LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y SUS GARANTIAS EN LA R.D.
Enviado por Martha Toribio • 18 de Febrero de 2019 • Trabajo • 15.199 Palabras (61 Páginas) • 109 Visitas
UNIDAD VII
LOS DERECHOS FUNDAMENTALES Y SU CLASIFICACIÓN
Orientaciones para el estudio de la Unidad VII
En esta unidad se desarrolla el contenido relativo a uno de los pilares del constitucionalismo: los derechos fundamentales. Así como las garantías o remedios procesales que resguardan cada derecho ante las posibles agresiones de que puedan ser pasibles los mismos. Aquí proporcionamos los contenidos básicos acerca de los derechos fundamentales y sus garantías que permitan valorar su importancia como uno de los pilares dentro de la configuración del Estado Constitucional.
En primer lugar, se realiza una distinción entre las nociones de “derechos humanos” y “derechos fundamentales”. Luego se analiza la cuestión del origen, algunos conceptos y la “fundamentalidad” de derechos fundamentales.
También se dedica un espacio a las diferentes concepciones de los derechos fundamentales a la luz de las distintas teorías reconocidas por la doctrina jurídica. En este punto, lo que se procura es que el estudiante o lector advierta la existencia de distintos esquemas de clasificación de los derechos fundamentales dependiendo de los autores o los criterios de los cuales se partan.
Después de ponderar la naturaleza relativa de los derechos fundamentales y la horizontalidad de estos, se procede con el desarrollo de las distintas garantías de resguardo que acompaña a cada derecho para su efectividad, exigibilidad y vigencia.
En esta unidad se plantea la competencia concreta de la misma a ser lograda por los lectores luego del estudio su contenido desarrollado de manera minuciosa, el resumen del contenido de la unidad, las actividades de aprendizaje y de autoevaluación. También se describen las fuentes bibliográficas que sustentan el contenido en las que el lector o participante debe apoyarse para el desarrollo de esta.
Esquema de contenido de la Unidad VII
7.1 Los derechos fundamentales. Generalidades
7.2 Distinción entre derechos fundamentales y derechos humanos
7.3 Origen de los derechos fundamentales
7.4 Concepto de derechos fundamentales
7.5 Evolución histórica de los derechos fundamentales
7.6 Fundamento de los derechos fundamentales
7.7 Diversas teorías acerca de los derechos fundamentales
7.8 Titularidad de los derechos fundamentales
7.9 Límites y conflictos entre derechos fundamentales
7.10 Choque entre principios constitucionales en el reconocimiento de derechos fundamentales
7.11 Eficacia horizontal de los derechos fundamentales
7.12 Clasificación de los derechos fundamentales en la actualidad
DESARROLLO DE LOS CONTENIDOS DE LA UNIDAD VII
RESUMEN DE LA UNIDAD VII
ACTIVIDADES DE APRENDIZAJE Y EJERCICIOS DE AUTOEVALUACION DE LA UNIDAD VII
BIBLIOGRAFIA RECOMENDADA DE LA UNIDAD VII
7.1 Los derechos fundamentales. Generalidades
Los derechos fundamentales son aquellos que hacen referencia a los derechos de las personas, reconocidos legalmente y protegidos procesalmente, es decir, son los derechos humanos.
El concepto derechos fundamentales apareció en Francia en 1770, en el movimiento político que condujo a la declaración de los derechos del hombre y del ciudadano de 1789. Su construcción teórica tiene mucho que ver jellinek y su famosa teoría de los estados y los derechos políticos subjetivos
Se entiende por derechos fundamentales los atributos de toda persona inherentes a su dignidad, que el Estado debe garantizar, respetar y satisfacer. En su aspecto positivo son los que otorga la constitución política de nuestro país y los que se recogen en los pactos, convenios y tratados internacionales suscritos y ratificados por el país.
Son derechos fundamentales todos aquellos derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto dotados de status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad de obra; entendiendo por “derecho subjetivo” cualquier expectativa positiva (de prestaciones ) negativas (de no sufrir lesiones) adscrita a un sujeto por una norma jurídica, y por “status” la condición de un sujeto , prevista así mismo por una norma jurídica positiva, como presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o autor de los actos que son ejercicio de estas .
Posición de las doctrinas iusnaturalista y positivista sobre los derechos fundamentales
Derechos fundamentales según la Teoría Iusnaturalista : Son todos aquellos que tienen la persona por el simple hecho de serlo .
Según la Teoría Positivista: Son un conjunto de normas jurídicas que imponen deberes al Estado y conceden facultades a las personas, provistas de sanciones para asegurar su efectividad.
Estos derechos están reconocidos en la totalidad de las constituciones actuales de los Estados cuyo régimen tiene forma de Estado de derecho.
Estos derechos son derechos supraestatales a los que los Estados están vinculados y subordinados en el plano del derecho internacional pues no son derecho de ciudadanía, sino derecho de personas con independencia de sus diversas ciudadanías gracias a la aprobación de cartas y convenios internacionales sobre los derechos humanos.
De lo anterior se infiere que , los derechos fundamentales son aquellos inherentes al ser humano, pertenecen a toda persona en razón a su dignidad humana.
Concepto objetivo. Esencia de la estructura jurídico política de la Constitución, el Estado social de derecho puede violar y usurpar todo lo que quieran sin la intervención del pueblo.
Los Derechos Fundamentales se erigen en uno de los pilares básicos e imprescindibles del constitucionalismo, es decir, subyacen a la estructura misma del Estado Constitucional especialmente a partir de la Segunda Guerra Mundial.
Dicha afirmación es una inferencia inmediata de lo que ya recogía el artículo 16 de la Declaración Francesa de Derechos del Hombre y del Ciudadano: "Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni establecida la división de poderes carece de Constitución".
Los derechos fundamentales se distinguen con varios nombres:
- Derechos humanos.
- Derechos del hombre.
- Derechos de la persona humana.
Características de los derechos fundamentales
- Son imprescriptibles: significa que no les afecta la prescripción.
- Inalienables: no son transferibles a otra persona.
Son irrenunciables: significa que el sujeto no puede renunciar a ella. - Universales: En el sentido que son poseídos por todos los hombres.
7.2 Distinción entre derechos fundamentales y derechos humanos
Con frecuencia observamos el uso indistinto de derechos humanos o derechos fundamentales para referirse a una misma realidad. Pero lo cierto es que existe una distinción entre una y otra concepción que conviene clarificar previamente, con el objetivo de dotar a los futuros y actuales juristas, así como a cualquier interesado en la temática, de la adecuada corrección en el uso del lenguaje técnico propio del ámbito jurídico.
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