Guia Derecho Procesal
Enviado por cheton • 15 de Noviembre de 2012 • 2.381 Palabras (10 Páginas) • 749 Visitas
Unidad 1º
EL LITIGIO Y SUS MEDIOS DE SOLUCION
Litigio: “Es el conflicto de intereses calificado por la pretensión de uno de los interesados y la resistencia del otro” FRANCESCO CARNELUTTI.
Elementos del litigio según Carnelutti:
• El que pretende y el que resiste
• Un bien jurídico (material o inmaterial).
Cada uno de estos recibe el nombre de Parte.
De acuerdo a la identificación del litigio, por medio de los sujetos, el bien jurídico y la pretensión, las leyes determinaran cuando existe litispendencia conexidad de la causa y cosa juzgada.
• Litispendencia: Cuando hay un litigio pendiente de resolución por un juzgador, el cual no puede ser conocido por otro órgano jurisdiccional.
• Conexidad de la causa: Cuando existe un juicio conexo a otro en virtud de la causa de pedir, lo que trae como consecuencia la acumulación de los expedientes de los dos procesos, a través de los cuales se tramitan los litigios conexos.
• Cosa juzgada: Significa que el objeto del proceso (litigio) resuelto mediante sentencia firme o impugnable, deviene inmutable jurídicamente, por lo que no podrá ser discutido en un proceso posterior ni en cualquier otra oportunidad procesal.
Los medios para solucionar un conflicto, se clasifican en tres grupos :
• Autotutela = autodefensa.- Consiste en la imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno.
• Autocomposición.- Este es un medio de solución parcial tal como la autotutela, porque proviene de una o ambas partes en conflicto, la autocomposición es unilateral cuando proviene de las partes, pero a diferencia de la autodefensa, esta no consiste en el imposición de la pretensión propia en perjuicio del interés ajeno, sino en la renuncia de la propia pretensión de la contraparte.
Especies de la autocomposición:
1. El desistimientote la acción o pretensión y Cuando se extingue la acción aun sin consentirlo el demandado, por eso , este tipo de desistimiento da una solución definitiva al litigio, ya que la parte actora no podrá formular de nuevo la acción desistida. Ejemplo: Pagaré.
El desistimiento de la demanda o instancia.- Esta solo es una renuncia a los actos del proceso , por lo que deja a salvo la acción intentada , la cual puede ser ejercida , de nueva cuenta, en un proceso posterior.
a) Si se desiste antes de que sea emplazado el demandado no se requiere de su consentimiento.
b) Si el actor formula el desistimiento después de que ya haya sido emplazo el demandado es necesario el consentimiento de este para que pueda surtir efectos legales
2. El perdón del ofendido.- Se concede solo cuando es delito de querella y no cuando es un delito de oficio, este se debe dar antes de que el litigio llegue a segunda instancia y con este se extingue el litigio.
3. El allanamiento.- Cuando el demandado se allana o se somete a ala pretensión de la otra parte, no opone ninguna resistencia frente a aquella , por lo que no llega a manifestarse realmente un litigio. Cabe aclarar que el allanamiento consiste solo en la aceptación de la pretensión de la parte actora.
4. La transacción.- La transacción es un medio auto compositivo bilateral , por que a través de ella las dos partes solucionan el litigio renunciando parcialmente a su respectiva pretensión y resistencia. Esta debe implicar una renuncia o concesión equilibrada y razonable para cada parte y es conveniente que se haga por medio de un convenio judicial. La transacción no se puede hacer cuando se trate de alimentos, el estado civil, autotutela o autocomposiscion
Las tres primeras tiene carácter de unilateral y la última de bilateral.
• Heterocomposición.- Es un Medio para solucionar un litigio, Aquí la solución al conflicto es calificada de imparcial, porque no va a ser dada por las partes, sino por un tercero ajeno al litigio, un tercero sin interés propio en la controversia.
Medios de la Heterocomposicion:
1. Mediación.- La función de este tercero es tratar de que las partes lleguen a un acuerdo que resuelva el conflicto y así hacer propicia la solución.
2. Conciliación.- Aquí el tercero ajeno a la controversia puede asumir el papel mas activo, es decir, que propone a las partes alternativas concretas para que resuelvan de común acuerdo sus diferencias.
3. Ombusman.- El tercero ajeno a la controversia puede asumir lo que en derecho comparado se conoce como Ombudsman , dicha institución nació en la constitución sueca de 1809, como representante comisionado del Parlamento de cuidar los derechos generales o particulares del Pueblo, recibir las quejas de los particulares contra actos de funcionarios públicos.
En México se introdujo dicha institución en 1976 en la Procuraduría Federal del Consumidor, pues este organismo tiene similitud en cuanto a sus funciones a las del Ombudsman Sueco del consumidor. En el artículo 102 apartado “B” se autoriza al Congreso de la Unión y a las legislaturas de los Estados para establecer organismos de protección de los derechos humanos, los cuales conocerán de quejas en contra de actos u omisiones de naturaleza administrativa provenientes de cualquier autoridad con excepción del Poder Judicial Federal.
4. Arbitraje.- Este no se va a limitar a proponer una solución a las partes , sino que va a disponer dicha solución a través de una resolución obligatoria para las partes a la que se conoce como laudo, pero para que pueda funcionar es necesario que previamente las partes hayan aceptado de común acuerdo , someterse a este medio de solución.
5. Proceso.- Cuando el tercero ajeno que decide el conflicto es un órgano jurisdiccional del estado, un juzgador, con facultades no solo para emitir una resolución obligatoria para las partes , sino para imponerla por sí mismo en forma coactiva.
Unidad 2º
CIENCIA DEL DERECHO PROCESAL
Derecho Sustantivo o Material.-Es aquel que se encuentra en la norma que da vida a una determinada figura jurídica, acto jurídico, o figura típica, impone los comportamientos que deben seguir los individuos en la sociedad.
Derecho Adjetivo o Instrumental.- a través del derecho procesal se obtiene la actuación o aplicación del derecho material o de fondo y por tanto sirve de vía para dar aplicación a ese derecho en el caso en concreto.
Derecho Procesal.- Es el conjunto de normas y principios
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