LESIONES LEVES ABUSO DE AUTORIDAD
Enviado por gigitrom • 22 de Marzo de 2014 • 3.680 Palabras (15 Páginas) • 319 Visitas
Investigación Preliminar
a. Caso Legal:
Si acude a usted una persona que ha sido agraviada / o víctima del delito de robo adjuntando diversos medios probatorios. Usted como futura abogada/o analiza los hechos y decide denunciar este delito a la fiscalía. Redacte esa denuncia. (3 puntos)
Denuncia
ROBO AGRAVADO,
LESIONES LEVES Y
ABUSO DE AUTORIDAD
SEÑOR FISCAL PROVINCIAL PENAL DE TURNO.
MELGAR HERRERA JULIO JOSÉ, identificado con DNI Nº 00220666, con domicilio real en la Calle: San Martín Nº 204-Tumbes (Paseo La Concordia) y domicilio procesal en la Av. Piura Nº 500 – 2do piso Of. 02 del Edificio San Carlos – Consultorio Jurídico Gratuito de la Universidad Nacional de Tumbes a usted expongo:
I.- PETITORIO
Que, en uso de mis derechos fundamentales y al amparo del art. 11 y art. 94 de la Ley Orgánica del Ministerio Público – D.Leg. 052, recurro a su despacho a fin de formular DENUNCIA PENAL por los delitos de ROBO AGRAVADO, LESIONES LEVES Y ABUSO DE AUTORIDAD cometidos en mi agravio, acción que dirijo contra JULIO CESAR CUBAS AMAYA, por el delito de ROBO AGRAVADO Y LESIONES LEVES y contra el Técnico. PNP CHOLÁN y OTROS por el delito de ABUSO DE AUTORIDAD, en atención a los siguientes fundamentos:
II. FUNDAMENTOS FACTICOS DE MI DENUNCIA
PRIMERO: Que, siendo aproximadamente las 01:55 horas del día 17 de Marzo de 2008, me encontraba saliendo en mi vehículo desde el Distrito de Corrales dirigiéndome a la ciudad de Tumbes, en estas circunstancias fui intervenido por dos sujetos quienes me solicitaron mis servicios como taxista para hacerles una carrera con destino al sector del Asentamiento Humano Las Malvinas en Tumbes, después de llegar al acuerdo por el monto de dicho servicio, llegando exactamente al final de la Institución Educativa Carlos Teodoro Puell Mendoza; estos sujetos sacaron de manera sorpresiva dos armas blancas (chaveta y punta) obligándome a detener el vehículo, en instantes que aprovechó uno de los sujetos para obligarme a que le entregue la producción de mi trabajo, optando inmediatamente por responderle que coja lo que había en la sencillera en la cual había aproximadamente S/.25.00 ( veinticinco y 00/100 nuevos soles), optando por darse a la fuga uno de ellos y al pretender hacer lo mismo el otro sujeto lo intercepté con un golpe en la cien, circunstancias que aproveché para conducirlo a la Delegación Policial de Andrés Araujo Morán.
SEGUNDO: Una vez que arribamos a dicha Delegación Policial solicité la intervención inmediata de los efectivos que se encontraban de servicio, pero ingrata fue mi sorpresa que en reiteradas oportunidades mostraron desinterés de parte del jefe de dicha delegación de apellido CHOLÁN, a esas horas de la madrugada, aproximadamente a las 2:15 horas, por lo que los exhorté a que depusieran su actitud negativa al apoyo solicitado, obteniendo como respuesta;" que para qué me metía con maricones" y una serie de palabras irreproducibles haciendo caso omiso en todo momento a poner cartas en el asunto, léxico deplorable que deja mucho que desear de un efectivo de la PNP cuyo deber es velar por la seguridad ciudadana, instantes que aprovecha JULIO CESAR CUBAS AMAYA, uno de los asaltantes, para agredirme físicamente en tres oportunidades (intentando golpearme en la cara a lo cual yo pude repeler) y lo que es peor y lamentable la ineptitud y/o falta de interés para actuar por parte de los efectivos de dicha dependencia policial; produciéndose una cuarta agresión física hacia mi persona con intenciones de morderme la cara procediendo a defenderme y en un ataque mansalva me muerde el brazo izquierdo en la parte superior-lateral derecho y desfiguración de rostro con las uñas, (para corroborar lo antes expuesto se sirva solicitar el Certificado Medico Legal a la División correspondiente), y al ver la pasibilidad y desinterés que seguían demostrando todos los efectivos policiales que se encontraban en la dependencia policial, empleé todos mis conocimientos en defensa personal logrando repeler el ataque y tirarlo al suelo, es allí donde interviene recién el Técnico de la PNP queriendo apaciguar las agresiones antes mencionadas.
TERCERO: Ya en el interior de dicha Dependencia Policial a este sujeto se le solicitó sus generales de ley limitándose a responder su nombre, el mismo que dijo llamarse JULIO CESAR CUBAS AMAYA DE 25 años de edad, ser natural de Piura y que domiciliado en Calle Los Libertadores S/N del Asentamiento Humano Las Malvinas-Tumbes. El Técnico PNP de apellido CHOLÁN le solicitó que se identificara con su respectivo DNI. Recibiendo como respuesta que no tenía.
CUARTO: Que, lo indignante de todo lo sucedido es que este sujeto CUBAS AMAYA le solicita el Técnico interventor CHOLÁN, que le de un "permisito para ir a ver a su madre", situación que debería haber sido denegada, obtiene por el contrario una respuesta afirmativa e inmediatamente abandona el local policial. Ante este repudiable consentimiento que le concede el efectivo policial me niegan el derecho a presentar la denuncia limitándose solamente a extenderme el oficio Nº 361-08-D/TERT/CPNP-AAM para que me presente al médico legista.
QUINTO: El suscrito se presentó hoy mismo a aproximadamente 10:00 de la mañana a la División Médico Legal para pasar por mi respectivo reconocimiento, posteriormente me dirigí a la Dependencia Policial de Andrés Araujo Morán para asentar la denuncia, e ingrata fue mi sorpresa que los efectivos policiales ya habían hecho el Parte Policial con un contenido inexacto y que no se ajustaba a los hechos realmente ocurridos y; lo que es peor no he estampado mi rúbrica ni mi huella digital lo cual desde cualquier punto de vista legal favorece más al denunciado perjudicando al denunciante, transgrediendo de ésta manera mis derechos legalmente reconocidos y que me corresponden. Posteriormente se me acercó una efectivo policial quien al escuchar mi reclamo me solicitó que me tranquilizara y que iba a hablar con el jefe superior de esa dependencia policial. Dicho Jefe Superior corroboró mi indisconformidad presentándome las disculpas del caso lo cual lo puso de conocimiento a su jefe inmediato superior de grado Coronel vía telefónica en mi presencia, culminando esta diligencia con las excusas del caso ofreciendo que no se iba a volver a repetir.
SEXTO: Que el parte policial elaborado por los efectivos policiales carece de valor legal, por cuanto no refleja la verdad de los hechos, y más bien favorece al denunciado, por lo tanto no constituye medio probatorio fehaciente.
SÉTIMO: Señor Fiscal dejo constancia de la presente
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