LA CRIMINALIDAD EN VENEZUELA
Enviado por BIBIPIEL • 5 de Mayo de 2016 • Documentos de Investigación • 2.607 Palabras (11 Páginas) • 250 Visitas
1-La Criminalidad de la Venezuela de Hoy. Nuevas formas de delinquir: Secuestro y Extorsión en Venezuela.
La presencia de muchas variantes delictuales como la extorsión y el secuestro en Venezuela tampoco se trata de algo nuevo. No obstante, hay evidencias de que éstos han incrementado su actividad durante los último diez años (2006-2016) contribuyendo no sólo al aumento en las tasas de homicidios, secuestros y extorsiones, sino también al fortalecimiento del microtráfico de estupefacientes. Al respecto Mármol García (2015) afirma que: “El secuestro es la actividad delictiva que más ha crecido en los últimos 10 años…Es una actividad que realmente ha sufrido un empuje vertiginoso en el complejo mundo del delito”.
Empero, el secuestro y la extorsión como factor de inquietud colectiva ha hecho que el ciudadano perciba una atmosfera de indefensión, y temor permanente en ser la próxima víctima de la modalidad de secuestro express ¡Y la razón les asiste!, pues Venezuela se ha convertido en términos exponenciales en santuario de secuestradores donde diversos grupos, como las guerrillas colombianas, los paramilitares y sus sucesores, se han unido a bandas organizadas para beneficiarse de la corrupción generalizada y de la connivencia por parte de las fuerzas de seguridad. Estas conductas parecieran ser toleradas por parte de individuos en las esferas más altas del Gobierno. Una muestra palpable de esta realidad la obtenemos de la siguiente declaración del criminólogo José Ignacio Mayorca:
*En la edición de Ultimas Noticias del 29 de febrero, el Servicio Bolivariano de Inteligencia (Sebin) publicó un extraño aviso de notificación dirigido al detective de ese cuerpo Eduardo José Molina Flores. El texto indica que por decisión tomada el 12 de enero el funcionario era destituido “por estar presuntamente incurso” en el secuestro del comerciante Marcos José Guillén y de su hija Niumar Franchezca Guillén Pereda, perpetrado en septiembre de 2014 en la entrada de la empresa Fuveca cuya sede está en San Francisco de Yare. La mujer de 26 años de edad es sobrina de un fiscal del Ministerio Público. Su papá fue liberado para que buscara el dinero del rescate. En la banda que se los llevó también participaba un empleado de Pdval. (2016)
En relación, a las cifras antes expuestas sobre el elevado incremento de los delitos de secuestros y extorsión durante el período 2006 a 2016, Mármol García (2016) aseveró lo siguiente:
El secuestro es la actividad delictiva que más ha crecido en los últimos 10 años…Es una actividad que realmente ha sufrido un empuje vertiginoso en el complejo mundo del delito. Según la Encuesta Nacional de Victimización y Percepción de la Seguridad Ciudadana realizada por el estatal Instituto Nacional de Estadísticas (INE), unas 16,917 personas fueron secuestradas entre julio del 2008 y julio del 2009, cifra sin precedente en el país, que equivale a más de 46 secuestros diarios. Al proyectar la cifra para incluir a toda la población en el país, el número de secuestros en ese período sube a 26,873, más de 73 diarios, o 94.4 por cada 100,000 habitantes. Estos números, basados en una encuesta efectuada por los representantes del INE que visitaron más de 16,000 hogares, contrastan con los 537 casos del 2008 y los 795 del 2009 registrados en el Ministerio de Relaciones Interiores y de Justicia.
Es evidente, que la situación de criminalidad en su tipo de secuestro y extorsión ha cobrado dimensiones alarmantes que sobrepasan, en sumo, las capacidades de los organismos de seguridad del estado para enfrentarlos eficazmente. Estos delitos, que en la década de los noventa eran inusuales y esporádicos, actualmente se ha tornado más frecuentes y sofisticados Sin embargo, relativamente pocos delitos se denuncian ante las autoridades, como suele suceder también con el famoso pago de rescate para recuperar un vehículo robado, donde las victimas se abstienen de acudir a las instituciones policiales por temor a represalias de las bandas organizadas y a la” muy fundada percepción “ de que detrás de esos hurtos yace una red bien coordinada de funcionarios policiales involucrados.
Si bien, hemos hablado en el transcurso de este trabajo, de la lenidad con que actúa los órganos represivos del estado para castigar la comisión del delito de secuestro y extorsión, es una realidad inobjetable, que sin una política criminal coherente, tal como lo enfatiza Centeno (2014) el resultado de lo que se vive en nuestro país es una madeja heteróclita de “desorden, inseguridad, crímenes y más crímenes” Pero ¿en qué consiste dicha política criminal? Dejemos, pues, que el mismo profesor Cesar Centeno nos lo defina:
La política criminal es la disciplina matriz del sistema penal que debe coordinar su funcionamiento en todos los aspectos, de principio a fin para que sea coherente. Pertenece a las políticas de Estado referentes al fenómeno criminal.
Ésta enfatiza su trabajo en los aspectos preventivos del sistema penal, se desarrolla –si se hace adecuadamente- para disminuir el fenómeno de la criminalidad, resultando así: si existe menos criminalidad el control del aspecto represivo (leyes sancionatorias) será mucho menos difícil, será aceptable. El aspecto preventivo es extenso y cada día más profundo entre menos acciones al respecto haya.
La política criminal no se debe considerar como un instrumento bandera de los gobiernos (es un instrumento técnico-político del Estado), si es así habrá errores con resultados graves –quizá trágicos-
Vale destacar al respecto que la política criminal aquí esbozada debe considerarse una política de estado, per se, la cual va integrada inexorablemente al conjunto de leyes penales promulgadas con el fin de sancionar nuevas acciones antijurídicas, a veces no previstas en las legislación venezolana, dado el carácter mutable de los modus operandi con que actúan los delincuentes para eludir la acción de la justicia. Para ello analizaremos unos de los instrumentos coactivos muy peculiar, para enfrentar este flagelo:
2-Tratamiento Legal .Ley contra el Secuestro y la Extorsión.
Este instrumento jurídico, promulgado el 04 de junio de 2009 en su artículo 1 establece que : “ La presente Ley tiene por objeto prevenir, tipificar y sancionar los delitos de secuestro y extorsión, y garantizar la protección de la integridad física de las víctimas y sus bienes.” Por ende, es al Estado a quien le corresponde perseguir estos hechos y lograr la sanción ejemplarizante de sus responsables, no como producto de la celeridad, de la presión colectiva, y -sin dejarlo a un lado- de las buenas intenciones de sus auspiciantes.
Verdaderamente, es
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