Ley De Areas Protegidas
Enviado por rodjma • 25 de Abril de 2013 • 1.713 Palabras (7 Páginas) • 667 Visitas
UNIVERSIDAD RAFAEL LANDIVAR
FACULTAD DE CIENCIAS AMBIENTALES Y AGRICOLAS
MAESTRIA EN GERENCIA DE LA AGRICULTURA SOSTENIBLE Y LOS RECURSOS NATURALES
POLITICAS Y PROYECTOS DE DESARROLLO AGROPECUARIO Y ROL DEL ESTADO (MaREC)
LEY DE AREAS PROTEGIDAS
INTRODUCCIÓN
Guatemala es un país tropical con un crecimiento rápido de la población, donde se demanda de una utilización eficiente e inmediata de los recursos naturales y se incrementa la necesidad de contar con áreas protegidas.
Las áreas protegidas son superficies seleccionadas por el ser humano para su protección y conservación, por poseer características relevantes en cuanto a su valor escénico, uso recreativo, biodiversidad, riqueza genética, patrimonio natural, siendo un patrón de referencia útil en relación con ambientes degradados. Estos ambientes naturales cuentan con un valor cultural especial y gran importancia en mater de educación ambiental. Además son objetos de investigación científica e instrumentos para la promoción del desarrollo sustentable regional y local.
La primera área protegida de Guatemala, el Parque Nacional Tikal, fue declarada hace 51 años, en 1955. Sin embargo, fue hasta el 10 de febrero de 1989, que fue creado el Consejo Nacional de Áreas Protegidas CONAP, entidad pública responsable de la administración de áreas legalmente protegidas, el objeto asegurar la conservación de la biodiversidad y generación de servicios ambientales, para el desarrollo social y económico de Guatemala y par el beneficio de las presentes y futuras generaciones.
Es importante mencionar que “la diversidad biológica es parte integral del patrimonio natural de los guatemaltecos, por lo tanto, se declara se interés nacional su conservación, por medio de áreas protegidas debidamente declaradas y administradas”, como así lo establece el Artículo 1 de la Ley de Áreas Protegidas reformado por el Artículo 1 del Decreto 110-96 del congreso de la Republica. El objetivo del Gobierno se encuentra claro: conservar el patrimonio natural del país.
La mayor parte de estos problemas están relacionados con la presencia humana permanente en estos territorios y que aumentó considerablemente cuando las concesiones madereras y petroleras crearon nuevos accesos; para sobrevivir queman el bosque con fines agrícolas o ganaderos, talan los árboles y cazan la fauna, asimismo, son contratadas por terceras personas con el fin de conseguir el cambio en el uso del suelo.
A pesar de que en términos generales la ley de Áreas Protegidas ha sido bien planteada, presenta cientos problemas relacionados con la entidad encargada de la aplicación de la ley, específicamente en cuanto se refiere al CONAP y a la Secretaría Ejecutiva del mismo. De igual forma se presenta el problema que en los tribunales de justicia en situaciones relacionadas con áreas protegidas no se tiene conocimiento del tema y las leyes en gran cantidad de ocasiones queda corta con las regulaciones que se tiene al respecto.
ANALISIS
El derecho ambiental se encuentra compuesto de derechos y obligaciones; derechos, porque las personas gozan o disfrutan de los recursos naturales desde antes de nacer hasta el momento de la muerte, y obligaciones, porque conservarlos debe ser un valioso legado para las generaciones venideras.
Se instituye que en términos generales el derecho ambiental es un instrumento de política ambiental del Estado, que debe responder ante el interés común. De acuerdo con este planteamiento, el Estado tiene un rol relevante en la protección y conservación del medio, ya que tutela los intereses generales frente a los afanes de destrucción del ambiente; siendo el mismo un derecho relativamente joven, ha creado una preocupación a la comunidad internacional el crecimiento de las ciudades y la industria que traen consigo la destrucción de los recursos naturales.
Se define como un conjunto de sujetos y objetos que interaccionan de manera regular e independiente. En lo personal considero que, el Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas: “Es el conjunto de regiones preservadas declaradas legalmente por el Estado con la finalidad de proteger, mejorar y conservar el patrimonio natural de Guatemala”.
Todas aquellas áreas protegidas que a la fecha de emisión de la presente ley, estuvieron legalmente establecidas mediante decreto legislativo, decreto de ley o acuerdo gubernativo y se encuentren vigentes, tienen el pleno reconocimiento de esta ley y constituyen bases fundamentales en la creación y composición del SIGAP, quien procederá a inscribirlas en el registro respectivo, según el artículo 75 de esta ley. Como se puede observar aquí se están tomando dos situaciones una, el establecimiento del área con anterioridad a la vigencia de la ley y la otra el registro respectivamente para conformar el SIGAP, sin embargo para la norma solamente constituyen bases fundamentales para la creación de un área protegida legalmente declarada.
El Sistema Guatemalteco de Áreas Protegidas (SIGAP), está integrado con un total de 159 áreas protegidas; 22 áreas protegidas en la categoría manejo tipo I, 13 en la categoría de manejo tipo II, 14 en la categoría de manejo tipo III, 12 en la categoría de manejo tipo IV, 58 en la categoría de manejo tipo V, 4 en las categorías de manejo tipo VI y 36 áreas protegidas clasificadas por el CONAP como zonas de veda definitiva.
En cada una de las categorías de manejo se establecen las mejores disposiciones y formulas de protección de los recursos naturales, con el fin de calificar que terrenos son susceptible de una u otra categoría, siendo el caso de una propiedad privada y que por su categoría de manejo deba ser de propiedad del Estado, se establece la forma de obtener dicha propiedad a favor del mismo para
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