ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La educación: servicio de orden público e interés social.


Enviado por   •  18 de Enero de 2015  •  Ensayo  •  2.494 Palabras (10 Páginas)  •  412 Visitas

Página 1 de 10

La educación: servicio de orden público e interés social.

En nuestro país es inobjetable el derecho a la igualdad de oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, sin más limitaciones que satisfacer los requisitos expresados en las disposiciones correspondientes. El artículo 3° constitucional establece este derecho, que surge de las aspiraciones de todos los mexicanos que aspiran a un bienestar social y ven en la educación la alternativa para construir un futuro en el que se tengan las mismas oportunidades de inserción en el sector productivo de un mundo globalizado que requiere de nuevas competencias en la medida que el desarrollo de la ciencia y la tecnología, impactan y revolucionan a la sociedad.

La educación es un servicio de orden público en la medida que el Estado se obliga a prestar a la ciudadanía este servicio y se abstiene de realizar acciones que atenten contra este derecho; asimismo, su compromiso por la calidad de la educación, lo plasma en acuerdos signados en foros y organismos internacionales que velan por este derecho en todo el mundo, como es la UNESCO.

1. Elementos que constituyen el sistema educativo mexicano. Sujetos, instituciones y autoridades educativas.

La LGE en su Artículo 10.- La educación que impartan el Estado, sus organismos descentralizados y los particulares con autorización o con reconocimiento de validez oficial de estudios, es un servicio público.

Las instituciones del sistema educativo nacional impartirán educación de manera que permita al educando incorporarse a la sociedad y, en su oportunidad, desarrollar una actividad productiva y que permita, asimismo, al trabajador estudiar

Elementos que constituyen el Sistema Educativo Mexicano

El Sistema Educativo mexicano se integra además de las autoridades educativas con:

I. PERSONAS

a) Los educandos;

b) Educadores;

c) Los trabajadores de apoyo y asistencia al servicio de la educación; y

d) Padres de familia, tutores y organizaciones que los representen que estén debidamente reconocidos y constituidos ante la autoridad educativa.

II. ORGANISMOS PÚBLICOS DEL SECTOR

a) Las instituciones educativas del Estado y sus organismos descentralizados;

b) Las instituciones particulares con autorización o reconocimiento de validez oficial de estudios;

c) Las instituciones a las que la Ley otorga autonomía;

d) El Consejo de participación Social tanto los estatales como los municipales;

e) Las instituciones de apoyo a la educación; y

f) Las instituciones de formación para el trabajo o las de cualquier otro tipo y modalidad que se imparta de acuerdo a las necesidades educativas de la población y las características particulares de los grupos que las integran, en concordancia con las necesidades del sector productivo.

III. ELEMENTOS EDUCATIVOS

a) Planes;

b) Programas;

c) Métodos y materiales educativos;

d) El calendario escolar;

e) Los documentos oficiales que acrediten el historial académico de los estudiantes; y

f) Los demás necesarios para el adecuado funcionamiento del ámbito educativo.

La educación de nuestro país está conformada por elementos que abarca desde los alumnos hasta el presidente y cada uno tiene una parte importante en la educación a nivel nacional. La Ley General de la Educación es un decreto realizado por el presidente donde se dan a conocer las disposiciones del mismo hacia la educación nacional, los derechos y obligaciones de las instituciones, secretarias, gobiernos locales, directivos y docentes para constituir un sistema integral. Otro documento es la Ley de Educación del Estado de México que contiene las disposiciones que debe acatar el gobierno del estado y los municipios para llevar un control de los niveles educativos como objetivo de mejoramiento y ayuda al sistema educativo.

El presidente determina los planes y programas de educación básica, establece el calendario escolar el cual se debe respetar en toda la república, elabora y mantiene actualizados los libros de texto, regula el sistema nacional de formación, regularización y capacitación para los maestros de educación básica, dar los recursos financieros para la mejora del sistema, lleva el registro nacional de instituciones, y garantiza el carácter nacional de a educación básica.

2. El federalismo educativo. Facultades y responsabilidades de las autoridades educativas federales, estatales y municipales. Facultades exclusivas y facultades convergentes.

El federalismo educativo se entiende como la descentralización, consiste en la transferencia de personal, las escuelas y los recursos de esos servicios educativos, del gobierno federal a los gobiernos de los estados, al mismo tiempo que el gobierno federal conserva y refuerza sus facultades normativas sobre el conjunto del sistema educativo nacional.

Llegar a esta situación implico una serie de luchas entre diversos grupos de autoridades y sindicales, desde la época del porfiriato, para que a la fecha, la federalización educativa quedo con una base jurídica más firme en sus dos frentes:

a) Descentralización como facultad de los estado y municipios

b) El gobierno federal consolidaba sus facultades exclusivas en los aspectos normativos del sistema educativo nacional

En la LGE, en el artículo 11, se explica, que para efectos de la presente Ley, se entenderá por:

I.- Autoridad educativa federal, o Secretaria, a la Secretaria de Educación Pública de la Administración Pública Federal;

II.- Autoridad educativa local al ejecutivo de cada uno de los estados de la Federación, así como a las entidades que, en su caso, establezcan para el ejercicio de la función social educativa, y

III.- Autoridad educativa municipal al ayuntamiento de cada municipio.

IV.- El Consejo Nacional Técnico de la Educación, y los correspondientes en las entidades federativas, son órganos de consulta de las autoridades educativas en sus respectivos ámbitos de competencia.

Así mismo, en los Artículos 12, 13, 14 y 15, de dicha LGE, se explican las atribuciones de las diferentes autoridades.- Corresponden de manera exclusiva a la autoridad educativa federal las atribuciones siguientes:

I.- Determinar para toda la República los planes y programas de estudio para la educación preescolar, la primaria, la secundaria, la normal y demás para la formación de maestros de educación básica, a cuyo efecto se considerará la opinión de las autoridades educativas locales y de los diversos sectores sociales involucrados en la educación en los términos del artículo 48;

II.- Establecer el calendario escolar

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (17 Kb)
Leer 9 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com