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Enviado por   •  2 de Marzo de 2020  •  Trabajo  •  1.148 Palabras (5 Páginas)  •  240 Visitas

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Derecho

Materia: Contratos Mercantiles.

Profesor: Barrón Gutiérrez Esteban.

Equipo 4: Compraventa.

Alumnos:

Cervantes Escamilla Daniela Michelle.

Moreno Pérez Brenda Graciela.

Ortiz Esquivel Edwin Gustavo.

Perea González Erick.

Rubio Arreola Jesús Abraham.

Grupo: 1756.

Compraventa

Concepto.

Habrá compraventa cuando uno de los contrayentes se obliga a transferir la propiedad de una cosa o un derecho, y el otro a su vez se obliga a pagar por ellos un precio cierto y en dinero (art. 2248 CCDF).

Serán mercantiles las compraventas a las que el código de Comercio les da tal carácter, y todas las que se hagan con el objeto directo y preferente de traficar (art. 371 CC).

Clasificación.

* Típico: Se encuentra regulada en los artículos 371 al 387 del código de comercio.

* Informal: La ley no exige una formalidad especial para su validez (art. 2316 CC). Su única excepción es sobre bienes inmuebles, puesto que es regulada por el Código Civil para su inscripción en el Registro Público de la Propiedad.

* De perfeccionamiento instantáneo: Compraventa en una sola exhibición (art. 2255 CC y art. 380 CC).

* De tracto sucesivo: Compraventa en abonos (art. 2255 y 380 CC).

* Traslativo de dominio: Transmite la propiedad.

* Prestación de dar: Las partes se obligan a la entrega de una cosa.

* Oneroso: Ambas partes tienen carga de dar.

Elementos de existencia y validez

Existencia:

* Consentimiento.- Las partes deben convenir sobre la cosa y su precio.

* Objeto.- Directo: dar (cosa); Material: recibir algo a cambio, precio cierto.

Validez:

* Capacidad.- Se requiere capacidad general para contratar, salvo las excepciones que establezca la ley (Art. 2274, 2276, 2278, 2280 y 2281 CCDF).

* Ausencia de vicios en consentimiento.- Las ventas mercantiles no se rescindirán por causa de lesión; pero al perjudicado, además de la acción criminal que le competa, le asistirá la de daños y perjuicios contra el contratante que hubiese procedido con fraude o malicia en el contrato o en su cumplimiento (Art 385 CC).

* Objeto o fin sea lícito.

* Formalidades.- El contrato de compra-venta no requiere para su validez formalidad alguna especial, sino cuando recae sobre un inmueble. Las enajenaciones de bienes inmuebles cuyo valor de avalúo no exceda al equivalente a trescientas sesenta y cinco veces la unidad de cuenta de la Ciudad de México vigente al momento de la operación, podrán otorgarse en documento privado firmado por los contratantes ante dos testigos cuyas firmas se ratifiquen ante Notario, Juez competente o Registro Público de la Propiedad (Art. 2316 y 2317 CCDF).

Partes del contrato.

Vendedor: Es aquel que se obliga a transferir la propiedad de una cosa o un derecho, a cambio de un precio cierto.

Obligaciones:

* Garantizar la titularidad del derecho de propiedad.

* Entregar el bien.

* Garantizar las calidades del bien.

* Saneamiento por evicción y vicios ocultos (Art. 2283 CCDF).

Comprador: Es aquel que se obliga a pagar un precio cierto, a cambio de recibir la propiedad de una cosa o un derecho.

Obligaciones:

* Pagar el precio (tiempo, lugar, forma convenida, moneda nacional).

* Pagar gastos, derechos e impuestos derivados de la compraventa.

* Pagar intereses generados entre la entrega de la cosa y el pago del servicio, salvo en contrario. (Arts. 2296 a 2300 CCDF).

Causas de extinción del contrato

1. Pago y entrega del bien o cosa.

2. Frustración del contrato; dolor, error, mala fe, falta de consentimiento.

3. Posterior al consentimiento; muerte de

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