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Hechos y Actos Jurídicos: Clasificación


Enviado por   •  25 de Octubre de 2017  •  Apuntes  •  431 Palabras (2 Páginas)  •  289 Visitas

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Hechos y Actos Jurídicos: Clasificación

Positivos: Son aquellos en que es necesario la realización de un acto para que un derecho comience o acabe.

Negativos: Son aquellos en que es necesario la omisión de un acto, para que un derecho comience o acabe.

Unilaterales: Cuando basta para formarlo la voluntad de una sola persona.

Bilaterales: Cuando requieren el consentimiento unánime de dos o más personas.

Entre vivos: Son aquellos cuya eficacia no depende del fallecimiento de aquellos de cuya voluntad emanan.

De última voluntad: Cuando producen efecto después del fallecimiento de aquellos de cuya voluntad emanan.

Formales: Aquellos que  por disposición legal deben ser realizados cumpliendo ciertos requisitos como escritura pública, presencia de testigos, etc.

No formales: Son aquellos cuya celebración no está supeditada a ninguna formalidad.

Solemnes: Son aquellos en los cuales las formas son exigidas como requisito esencial del acto y no solo como medio de prueba.

No solemnes: Son aquellos que no requieren formalidad alguna como requisito esencial para la realización del acto; generalmente los actos jurídicos no son solemnes, salvo raras excepciones.

Vicios: Derechos que lo convierten en invalido.

  1. Error o ignorancia: Desconocimiento o falsa creencia acerca de algo, ausencia de conocimientos. En ese caso se anula el acto jurídico (el error debe ser esencial).
  • Error de hecho: Vicia el acto (no conocer consecuencias).
  • Error de derecho: No lo vicia (no es una excusa no saber las leyes). Nadie puede elegir el desconocimiento de la ley.
  1. Dolo: Aseveración de lo que es falso y disimulación de lo que es verdadero con la intención al engañar a la otra parte para que se celebre ese acto jurídico (se vende un auto como el mejor y es malo). Para que se anule el acto jurídico debe:
  • Tiene que ser grave.
  • Debe producir un daño económico.
  • Debe ser causa fundamental de la celebración del acto.
  • No debe haber dolo concurrente (de las dos partes).
  1. Fuerza o intimidación: Coerción física que se ejerce sobre una de las partes para que realice el acto jurídico. También puede ser una amenaza sobre muerte o maltrato hacia alguien (si la familia te obliga a casarte el acto es nulo).
  2. Simulación: Se encubre la naturaleza de un acto jurídico bajo la apariencia de otro. El acto jurídico puede tener clausulas no ciertas. Puede ser absoluta (el acto jurídico no tiene anda de real), o puede ser una simulación relativa (el acto jurídico existió pero no es el que figura en el papel).
  3. Lesión: Cuando una de las partes se aprovecha del desconocimiento de la otra parte obtener un beneficio económico (medicamentos urgentes con precios no correspondientes, etc).


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