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Gestion integral en fondos de pensiones y cesantias


Enviado por   •  6 de Marzo de 2023  •  Documentos de Investigación  •  8.675 Palabras (35 Páginas)  •  60 Visitas

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SERVICIO NACIONAL DE APRENDIZAJE SENA

CENTRO DE SERVICIOS FINANCIEROS

REGIONAL D.C.

DEPUREMOS JUNTOS

LINA PAOLA MERCHAN

GERALDIN ROMERO PEREZ

DANIELA RODRIGUEZ ARDILA

CLAUDIA SEGURA GONZALES

FICHA 1500661

GESTION INTEGRAL EN FONDOS DE PENSIONES Y CESANTIAS

BOGOTA D.C.

2018

Proyecto Formativo

Fase de análisis – Estudios preliminares

Introducción

1. formulación del proyecto o anteproyecto

En Colombia  de acuerdo con el Código Sustantivo del Trabajo que todo pago hecho a un trabajador se considera salario y que sobre este mismo salario hay que  aportar un  porcentaje a la  Seguridad  Social, este establece la cobertura a las contingencias de invalidez, vejez, muerte, enfermedad general, maternidad, enfermedad profesional y accidentes de trabajo, las cuales se materializan en el pago de aportes a seguridad social. [a]

En la cual se  ha evidenciado un déficit en materia de la evasión en el pago del sistema de seguridad Social,  donde las AFP  afirma que el  no pago puede ser  por la evasión, y  por retiros laborales no informados a tiempo a las administradoras.[b]

Pese a las disposiciones y obligatoriedad en los pagos, diversas fuentes de información indican que la deuda con el sistema de seguridad social a junio de 2014 era de $45 billones de pesos, donde la participación por concepto de pensiones corresponde al 96,7 % de los recursos constituyéndose en algunos casos una modalidad de elusión y/o evasión de los aportes.

Según la Asociación Colombiana de Administradoras de fondos de Pensiones y Cesantías (ASOFONDOS) junto con  la  UGPP,  realizan un estudio de la evasión entre los trabajadores independientes donde más del 94% declaran renta ante la DIAN y son evasores de sus cotizaciones al sistema de Seguridad Social

Por otro lado, se presentan situaciones en las cuales el empleador desconoce el motivo por el cual es llamado a mora, donde se ha identificado que corresponde a errores operativos en la acreditación de información, tales como, fallas en notificación del retiro de un trabajador de la empresa, rezagos, entre otros.  

De acuerdo con esto, hemos identificando las necesidades del sector nace Depuremos juntos, Esté es un proyecto dirigido a las empresas de la localidad de chapinero que presentan inconsistencias en los pagos de seguridad social, brindando alternativas y soluciones en la depuración de deuda presunta y real; así mismo, Depuremos Juntos adelantaría acciones encaminadas a disminuir la deuda gestionando y asesorando  en las acciones de cobro adelantadas por las entidades administrativas enviando avisos de incumplimiento a los a portantes que no pagan, realizando procesos de  depuración de los empleados y por ultimo abriendo procesos ejecutivos que componen el sistema de seguridad social y aportes parafiscales. Con el fin de brindar información sobre la  depuración de la deuda real y presunta.         

Es importante la validación y verificación del pago de los aportes de seguridad social por parte de las Entidades porque es obligación de estas,  garantizar los pagos de seguridad social de sus afiliados requiriendo el cumplimiento de las obligaciones con los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a Cajas de Compensación familiar, ICBF y SENA

Como también es de vital importancia que las empresas puedan identificar los riesgos a los que están expuestos por incumplir con dicha obligación.

Cabe mencionar los riesgos a los cuales se exponen las empresas al incumplir sus deberes (evasión y/o elusión) con las entidades de seguridad social, tales como pago de intereses moratorios, sanciones administrativas y/o multas interpuestas por el ministerio de trabajo hasta investigaciones de orden penal. Como retener las sumas adeudadas al sistema en el momento de liquidación del contrato, Exigir la acreditación de los pagos dejando constancia de la verificación de incurrir de la mala conducta para el funcionario y que se omita el cumplimiento de este deber. [c]

De  esta manera, si no se cumple ni se acredita el pago al sistema general de seguridad social, se estaría  incurriendo en un incumplimiento contractual, cómo  es su deber hacer el pago de los aportes a dicho sistema, deber que legalmente tiene todas las  entidades que han celebrado contratos

En todo caso Por otra parte, las entidades en la [d]liquidación del contrato deberán verificar y dejar constancia del cumplimiento de las obligaciones del empleado frente a los aportes al Sistema de Seguridad Social, estableciendo su correcta relación entre el monto cancelado y las sumas que debieron haber sido cotizadas.

Así mismo se piensa realizar la  estrategia consiste en la elaboración de un portafolio de servicios, el cual contará con mayor información de forma lúdica, para que las empresas puedan tener mayor conocimiento en estos temas; con el fin de prevenir procedimientos acciones ilegales y antijurídicos.

2. Referente del entorno (contexto).

  • Es importante mencionar el artículo 39 del Decreto 1406 de 1999 compilado en el Decreto 1833 de 2016, que en su tenor literal indica:

Deberes especiales del empleador. Las consecuencias derivadas de la no presentación de las declaraciones de autoliquidación de aportes o de errores u omisiones en ésta, que afecten el cubrimiento y operatividad del Sistema de Seguridad Integral o la prestación de los servicios que él contempla con respecto a uno o más de los afiliados, serán responsabilidad exclusiva del aportante.

En todo caso el empleador que tenga el carácter de aportante, deberá tener a disposición del trabajador que así lo solicite la copia de la declaración de autoliquidación de aportes al Sistema de Seguridad Social Integral en que conste el respectivo pago, o el comprobante de pago respectivo en caso que este último se haya efectuado en forma separada a la declaración respectiva.

Igualmente, y de conformidad con las normas establecidas en el Código de Comercio sobre conservación de documentos, el aportante deberá conservar copia del archivo magnético contentivo de las autoliquidaciones de aportes presentadas.

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