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La eficacia de la norma


Enviado por   •  16 de Noviembre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  1.109 Palabras (5 Páginas)  •  346 Visitas

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LA EFICACIA DE LA NORMA

Pertenecen al orden jurídico las normas particulares las cuales se contemplan validas si son, en todos sus aspectos, obedecidas y aplicadas, esto quiere decir que deben ser eficaces. Se considera que la eficacia es una condición de la Validez, lo que nos afirma que no es igual a la misma. La norma jurídica puede ser válida antes de que se transforme en Efectiva, la Validez no se debe confundir con la eficacia, debido a que la validez es cuando la ley debe ser obedecida y aplicada; y la Eficacia quiere decir que la ley es obligatoriamente obedecida y aplicada.

Hay distintas formas de Eficacia, dentro de las cuales se distinguen las siguientes:

  1. Eficacia Obligatoria: Las normas jurídicas se presumen que hayan tenido la necesaria publicidad, con objeto de que todos los ciudadanos tengan la posibilidad de conocer su contenido, no obstante, una vez publicada la norma, su obligatoriedad no se hace depender del conocimiento efectivo de cada uno de los destinatarios que pueda tener de la misma.
  2. Eficacia de la norma en el tiempo y el espacio: En el tiempo: cuando se habla que está limitada en el tiempo se refiere a la duración de la ley, como todo hecho humano tiene principio (cuando entra en vigor) y fin (concluye su eficacia ineludible) En el espacio: se refiere al espacio en cuanto al territorio y su extensión en el cual esta ley tiene vigencia.
  3. Eficacia sancionadora de las normas jurídicas: La norma se caracteriza por su coercibilidad lo cual nos expresa que es caso de infringir la norma se puede aplicar una sanción o también con el uso de la fuerza por parte de los organismos del estado en su uso normativo. Por consiguiente, no solo se distinguen diferentes formas de eficacia, sino también se derivan de las mismas según el ordenamiento jurídico sanciones de carácter penal, administrativo y civiles, encontrándose dos tipos de aplicabilidad, donde la primera de ellas hace parte de deberes institucionales de las autoridades normativas y será llamado aplicabilidad externa y el segundo es una función del conocimiento de ámbitos vigor de las normas jurídicas.

APLICABILIDAD Y EFICACIA DE LAS NORMAS JURIDICAS

Propuestas por los juristas quienes enuncian los derechos y deberes jurídicos, de este modo la eficacia y la aplicabilidad se observan como aspectos del derecho en vigor, la generalidad de aplicabilidad da origen a una restricción ya que, las normas inaplicables son aptas de eficacia y también da criterio para asemejar las acciones acerca de la eficacia jurídica.

Hay dos tipos de aplicabilidad: El primero son deberes institucionales de las autoridades normativas y será llamado aplicabilidad externa y el segundo es una función del conocimiento de ámbitos de vigor de las normas jurídicas. La observancia es un prototipo de la eficacia, pero no es el criterio para evaluar la eficacia del derecho.

CONSTITUCION DE ORDEN PUBLICO

 Constitución y orden no tienen una relación tan específica, el orden jurídico son normas dentro de un sistema, una norma solo es válida cuando ha sido creada bajo determinada regla y por ello una norma es válida según otra superior y así sucesivamente llegando hasta la norma fundamental la cual es el fundamento de validez de toda norma del orden jurídico.

EFICACIA Y CONSTITUCION

"El criterio de identidad y existencia de un orden jurídico contiene tres elementos fundamentales: eficacia, carácter institucional y fuentes. La eficacia es la menos controvertida de estas condiciones. Curiosamente es, también, la menos estudiada y la menos entendida ". (Raz, 1970)

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