humanos en la sociedad.

Fuentes formales

A los procedimientos mediante los cuales se llego a la creación de la norma jurídica, se les llama fuentes formales. Estas fuentes son las siguientes:

  1. Legislación y proceso legislativo. La legislación es el proceso mediante el cual los órganos del Estado (el congreso de la Unión, que se conforma por la cámara de diputados y cámara de senadores), crean las normas jurídicas generales, abstractas y obligatorias que integran la ley.

En el sistema mexicano existen seis etapas para la creación de una ley, a estas etapas son a lo que se le llama proceso legislativo, y consiste en lo siguiente:

  • Iniciativa. Es el Derecho de iniciar leyes. Le compete hacerlo al Presidente de la Republica, a los Diputados y a los Senadores, al Congreso de la Unión y a las Legislaturas de los Estados (según el Art. 71)
  • Discusión. Acto por el cual las Cámaras deliberan acerca de las iniciativas, a fin de determinar si deben ser o no ser aprobadas.
  • Aprobación. Los integrantes de la Cámara de Origen dan su autorización a la iniciativa para que esta se convierta en ley, una vez aprobada se envía a otra Cámara llamada Cámara Revisora para que también se discuta.
  • Sanción. Cuando la iniciativa ha sido aprobada por las dos cámaras se debe enviar el ejecutivo por el cual el Presidente manifiesta mediante su firma la aprobación del proyecto de ley que le envían las cámaras. Si el Presidente tiene observaciones, la iniciativa de ley se regresa al a la Cámara de origen y sucesivamente a la Cámara Revisora para que sea discutido de nuevo. Si la mayoría acepta en ambas Cámaras, se procede a la Promulgación.
  • Promulgación. La promulgación se refiere a la aprobación expresa del Ejecutivo donde se manifiesta el orden de publicación y que se ejecute el orden de dicha ley.
  • Publicación. Una vez que la ley fue promulgada esta debe ser puesta en conocimiento de la población. Se pública en el Diario Oficial de la Federación
  • Iniciación de la vigencia. Esto es cuando la población empieza a tener fuerza obligatoria de cumplir la ley. En México existen dos sistemas para la iniciación; el sucesivo, que es cuando la ley entra en vigor tres días después de su publicación, y el sincrónico, cuando la propia ley señala el día que iniciará su vigencia.

  1. La costumbre

En Derecho se llama costumbre a la práctica implantada en una sociedad y considerada por ésta como obligatorio. Se pueden presentar tres aceptaciones diferentes según la ley:

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