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Garantías Y Derechos Fundamentales


Enviado por   •  13 de Septiembre de 2014  •  1.627 Palabras (7 Páginas)  •  226 Visitas

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11 ARTÍCULOS CONSTITUCIONALES, QUE SE REFORMARON EN JUNIO DEL 2011, EN MATERIA DE GARANTÍAS INDIVIDUALES Y DERECHOS HUMANOS.

Artículo 1 .- Este articulo trata sobre que la esclavitud queda prohibida en México, dice que cualquier esclavo extranjero que entre al territorio nacional, alcanzara por ese solo hecho, su libertad y la protección de las leyes. También dice que queda prohibida toda discriminación motivada por origen étnico o nacional, la edad , él genero, las capacidades diferentes , la condición social, las condiciones de salud, la religión, las opiniones o cualquier otra que atente contra la dignidad humana y tenga por objeto anular o menoscabar los derechos y libertades de las personas.

1) .- La denominación del Capítulo I del Título Primero de la Constitución cambia, dejando atrás (al menos en parte) el anticuado concepto de “garantías individuales”. A partir de la reforma se llama “De los derechos humanos y sus garantías”. La expresión derechos humanos es mucho más moderna que la de garantías individuales y es la que se suele utilizar en el ámbito del derecho internacional, si bien es cierto que lo más pertinente desde un punto de vista doctrinal hubiera sido adoptar la denominación de “derechos fundamentales”.

2) .- El artículo primero constitucional, en vez de “otorgar” los derechos, ahora simplemente los “reconoce”. A partir de la reforma se reconoce que toda persona “goza” de los derechos y de los mecanismos de garantía reconocidos tanto por la Constitución como por los tratados internacionales. La Constitución se abre de forma clara y contundente al derecho internacional de los derechos humanos, demostrando de esa manera una vocación cosmopolita muy apreciable.

Por otra parte, deseamos comentar que desde la promulgación de la constitución mexicana, el artículo 133 constitucional ya establecía el reconocimiento de los tratados internacionales en lo que México sea parte, sin embargo, el legislador consideró importante reforzar dicho mandato en el artículo primero.

La obligación del Estado Mexicano de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, y progresividad. Dicha obligación quedó asentada en el párrafo tercero del artículo primero constitucional.

Por otra parte, deseamos comentar que desde la promulgación de la constitución mexicana, el artículo 133 constitucional ya establecía el reconocimiento de los tratados internacionales en lo que México sea parte, sin embargo, el legislador consideró importante reforzar dicho mandato en el artículo primero.

La adicción de la cláusula de interpretación conforme. Ubicada en el párrafo segundo el artículo 1, constituye un principio interpretativo de avanzada para nuestro sistema jurídico mexicano, implica que todas las nomas jurídicas relativas a los derechos humanos deberán ser interpretadas a la luz de la propia constitución y los tratados internacionales, la doctrina se refiere a ella como principio pro persona.

La obligación del Estado Mexicano de respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad a los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad, y progresividad. Dicha obligación quedó asentada en el párrafo tercero del artículo primero constitucional.

Artículo 3.- La modificación que sufre dicho artículo, son complementarias a la nueva denominación del Capitulo I, Titulo Primero de la Constitución al establecer; como un objetivo más de la educación, el respeto de los derechos humanos.

Artículo 11.- Establece el derecho de transito y la circulación por toda la república mexicana; ahora se introduce el derecho de asilo y refugio; la distinción entre ambas es que la primera es para cuestiones que incluyan política o cercanas a ella; la segundo, es para personas que; por motivo de su raza, color, etnia pongan en peligro su vida en el país de origen, para lo cual se crea una ley reglamentaria que regulara la procedencia y excepción en que se otorgaran dichos derechos, por lo que se amplia el reconocimiento de México como una nación generosa y hospitalaria.

Artículo 15.- La modificación que sufre éste artículo, son complementarias a la nueva denominación del capitulo I, del Titulo primero al cambiar la palabra garantía por derecho humanos.

Artículo 18.- También son complementarias a la nueva denominación del Capitulo I, al señalar que la base del sistema penitenciario consistirá en el respeto a los derecho humanos , trabajo… aunque para todos aquellos que conocen una cárcel mexicana o que han leído un artículo sobre cárceles mexicanas o han visto documental, consideraran está modificación como una tremenda tontería, sin embargo recordemos que se ha establecido en la máxima ley( constitución) , y las autoridades deben acatar dicho ordenamiento o exigirlo por medio del juicio de amparo.

Artículo 29.- Establece la suspensión de garantías en una parte o en toda la República en casos de invasión, perturbación grave de la paz publica, es facultad del ejecutivo federal junto con el acuerdo de todas las secretarias y el procurador de la República, quien enviara al Congreso de la Unión la propuesta de suspensión de garantías, quien revisara y manifestara su confirmación(validez),

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