La Creación de Un Código de Hammurabi
Enviado por screaam • 11 de Noviembre de 2012 • Documentos de Investigación • 11.134 Palabras (45 Páginas) • 554 Visitas
Introducción
Contexto histórico:
Dada su riqueza natural, Mesopotamia atrajo desde la prehistoria a poblaciones humanas procedentes de regiones más pobres.
Sobre el año 6000 a.C. los asentamientos aumentaron y en el cuarto milenio a. C. se construyeron las primeras ciudades, de entre las cuales destaca Uruk. El primer pueblo mesopotámico del que tenemos noticia histórica es el sumerio. Los sumerios, cuya civilización se extendió hasta el norte del Éufrates, utilizaron la metalurgia, desarrollaron la administración pública e inventaron un tipo de escritura denominada cuneiforme.
Hacia el 2330 a.C. los acadios, pueblo procedente de la zona central de Mesopotamia, conquistaron la región, bajo el reinado del rey Sargón I El Grande, unificando ambos pueblos en una sola cultura y situando su capital en la ciudad de Acad.
En el 2118 a.C. la capital pasó a la ciudad de Ur y en el siglo XVIII a.C. toda Mesopotamia fue unificada por Hammurabi, rey de Babilonia (1790-1750? a. C.). En esta época se desarrolló en Mesopotamia una gran civilización, se fortaleció el sistema administrativo, se desarrolló el sistema de regadíos y la navegación y se construyeron grandes templos y monumentos. La principal obra de Hammurabi fue su Código que constituye la primera recopilación de leyes de la historia.
Hacía el 1595 a.C. los hititas, pueblo procedente de la meseta de Anatolia, y posteriormente los casitas, invaden Mesopotamia y dominan Caldea. Durante casi 400 años el reino de Babilonia fue muy próspero y sus reyes tuvieron un poder similar al de los faraones egipcios, al tiempo que se desarrollaron fuertes relaciones comerciales con los pueblos vecinos.
Tras esta etapa, serán los asirios, procedentes del norte de Mesopotamia, quienes conquistarán Babilonia, expandiendo su imperio hasta el Mediterráneo, llegando incluso a dominar Egipto.
Las continuas revueltas de las tribus caldeas y el empuje de los medas, terminaron con el imperio asirio, quedando Mesopotamia de nuevo en manos de los caldeos de Babilonia, bajo el gobierno de Nabuconodosor II. Así quedaría la región hasta que en el año 539 a.C. es conquistada por los persas de Ciro el Grande.
El Código:
El Código de Hammurabi, creado en el año 1760 a. C. (según la cronología media), es compilación de leyes y edictos auspiciada por Hammurabi, rey de Babilonia, que constituye el primer cuerpo legal conocido de la historia. Una copia del mismo, esculpida en un bloque de piedra negra de dos metros de alto, fue encontrada por un equipo de arqueólogos franceses en Susa (Irán) en el invierno de 1901-1902. El bloque, roto en tres pedazos,
ha sido restaurado y se encuentra hoy en el Museo del Louvre de París.
El origen divino del Derecho escrito se representa en la piedra por un bajo relieve en el que el rey aparece recibiendo el código del dios Sol, Shamash (o Samas), divinidad asociada en la tradición local con la idea de justicia. El Código está compuesto por columnas horizontales en escritura cuneiforme: 16 columnas en el anverso y 28 en el reverso. El texto comienza con un prólogo que explica los cultos religiosos de Babilonia y Asiria. Más que un código en el estricto sentido, parece que los 28 parágrafos de que consta el Código de Hammurabi componen una serie de enmiendas al Derecho común de Babilonia. Antes de la llegada de Hammurabi al poder, eran los sacerdotes del dios Shamash los que ejercían como jueces pero el rey estableció que fueran funcionarios suyos quienes realizaran este trabajo, mermando así el poder de los sacerdotes y fortaleciendo el del propio monarca.
Desarrollo
El contenido:
Las leyes del Código de Hammurabi (numeradas del 1 al 282, aunque faltan los números 13, 66–99 y 110–111) están escritas en babilonio antiguo y fijan diversas reglas de la vida cotidiana y unifica los diferentes códigos existentes en las ciudades del imperio babilónico. Pretende establecer leyes aplicables en todos los casos, e
impedir así que cada uno "tomara la justicia por su mano", pues sin ley escrita que los jueces hubieran de aplicar obligatoriamente, era fácil que cada uno actuase como más le conviniera.
Este código no contiene normas jurídicas acerca de temas religiosos, ni se distingue entre derecho civil y penal, es decir, se dan leyes que regulan los asuntos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos. Se regulan el comercio, el trabajo asalariado los préstamos, los alquileres, las herencias, los divorcios, la propiedad, las penas por delitos de robo, asesinato, etc.
La mayoría de las penas que aparecen en el código son pecuniarias (multas), aunque también existe pena de mutilación e incluso pena de muerte. En algunos casos la ley opta por aplicar talión, es decir, hacer al agresor lo mismo que él hizo a su víctima siempre que ambos sean de la misma "categoría".
Estos son algunos ejemplos de leyes extraídos del código de Hammurabi:
"Si un hombre golpea a otro libre en una disputa y le causa una herida, aquel hombre jurará "Aseguro que no lo golpeé adrede" y pagará el médico".
"Si un hombre ha ejercido el bandidaje y se le encuentra, será condenado a muerte."
"Si un hombre ha acusado a otro hombre y le ha atribuido un asesinato y éste no ha sido probado en su contra, su acusador será condenado
a muerte."
"Si un hombre ha reventado el ojo de un hombre libre, se le reventará un ojo."
"Si revienta el ojo de un muskenu... pagará una mina de plata."
"Si ha reventado el ojo deun esclavo de un hombre libre, pagará la mitad de su precio (del precio del esclavo)".
Como se ve en estas leyes el talión sólo se aplica entre individuos de igual categoría. En caso de que el agresor se de una categoría superior a la de la víctima no se aplica talión sino que se condena a una pena pecuniaria. En el código de Hammurabi aparecen tres "categorías de hombres: los libres, los esclavos y una categoría intermedia llamada "muskenu" que podrían ser siervos.
La dote (sheriktu) es siempre de la mujer, en caso de divorcio (como el contemplado en esta ley) la recupera y si muere pasa a ser de sus hijos. La dote es lo que garantiza a la mujer su subsistencia, lo cual no significa que sea ella quien la administre con independencia, pues la mujer está siempre bajo la tutela de un varón, sea el marido, el padre u otro pariente.
Extractos:
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