Ley Mexicana Laboral
Enviado por OSIRISINLOVE • 15 de Enero de 2014 • 3.229 Palabras (13 Páginas) • 286 Visitas
INTRODUCCIÓN
El Derecho Procesal del Trabajo, es considerado como una de las ramas del derecho más novedosa dentro de la Ciencia del Derecho, pero a pesar de ello reviste de gran importancia para el desarrollo y la estabilidad económica de un gran país como lo es el nuestro, ya que involucra a los factores de la producción que son la parte obrera y la patronal, plasmando derechos y obligaciones para unos y otros así como la forma de conciliar y en su caso dirimir los conflictos que surjan con motivo de la relación laboral derivada de la prestación de un trabajo personal subordinado a cambio de un salario.
Es tan reciente y antiguo al mismo tiempo, que las últimas reformas a la Ley Federal del Trabajo en su parte procesal entraron en vigor el 1o de mayo de 1980, mismas que han dotado de características muy especiales a esta rama del derecho, al dar agilidad al Proceso Laboral, que es lo que distingue a la materia laboral de otras ramas del derecho.
Esto es, que el surgimiento de esa rama del Derecho Social tuvo lugar ante la necesidad de que existiera un área de esta ciencia jurídica que considerara las particularidades propias de los conflictos que diariamente se originan en las empresas, estos llamados conflictos interobreros, interpatronales o entre traba¬jadores y patrones, sin olvidar que también pueden generarse serias discrepan¬cias con los sindicatos como representes de la clase obrera, que pueden derivar inclusive en el cierre de la fuente de empleo.
Así es como surge la Justicia Social a favor de los trabajadores, misma que para cumplir sus fines requiere apoyarse en un procedimiento que indique los
pasos a seguir para dirimir cualquier conflicto que nazca de esta relación de tipo laboral, para estar así frente al denominado Procedimiento Laboral, el cual tiene como finalidad el vigilar que en todo momento sean respetados los derechos de los trabajadores, desde que se presenta la demanda hasta que se dicta el laudo respectivo. Todo ello con la intervención como conciliador y árbitro de las Juntas de Conciliación y Arbitraje quienes al seguir el principio jurídico de suplencia de la queja deben en todo momento corregir y en su caso subsanar las demandas omisas o defectuosas, y de no ser posible, preve¬nir al actor en el asunto a efecto de que dentro del término prudente corrija o subsane su error, eliminando así cualquier vicio de validez jurídica que impida el reclamo de una pretensión laboral.
El maestro de la Cueva señala que el Principio Jurídico de "en caso de duda, prevalecerá la interpretación más favorable al trabajador", esta no puede ser con¬templada como una norma protectora del débil contra el fuerte, porque su esen¬cia es más bella, ya que nos dice que en la oposición entre los valores humanos y los intereses materiales de la economía, la justicia impone la supremacía de aquéllos.
La historia del Derecho del Trabajo puede compararse con la del Derecho Romano, pues por más intentos que se realicen para mantener una legislación actualizada y acorde a la realidad, esto parece ser una utopía, ya que las rela¬ciones laborales cambian día con día y se ajustan a las nuevas necesidades de la sociedad que es la que fija la oferta y la demanda de un producto. Lo anterior se retoma, toda vez que en la historia se documenta que en el momento en el cual Roma tuvo por concluido su Derecho Civil, se percató de que los hombres carecían de un estatuto que regulara sus relaciones, de ello nace el Jus Gentium, el cual parte de una nueva comunidad que comprendiera a todos los hombres y a los pueblos que formaban el mundo que cada vez era más y más grande derivado de las conquistas de otras comunidades que se adherían a su territorio; ante ello la conclusión a la que llegaron fue en el sentido de que el derecho aún era inconcluso, ya que cada vez que conquistaban una nueva población debían adecuar su legislación.
Así es como debe apreciarse al Derecho Procesal del Trabajo, pues poco a poco y de manera pausada brotaron sus principios, luego sus normas y sus instituciones básicas, pero no por esto quiere decir que no hay ya nada más que
hacer con esta materia, en virtud de que tal vez no se cierre nunca el ciclo que dio inicio a sus bases, esto derivado de los constantes cambios en la vida social del país, y si el mismo llegara a cerrarse alguna vez será que ha surgido una nueva y moderna estructura social.
De ahí que resulte casi imposible pensar en esto, ya que de ser realidad deberían en primer término dejar de existir controversias obrero patronales, in¬terpatronales y en consecuencia conflictos sindicales, desaparecer bajo esta óp¬tica nuestro Derecho del Trabajo tanto como herramienta conciliadora como árbitro para dar lugar a un nuevo derecho, una renovada seguridad social y jurídica para el hombre en la cual no existan diferencias ni problemas y que toda la sociedad aprenda a velar por los intereses de sus semejantes y no por los propios.
Se debe recordar en todo momento lo que señalan los maestros Tena Suck e Italo Morales en torno a que "El derecho del trabajo es quizá, una de las disciplinas más recientes de la ciencia jurídica, es por lo mismo dinámi¬co y cambiante, trata de ajustarse a las transformaciones y exigencias de la sociedad."
En la actualidad es sumamente difícil que un recién egresado de la Carrera de Derecho o incluso un litigante que se dedique a otra Rama del Derecho pueda incursionar en el mundo de las Juntas de Conciliación y Arbitraje, ya que esta materia requiere de la práctica cotidiana para que se puedan conjuntar los conocimientos adquiridos y obtenidos en las aulas o en su caso en el liti¬gio civil o mercantil, en éstos cabe recordar que la Ley Federal del Trabajo no admite como supletorios los Códigos Civiles o Penales, derivado de que este procedimiento se basa en sus propios principios que son: la publicidad, la gra-tuidad, la inmediatez, la oralidad, la economía y la sencillez en conjunto con la costumbre y la jurisprudencia.
Motivo de lo antes señalado, se presenta una descripción detallada de los Principios Procesales Laborales que contempla la Ley Federal del Trabajo, así como de los Procedimientos Paraprocesales o Voluntarios entre los que se en¬cuentran el Aviso de Rescisión y los Convenios Fuera de Juicio; de igual forma se retoma a las medidas cautelares que se utilizan en esta materia; todo ello como parte del marco referencial que es necesario conocer para entablar una demanda laboral o en su caso esgrimir una defensa adecuada a la misma.
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El punto medular del tema una vez acotados los puntos anteriores, se ciñó a la denominada Audiencia de Ley,
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