LOS ANTECEDENTES DEL FIDEICOMISO EN EL MUNDO
Enviado por ilhuitemoc • 21 de Noviembre de 2013 • 8.132 Palabras (33 Páginas) • 384 Visitas
CAPÍTULO PRIMERO: LOS ANTECEDENTES DEL FIDEICOMISO EN EL MUNDO
1.1Antecedentes en Roma
En Roma existieron dos instituciones que son antecedentes del fideicomiso actual; estas instituciones son: la fiducia y los fideicomisos testamentarios.
Se aceptó como concepto de fiducia, “aquella mancipatio, hecha con la obligación del accipiens quien recibía de remancipar” en otros términos podemos decir que la fiducia romana consistió en una mancipatio, forma solemne de transmitir la propiedad o una in iure cesio (modo de transmitir la propiedad tanto de las cosas mancipables cuanto de las no mancipables.), que se acompaña de un pactum fiduciae (Era un acuerdo entre dos personas en el que una le transfería a otra, que gozaba de toda su confianza, uno o varios bienes, para que cumpliera una determinada finalidad.), mediante el cual el accipiens (Quien recibe el pago, normalmente será el acreedor, pero puede ser también un tercero.), quien recibía la propiedad del bien transmitido, se obligaba a su vez frente al tradens (Era y es la persona que hace entrega al accipiens de la cosa objeto del contrato, trasladándole la posesión, su propiedad, o la simple tenencia.), de transmitirlo, después de que se realizarn determinados fines, al propio tradens o una tercera persona.
Algunos autores consideran que la fiducia pertenecía al tipo de los contratos reales, que se perfeccionaban con la simple entrega de la cosa materia del contrato, como lo era el mutuo, el comodato, la prenda, el depósito y posteriormente la hipoteca. Se le ha considerado como una forma primitiva de la prenda o del comodato, cuando se realizaba para garantizar alguna obligación o únicamente para conceder el uso o goce temporal y gratuito del bien transmitido de quien lo recibía.
Existieron dos formas de fiducia:
La fiducia cum creditore , cuyo uso servía para garantizar el cumplimiento de determinadas obligaciones; el deudor para garantizar su adeudo, transmitía determinados bienes a su acreedor, quien los recibía con tal fin y a su vez obligaba, en virtud del pactum fiduciae, a retransmitirlos al deudor, cuando hubiere pagado su crédito. En el caso de que el deudor no cumpliera con su obligación, el acreedor tenía el derecho implícito en el pacto, de retener la cosa para sí o para enajenarla.
La fiducia cum amico, se empleaba para que aquella persona que recibía el bien transmitido, pudiera usarlo y disfrutarlo gratuitamente y en su propio provecho; una vez realizados esos fines, quien había recibido los bienes transmitidos, como consecuencia del pactum fiduciae, los retransmitía al tradens; se identificaba con el comodato, que era un préstamo gratuito de uso.
En la última etapa del Derecho romano, la fiducia cayó en desuso y posteriormente encontramos en esta institución el antecedente más remoto de nuestro fideicomiso: el fideicomiso testamentario. Se empleaba cuando un testador quería favorecer a una persona von la cual no tenía el testamenti factio (uno de los derechos que correspondían a los ciudadanos romanos para transmitir su sucesión), por lo que no le quedaba más recurso que rogar a su heredero fuese el ejecutor para dar la incapaz un objeto particular o parte del acervo hereditario. El testador en su testamento, para establecer esta institución usaba los términos rogo, fideicomitto. Al heredero gravado se le llamo fiduciario y a aquél a quien debía transmitirle los bienes, fideicomisario.
En un principio el cumplimiento del dfideicomiso quedó a la buena fe y a la conciencia del heredero fiduciario. A partir de la inejecución de ciertos fideicomisos causantes de notables ofensas a la opinión pública, el emperador Augusto los hizo ejecutar con la intervención de los cónsules, por la importancia de los fideicomisos hubo la necesidad de establecer un pretor especial, preator fideicommisarius.
Después los senadoconsultos Trebeliano y Pagasiano concedieron a los herederos fideicomisarios las situaciones de loco heredis y loco legatarii para que se transmitieran las acciones hereditarias a título de útiles, y al heredero fiduciario el derecho de retener la cuarta parte del fideicomiso, como la ley falcidia a los herederos gravados con la entrega de los legados.
En la época de Justiniano, el heredero fideicomisario llego a adquirir derecho real, en lugar de un derecho de crédito, teniendo a su favor la rei vindicatio sobre los bienes materia de fideicomiso, aun contra los terceros de buena fe.
Esta institución de fideicomiso testamentario, paso a los regímenes jurídicos que tomaron sus bases en el derecho romano, donde se les conoció con el nombre de substituciones fideicomisarias, su auge fue sorprendente ya que llegaron hasta el código napoleón las vino a prohibir, porque las riquezas se encontraban en unas cuantas manos .
Más adelante en el México independiente no llegaron a tener vigencia las substituciones fideicomisarias, se prohibieron aun antes en de nuestro código civil de 1870.
1.2 El fideicomiso en el derecho germánico
Se encuentran 3 instituciones en este derecho que son antecedentes del fideicomiso
1.-La prenda inmobiliaria
2.-Manufidelis
3.- Salman o treuhand
1.- La prende inmobiliaria constituía un medio por el cual el deudor transmitía a su acreedor, para fines de garantía, un bien inmueble mediante la entrega de una carta (venditionis), tambien se le obligaba al acreedor con una contracarta, a la restitución del primer documento y del inmueble transmitido, em caso de que el deudor puntualmente cumpliera con su obligación.
2.-La llama figuera juridica manufidelis, se emplea para contravenir las prohibiciones o limitaciones establecidas en las disposiciones legales para determinar la calidad de los herederos legítimos, se podía realizar una donación inter vivos o post obitum, trasmitiendo la cosa materia a el fiduciario, llamado manusfidelis , medienta la carta mencionada con anterioridad , que se denominaba venditionis .
El manufidelis después de la transmisión, retransmitía al verdadero beneficiario la cosa adquirida, reservando el goce sobre la cosa donada, para que durante su vida lo disfrutara
3.- El salma o treuhand o personas que desempeñan el cargo de fiduciario, genéricamente se define como la persona que realiza la transmisión de un bien inmueble, del propietario original al adquirente definitivo, pero no hay que olvidar que hay un derecho antiguo salman y uno nuevo, en el antiguo salman, el salman es el fiduciario que recibe sus facultades del enajenante y a su vez se obliga frente a él de forma solemne para transmitir lo bienes al tercer destinatario de los mismos.
En el derecho moderno (es típico) que el salman sea fiduciario del adquirente y nos del enajenante, por lo de que de aquel recibe
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