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GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS EL CONTRATO LABORAL. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN


Enviado por   •  27 de Marzo de 2019  •  Apuntes  •  2.437 Palabras (10 Páginas)  •  118 Visitas

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GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS

UNIDAD 1: EL CONTRATO LABORAL. MODALIDADES DE CONTRATACIÓN.

1.-EL CONTRATO LABORAL

EJERCICIOS

1. SOBRE LAS CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Relaciona los siguientes elementos:

A.Cuenta ajena.         (B) La prestación de servicios corresponde a una decisión libre.

B.Voluntario.                 (D) El trabajador presta servicios bajo la dirección del empresario.

C.Normalizado.         (E) El trabajador recibe un salario por los servicios prestados.

D.Subordinado.         (A) El resultado del trabajo corresponde al empresario.

E.Remunerado.         (C) El contrato de trabajo está regulado en el Estatuto de Trabajadores.

2. SOBRE LAS RELACIONES LABORALES.

Señala cuales de las siguientes situaciones son relaciones laborales.

Empleado al servicio del hogar.  Si hay relación laboral

Trabajo de buena vecindad. NO

Artista de espectáculo público. Si hay relación laboral

Deportista profesional. Si hay relación laboral

Funcionario público.   NO

Obrero de la construcción. Si hay relación laboral

Consejero de un órgano de la administración de una sociedad. NO

Penado en una institución penitenciaria. Si hay relación laboral

Agente comercial que no asume el riesgo de sus operaciones. Si hay relación laboral

Trabajos ocasionales del cónyuge en la cafetería de su esposa. NO

Agente comercial que asume el riesgo de sus operaciones. NO

Personal de Alta dirección. Si hay relación laboral

 

3. SOBRE LA REGULACIÓN DEL CONTRATO DE TRABAJO.

Ordena las fuentes de derecho laboral, de acuerdo a su jerarquía.

1. El contrato de trabajo.                                        1. Las leyes y reglamentos del Estado.

2. Usos y costumbres profesionales.                      2. Los convenios colectivos.

3. Los convenios colectivos.                            3. El contrato de trabajo.

4. Las leyes y reglamentos del Estado.            4. Usos y costumbres profesionales.

 

4. SOBRE LAS FUENTES Y PRINCIPIOS DE DERECHO LABORAL.

Señala si son verdaderas (V) o falsas (F) las siguientes frases.

1-Una de las disposiciones más importantes en legislación laboral es el Estatuto de los Trabajadores. (V)

        

2-El Estatuto de los Trabajadores se ha ido desarrollando mediante Reales Decretos. (V)

3-Los convenios colectivos son acuerdos entre el gobierno y empresarios. (F)

4-Su finalidad es mejorar las condiciones laborales de los trabajadores. (V)

5-En ocasiones, el Estatuto de los Trabajadores remite al convenio para que desarrolle una determinada área o materia. (V)

6-Los convenios colectivos son solamente de ámbito empresarial. (F)

7-El contrato de trabajo no tiene carácter normativo. (F)

        

8-Existen unos principios para la aplicación de las normas laborales. (V)

9-Según el principio de norma mínima, las normas de rango superior establecen contenidos mínimos, pudiendo empeorarlas las normas de rango inferior. (F)

10-Un trabajador puede renunciar a cobrar los días de vacaciones sin llegar a disfrutarlas, sin contravenir el principio de irrenunciabilidad de derechos. (F)

11-El trabajador tiene derecho a conservar sus beneficios laborales, así lo establece el principio de condición más beneficiosa. (V)

        

5. LOS TRABAJADORES.

Rellena los espacios en blanco.

Extraordinarias

Permiso

Consentimiento

Jurídica

Emancipados

Diligente

Mayoría

Autorización

Espectáculos

16

Residencia

Salario

Intracomunitarios

Libremente

Nocturno

Mediante el contrato de trabajo se establece una relación (jurídica) entre empresario y trabajador, de manera que este ultimo se obliga a prestar sus servicios, de forma (diligente)                 a cambio del pago del (salario) por parte del empresario.

        

Podrán formalizar un contrato de trabajo todos aquellos trabajadores que hayan alcanzado la (mayoría) de edad, también los menores con edades comprendidas entre los (16) y 18 años, que vivan (emancipados) o que cuenten con el debido (consentimiento) de sus padres.

En este caso, no podrán nunca realizar horas (extraordinaria) ni trabajar en jornada de horario (nocturna).

Los menores de 16 años podrán trabajar únicamente en (espectacúlos) públicos con la debida (autorización) de la autoridad laboral.

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