Industria Familiar
Enviado por raquelgleza • 25 de Julio de 2011 • 1.375 Palabras (6 Páginas) • 1.200 Visitas
QUÉ ES UN NEGOCIO FAMILIAR Y CUALES SON SUS BENEFICIOS Y OBLIGACIONES?
La legislación mexicana, desde tiempo atrás, reconoce que los negocios familiares son una forma especial por la que se organizan las personas para realizar las actividades productivas de las que obtienen el ingreso para su hogar.
A diferencia, por ejemplo, de las empresas medianas o grandes (en las que los patrones contratan trabajadores asalariados para realizar la producción, de manera subordinada), o de forma también distinta a las cooperativas (en las que productores independientes en mayor o menor medida coordinan sus esfuerzos para tener mejor éxito en sus actividades económicas).
En un taller familiar son los miembros de la familia y personas allegadas a ésta (que la legislación denomina pupilos) los que juntos se organizan para producir algunos bienes o prestar algunos servicios de cuya comercialización obtienen ingresos para la familia y sus allegados.
Con base en esta distinción, la Ley Federal del Trabajo estableció, desde hace muchos años (en los artículos 351, 352 y 353), disposiciones especiales para los negocios familiares. Esta ley señala, en primer lugar, que son negocios familiares aquéllos en los que exclusivamente trabajan los cónyuges, sus ascendientes, descendientes o pupilos. Adicionalmente, dicha ley establece que no se aplican a los negocios familiares las disposiciones que la misma contiene, con excepción de las normas relativas a higiene y seguridad y asimismo, que la Inspección del Trabajo vigilará el cumplimiento de dichas normas de higiene y seguridad.
Con esta base legal, el Presidente de la República expidió un Decreto para beneficiar a los negocios familiares para precisar algunos aspectos relacionados con lo anterior y facilitar la aplicación de lo dispuesto en los artículos mencionados, para su exacta observancia. El Decreto se publicó en el Diario Oficial de la Federación el 17 de enero de 2006. En el mismo se establece, lo siguiente:
• La naturaleza que tengan las unidades de producción de bienes o prestación de servicios de un negocio familiar puede reconocerse en cualquier clase de actividad económica y sin limitación en cuanto al número de personas que integren el taller familiar. Si bien en el Acuerdo por el que se da a conocer el procedimiento para el registro de los talleres familiares ante la Secretaría de Economía, establece en su artículo 5 último párrafo que no se inscribirá en el Registro el negocio familiar que cuente con más de cuatro pupilos.
• Las Secretarías del Gobierno Federal que se mencionan en el Decreto (Secretaría de Economía; Secretaría del Trabajo y Previsión Social; Secretaría de Hacienda y Crédito Público; Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación; Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales; Secretaría de Turismo y Secretaría de Salud), así como las entidades en los sectores de la Administración Pública Federal coordinados por las mismas, ofrecerán apoyos a través de sus respectivos programas y conforme a sus Reglas de Operación correspondientes, para: fomentar a los negocios familiares con miras a elevar su rentabilidad y el mejoramiento de los ingresos de las personas que participan en éstos. As como propiciar que cuenten con el Seguro Popular o con alguna de las modalidades de protección que ofrece el Instituto Mexicano del Seguro Social, adecuadas a las características de los negocios familiares y también, facilitar a los negocios familiares que puedan cumplir con obligaciones fiscales mínimas mediante esquemas tributarios simplificados aplicables al régimen de pequeños contribuyentes.
CONSULTE: El nuevo esquema de pago para el Régimen de los Pequeños Contribuyentes REPECOS.
• Los negocios familiares podrán inscribirse voluntariamente en un Registro de Negocios Familiares, mismo que es administrado por la Secretaría de Economía. Es indispensable que el taller familiar esté inscrito en dicho Registro para tener acceso a los beneficios de los programas antes mencionados.
La difusión, promoción y aplicación de toda esta estrategia para los negocios familiares corresponde a la Secretaría de Economía, a través de la Subsecretaría para la Pequeña y Mediana Empresa (SPYME).
El Gobierno de la República confía en que lo que aquél se presenta sirva a la mayoría de las personas que participan en los negocios familiares, para el mejoramiento de sus empleos, el fortalecimiento de sus negocios y el aumento de la calidad de vida de las familias.
Las actividades a que se dedican los negocios familiares son muy variadas,
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