Guia de contratos civiles
Enviado por sebastiankubli • 25 de Marzo de 2019 • Apuntes • 1.934 Palabras (8 Páginas) • 135 Visitas
Guía de Civil
Contratos de garantía:
- Fianza
- Prenda
- Hipoteca
Contratos de sociedad:
- Sociedad
- Asociación
- Aparcería
Contratos aleatorios:
- Juego y apuesta
- Renta vitalicia
Contrato de Aparceria Rural
Definición:
Contrato mediante el cual una persona, llamada dueño, que tiene la disposición de una empresa, se obliga con otra, llamada aparcero, a permitir a este el uso y la explotación de la empresa a cambio de una participación de los frutos de la misma
Clasificacion:
- Principal
- Oneroso
- Conmutativo o aleatorio
- Bilateral
- Tracto sucesivo
Especies de Aparcería:
- Agrícola.- la empresa que se explota es agrícola, usualmente un terreno que se contrata para una cosecha.
- Ganadera.- la empresa es un conjunto de animales, ganado
- Industrial.- no esta regulada. Podría darse por el principio de la autonomía de la voluntad, pero seria mas bien mercantil
Elementos de existencia:
- Consentimiento
- Objeto
Elementos de validez:
- Capacidad
- Forma
Derechos y obligaciones del aparcero:
- Avisar al dueño antes de levantar la cosecha.
- Levantar la cosecha ante testigos si el dueño no esta en la localidad
- De no cumplir con esa obligación la parte de los frutos que se de al dueño será fijada por peritos costeados por el aparcero
- Derecho del tanto para una nueva aparcería
Derechos y obligaciones del dueño:
- Levantar la cosecha solo si hay abandono de la siembra
- No puede retener frutos para garantizar lo que se le deba
- No dejar tierras ociosas. La celebración de la aparcería puede serle impuesta.
Permitir al aparcero construir casa y usar agua potable, leña y pasto para sus animales.
Terminacion:
- La muerte del dueño no concluye la aparcería
- La muerte del aparcero permite al dueño dar por terminado el contrato. En este caso, el dueño repondrá a los herederos los gastos hechos por el aparcero.
- Se sujeta a un plazo, que debe ser congruente con el ciclo agrícola.
Contrato de Aparcería de Ganados:
Es la misma aparcería cuando su objeto material es un grupo de animales.
Objeto material:
- Conjunto de animales
- Los frutos: crías, leche, lana, etc.
Régimen del contrato:
- La voluntad de las partes, las costumbres, salvo las normas del código
- Las perdidas por caso fortuito deben ser compartidas; no puede pactarse que sean todas del aparcero.
Derechos y obligaciones del aparcero:
- Cuidar los animales como propios
- No disponer de un animal o sus crías sin consentimiento del propietario
- no hacer esquileo sin avisar al propietario
- Derecho del tanto en caso de venta de animales.
Derechos y obligaciones del propietario:
- Garantizar la posesión
- Sustituirlos en caso de evicción
- No disponer de un animal o sus crías sin consentimiento del aparcero
- Reivindicar el ganado vendido sin su consentimiento, salvo que la venta haya sido en publica subasta en dónde el derecho es el cobro de daños y perjuicios
- Derecho del tanto en caso de venta de animales
Terminación:
- Tiempo convenido y a falta de convenio, usar la costumbre en el lugar.
- Se prorroga automáticamente por un año si el propietario no reclama su parte dentro de 60 días siguientes a la terminación.
Contrato de fianza:
Concepto:
Por medio del cual una persona llamada FIADOR se obliga a pagar o a cumplir por un tercero en caso de que este no lo haga.
Clasificacion:
- Accesorio
- Unilateral
- Bilateral
- Gratuito
- Oneroso
- Consensual
- Aleatorio/ conmutativo
- De garantía
Elementos de existencia:
- Consentimiento
- Objeto
Elementos de validez:
- Capacidad
- Forma
- Ausencia de vicios
- Licitud en el objeto
Especies:
- FIANZA LEGAL impuesta por ley con el objeto de asegurar el cumplimiento de ciertas obligaciones.
- FIANZA JUDICIAL se impone mediante providencia dictada por el órgano jurisdiccional.
- FIANZA CONVENCIONAL aquella que se otorga en común acuerdo entre el fiador y el acreedor.
- FIANZA GRATUITA aquella que el fiador no recibe retribución alguna por otorgarla.
- FIANZA ONEROSA es aquella en que el fiador recibe una retribución por prestarla.
- FIANZA MERCANTIL aquellas que son otorgadas por(SOCIEDADES ANONIMAS).
- FIANZA CIVIL. Otorgadas por individuos o compañías accidentalmente a favor de determinadas personas.
Obligaciones del deudor:
- pagar la cantidad garantizada.
- asegurar la cantidad comprometida.
- pagar lo convenido al fiador.
Obligaciones del fiador:
- En pagar al acreedor en caso de que el deudor no pague.
- A que forme parte la exclusión de los bienes del deudor.
VARIOS FIADORES; SE LES DENOMINA “cofiadores”, si un cofiador paga la totalidad de la obligación tendrá derecho a exigir a los demás la parte que a cada uno le haya correspondido.
Extincion de la fianza:
- POR EXTINCION de la obligación principal.
- POR CONFUSION entre el deudor y el fiador por que no es lógico que el deudor sea su propio fiador.
- LIBERACION HECHA A UNO DE LOS FIADORES sin el consentimiento de los otros.
- QUITA reduce la fianza en la misma proporción que la deuda principal y la extingue en el caso que, quede sujeta la Obl. Principal a nuevas condiciones.
Contrato de hipoteca:
Definición:
La hipoteca es una garantía real constituida sobre bienes que no se entregan al acreedor, y que da derecho a éste, en caso de incumplimiento de la obligación garantizada, a ser pagado con el valor de los bienes, en el grado de preferencia establecido por la ley
...