Derecho Familiar
Enviado por MarianaSol • 8 de Septiembre de 2011 • 1.680 Palabras (7 Páginas) • 1.064 Visitas
Parentesco: Relación jurídica general y permanente que se establece entre los miembros de una familia por virtud del matrimonio, filiación y adopción; constituyendo el estado civil o familiar de las personas.
Fuentes: Matrimonio, filiación, adopción.
Clases: Consanguinidad (Mismo progenitor), afinidad (rel.jur.virtud matrim.entre parientes), civil (simple; plena-rel.con fam.adopt)
Alcance: Lejanía entre personas.
1. Líneas: Serie de grados y parentescos de las generaciones = Recta (ascendente o descendente) y colateral (igual o desigual)
2. Grados: Generaciones y personas Personas de la misma generación son del mismo grado.
Efectos: Deber de asistencia y socorro “alimentos”, impedimentos matrimoniales, sucesión legítima, tutela legítima.
Alimentos: Asist. x determinación de ley o res. jurídica, una persona tiene derecho a exigir de otra para sustento y sobrevivencia.
Obligación alimentaria: Prestación generada por el matrimonio y parentesco para ayudar al panente en estado de necesidad, proporcionando alimentos para su subsistencia.
Fuentes: Matrimonio, parentesco (consanguíneo o civil)
Contenido: Comida, vestido, habitación, asistencia médica, educación básica, profesión y oficio.
Obligados: Cónyuges, concubinos, ascendientes, descendientes, colaterales hasta 4°.
Forma de cumplimiento: Pensión efectiva, incorporación del acreedor al hogar del deudor.
Características: Recíproco, subsidiaria, proporcional, divisible, a prorrata, irrenunciable, imprescriptible, intransigible.
Garantías de aseguramiento: Hipoteca, prenda, depósito, fianza.
Terminación: Falta de medios del deudor, cese de necesidad acreedor, injuria grave al deudor, conducta viciosa, falta de dedicación al trabajo, abandono de hogar sin causa justificada, mayoría de edad.
Matrimonio: Acto jurídico completo estatal que tiene por objeto la creación del estado matrimonial entre hombre y mujer.
Antecedentes: Romano y cristiano
Creación: *Constituido (Hecho de convivencia) *Celebrado (Ceremonia manif. Voluntad)
Nat. Jurídica:
• Institución: Normas que lo rigen finalidad de constituir familia y realizar edo.de vida permanente entre consortes.
• AJ condición: Condicionado a la aplicación de un estatuto que regirá permanentemente la vida de consorte.
• AJ mixto: Consentimiento de consortes e intervención del oficial del RC papel constitutivo.
• Contrato ordinario: Con elementos Esenciales (vol.y objeto jur posible) y Validez (cap., aus. vicios, licitud, firma).
• Contrato de adhesión: Derechos y obligaciones imperativamente det.por ley no varían términos.
• Estado jurídico: Situación jur permanente con consec constantes por aplicación de estatutos legales por sit de la vida matrimon.
• Acto poder estatal: CICU no basta con el consentimiento y fe del estado, el estado por el oficial toma parte.
Etapas:
• Prematrimonial (esponsales y donaciones prenupciales)
• Celebración (matrimonio fuente, acto jurídico)
• Estado matrimonial (Sit. Jurídica general abstracta y permanente)
Otras uniones: Concubinato, contubernio, barragania, matrimonio religioso.
Efectos:
• Consortes:
o Vida en común – Cohabitación.
o Relación sexual – Debito carna.
o Fidelidad – Obligación correlativa.
o Alimentos – Exigir asistencia y ayuda mutua.
• Hijos:
o Calidad de legítimos (248)
o Legitimar hijos naturales por subsecuente mat (272)
o Certeza de ejercicio en cuanto a der.y oblig patria potestad (327)
• Bienes (117):
o Sociedad conyugal: Convencional o Legal.
Consentimiento – Acuerdo de voluntades para crear sociedad en det.bienes.
Objeto – DIR Constituir persona moral por aportación de bienes y deudas INDIR Bienes presentes o futuros
Forma – Escritura pública (cap.mat.)
Capacidad – H 16 M 14; dispensa del gobernador (55)
Terminación: Conveniencia, divorcio, nulidad, muerte.
o Separación de bienes: *Si el acta no lo menciona son separados.
Forma – Basta con doc.privado con la solicitud de mat.
Efectos – Plena propiedad y admon.de bienes propios; frutos y accesiones.
Aplicable a donación, herencia, legado o título gratuito – A menos de que exista acuerdo.
En cuanto a usufructo legal – Patria potestad x partes iguales, la mitad del usufructo concedido ley.
*Finalidad: Seguridad jurídica entre consortes en cuanto a bienes por un convenio “capitulaciones matrimoniales”.
Artículo 54.- Def.
Artículo 55.- H16 M14; dispensa gobernador.
Artículo 56.- (-18 consentimiento de ej.patria potestad.
Artículo 57.-Sin ascendiente, consent.tutor.
Artículo 58.- Sino ir con primera aut.municipal.
Artículo 59.- Irrevocable aut.municipal.
Artículo 60.- Presentarse ante of.de RC, bajo protesta, levantar acta.
Artículo 61.- Cert.médico de no enf.; soc.convencional cap. Matrimoniales.
Artículo 62.- Si hay capitulaciones, tipo de régimen; omisión = sep.bienes.
Artículo 63.- (-18 concurren personalmente o exhibir constancia de consentimiento.
Artículo 64.- Of. RC exigir declaraciones para identidad y aptitud.
Artículo 65.- Declarar maliciosamente consignados al MP.
Artículo 66.- Of. RC negarse si alguno carece aptitud legal.
Artículo 67.- Denuncia cualquiera, admitidas al comprobarse.
Artículo 68.- Fin por muerte, nulidad o divorcio.
Artículo 69.- Impedimentos: edad, consentimiento, parentesco, atentado vs vida de casado, fuerza o miedo graves, enervantes o estupefacientes, enajenación mental, enfermedad, mat.subsistente.
Artículo 70.- Adoptante y adoptado o descendientes no si sigue el lazo.
Artículo 71.- Mujer 300 días para volverse a casar desp del ant.; dejar cohabitar, dentro del plazo de a luz o acredite no embarazo.
Artículo 72.- Tutor y tutoreado no, hasta aprobar legalmente las cuentas de la tutela.
Artículo 73.- Mismo para curador y sus descendientes.
Artículo 74.- Si se celebran sin contar ant.es nulo.
Artículo 75.- Fuera país
Artículo 76.- Fuera país entre mexicanos o mexicano y extranjero.
Artículo 77.- Fuera de su estado.
Artículo 78.- Peligro de muerte, matrimonio válido si justifican circunstancias.
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