Ley 1562
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Ley 1562
11-07-2012
Se modifica el Sistema de Riesgos Laborales y se dictan disposiciones de Salud Ocupacional.
Sistema General de Riesgos Laborales
Es el conjunto de entidades públicas y privadas, destinados a prevenir y atender a los trabajadores de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrirles como consecuencia del trabajo que desarrollan.
Gestiona soluciones para la prevención de estas enfermedades o accidentes
Salud Ocupacional
Se entiende como Seguridad y Salud en el Trabajo, es aquella disciplina que trata de la prevención y protege la salud de los trabajadores. Tiene como objetivo mejorar las condiciones y el medio ambiente de trabajo, para mantener el bienestar físico, mental y social de los trabajadores en sus ocupaciones.
Programa de Salud Ocupacional:
En lo sucesivo se entenderá como el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST.
Consiste en el conjunto de procesos o etapas para cumplir las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.
Modifíquese el artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994, el cual quedará así:
Afiliados. Son afiliados al Sistema General de Riesgos Laborales en forma obligatoria y en forma voluntaria
Accidente de trabajo
Es accidente de trabajo todo suceso que ocurra por causa o con ocasión del trabajo, y que produzca en el trabajador una lesión orgánica, una perturbación funcional o psiquiátrica, una invalidez o la muerte.
Es también accidente de trabajo aquel que se produce durante la
ejecución de órdenes del empleador, o contratante durante la ejecución de una labor bajo su autoridad, aún fuera del lugar y horas de trabajo.
Igualmente se considera accidente de trabajo el que se produzca durante el traslado de los trabajadores o contratistas desde su residencia a los lugares de trabajo o viceversa, cuando el transporte lo suministre el empleador.
También se considerará como accidente de trabajo el ocurrido durante el ejercicio de la función sindical aunque el trabajador se encuentre en permiso sindical siempre que el accidente se produzca en cumplimiento de dicha función.
De igual forma se considera accidente de trabajo el que se produzca por la ejecución de actividades recreativas, deportivas o culturales, cuando se actúe por cuenta o en representación del empleador o de la empresa usuaria cuando se trate de trabajadores de empresas de servicios temporales que se encuentren en misión.
Enfermedad laboral.
Es enfermedad laboral la contraída como resultado de la exposición a factores de riesgo inherentes a la actividad laboral o del medio en el que
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