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LOS CONSEJOS TERRITORIALES EN SALUD Y PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS - PIC ∼ANÁLISIS CRÍTICO∼


Enviado por   •  9 de Octubre de 2021  •  Ensayo  •  2.364 Palabras (10 Páginas)  •  186 Visitas

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LOS CONSEJOS TERRITORIALES EN SALUD Y PLAN DE INTERVENCIONES COLECTIVAS - PIC

ANÁLISIS CRÍTICO

        

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Janeth Xxxx  Xxxx Xxxx.

Septiembre 2021


Tabla de Contenidos

Introducción        3

Objetivo        4

Desarrollo        5

Conclusión.        11

Referencias Bibliográficas        12

 


Introducción

     Según lo establecido por el Ministerio de Salud y protección Social, en la Resolución 518 de 2015, que dictamina las disposiciones en Gestión de la Salud Pública, sobre directrices para la ejecución, seguimiento y evaluación del Plan de Salud Pública de Intervenciones Colectivas – PIC, permitiendo el desarrollo, monitoreo y evaluación de actividades, a partir del Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud garantizando de el uso de la toma de decisiones para la gestión municipal, desde la perspectiva de superación de desigualdades en salud de la población.

     En este sentido, las actividades del Sistema General de Seguridad Social en Salud, a su vez son asesoradas por ellos a las Direcciones de Salud de los respectivos municipios, para la formulación de sus planes, programas y proyectos en el ámbito de salud, se hace necesaria la búsqueda de métodos, herramientas o medios aseguren el mejoramiento continuo de estas actividades. Por ello, presentamos, una conceptualización y ciertas actividades que pretenden mostrar una idea de cómo se gestionan los Consejos Territoriales y los Planes de Intervenciones Colectivas en Salud.

     Dado que, los programas o planes se estructuran de actividades que tienen que contratarse, esto implica que la interventoría aplique jurídicamente condiciones que el legislador dictamina dentro de los pliegos de condiciones de estos contratos. Ámbito que, por ser de alto nivel técnico, debiese considerarse ampliar la regulación a una más completa y eficaz, en el contexto de un país donde la corrupción y los bajos índices de transparencia son la orden del día. Tratándose de que, esto funciona bajo un esquema tercerizado podría ser acertado y efectivo, siempre que la regulación presente al interventor efectivos métodos, herramientas o medios para hacer un adecuado seguimiento a la ejecución y termino de las actividades plasmadas en los programa y planes.

Objetivo

     El presente trabajo tiene como finalidad mostrar aspectos sobre el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud es un órgano encargado de tomar decisiones, y donde se desarrollan políticas el acuerdo a lo establecido por el Sistema General de Seguridad Social en Salud; así mismo, el Plan de Intervenciones Colectivas – PIC, como  aspectos para la mejora a la accesibilidad y equidad en la prestación de servicios de salud para la población a partir de acciones inter y transectoriales con participación social, con impacto a los determinantes sociales en salud.

Desarrollo

     Iniciamos este análisis de cada aspecto, con la intensión de presentar la conceptualización y actividades que nos muestra una idea de cómo se gestionan los Consejos Territoriales y los Planes de Intervenciones Colectivas en Salud, proyectos se llevan a cabo dentro del plan, cómo se desarrolla en los municipios, tres ejemplos de las actividades que se realizan, quienes ejercen la interventoría y las veedurías del desarrollo de actividades.    

Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud     

     Es el órgano encargado de la toma de decisiones, donde se desarrollan políticas el acuerdo a lo establecido por el Sistema General de Seguridad Social en Salud. Este órgano instrumenta y asesora a todas Direcciones de Salud de cada jurisdicción sobre la estructuración y desarrollo de planes, estrategias, programas y proyectos en salud, orientados a los sistemas territoriales de seguridad social y de salud, de cada municipio.

Funciones

  • Dirige, coordina y vigila el sistema General de Seguridad Social en Salud y el de Protección Social en el Departamento, atendiendo lo dispuesto por el Estado en materia de Salud.
  • Formula planes, programas y proyectos para el desarrollar proyectos en los sistemas General de Seguridad Social en Salud y Protección Social, en concordancia a las disposiciones nacionales.
  • Adopta, implanta, ejecuta y evalúa, normas, política, planes, programas y proyectos de los sistemas General de Seguridad Social en Salud y de Protección Social, formule y expida la Nación, así como reportar la información que requiera el Sistema.
  • Asegura la prestación de los servicios de salud, oportunamente, de manera eficiente y con alto nivel de calidad a la población, de acuerdo a sus características poblacionales.
  • Inspecciona, vigila y controla factores de riesgo ambiental que afectan la salud y el entorno, control vectorial y zoonosis del sector salud; vigilancia y control sanitario de comercio, distribución de alimentos y establecimientos que expenden alimentos preparados, así como del transporte para estas actividades. Esto coordinado con las autoridades ambientales, en cada municipio.
  • Vigila y controla con el Instituto Nacional para la Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA, y el Fondo Nacional de Estupefacientes: la producción, expendio, comercio y distribución de medicamentos, incluyendo aquellos que causen dependencia o efectos psicoactivos dañinos para la salud y sustancias potencialmente tóxicas.
  •  Organiza, coordina y administra la red de instituciones prestadoras de servicios de salud públicas.
  • Supervisa y controla el recaudo y la distribución de los recursos, aportados por el Estado con destino específico al ámbito de la salud, y administración de los recursos del Fondo Departamental de Salud.

Plan de Intervenciones Colectivas - PIC

     Se define como, “un conjunto de intervenciones, procedimientos o actividades para la promoción de la salud y la gestión del riesgo dirigidas a grupos poblacionales a lo largo del curso de la vida, definidas con fundamento en la evidencia disponible y en las prioridades de salud de cada territorio” (Ministerio de Salud y protección Social. Resolución 518 de 2015).

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