Ley Procesal Laboral
Enviado por yenniretg • 12 de Octubre de 2013 • 1.187 Palabras (5 Páginas) • 275 Visitas
INTRODUCCION
La aparición del derecho del trabajo como disciplina especial, se debió a la necesidad de proteger al trabajador frente a la superioridad del empleador. Si en las relaciones laborales, empleadores y trabajadores no son iguales, la desigualdad se agrava cuando ambos litigan.
En la constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en las disposiciones transitorias cuarta numeral 4 se establece que el Estado debe proveer una Ley Orgánica Procesal del Trabajo que garantice el funcionamiento de una jurisdicción laboral autónoma y especializada y la protección del trabajador y la trabajadora en los términos previstos en la constitución y en las leyes; orientada por los principios de gratuidad, celeridad, oralidad, inmediatez, prioridad de la realidad de los hechos, la equidad y rectoría del juez o jueza en el proceso.
No todos los principios procesales tienen la misma jerarquía. Algunos de ellos constituyen el fundamento de la existencia del proceso laboral, mientras que los demás tienen que ver con el cumplimiento de esos principios fundamentales. A los primeros podríamos llamarlos “Principios Fines del Proceso” y a los otros “Principios Operativos del Proceso”. Los primeros justifican o hacen posible la existencia del proceso y los otros marcan el comportamiento del proceso.
PRINCIPIOS GENERALES
• Oralidad. (Art. 3 de la L.O.P.T)
“El proceso será oral, breve y contradictorio, solo se apreciarán las pruebas incorporadas al mismo conforme a las disposiciones de esta Ley, se admitirán las formas escritas previstas en ella”.
La oralidad se entiende como un instituto procesal fundamental, en virtud del cual el proceso judicial del trabajo sea un instrumento que permita la efectiva realización de la justicia y el cumplimiento del fin social de la misma.
La Ley sigue la tendencia casi universal de sustituir el proceso escrito por un procedimiento oral, breve, inmediato, concentrado y público que permita efectivamente la aplicación de la justicia laboral en el área de los derechos sociales.
• La Publicidad. (Art 4 de la L.O.P.T)
“Los actos del proceso serán públicos, salvo que expresamente esta Ley disponga lo contrario o el tribunal así lo decida, por razones de seguridad, de moral o de protección de la personalidad de alguna de las partes”.
La publicidad permite la transparencia del proceso y la participación de todas aquellas personas que tengan interés en presenciar las audiencias y demás actos, lo que se traduce en una forma de control por parte de la sociedad civil en la administración de justicia.
• Gratuidad (Art. 8 de la L.O.P.T)
“La justicia laboral será gratuita; en consecuencia, los tribunales del trabajo no podrán establecer tasas, aranceles, ni exigir pago alguno por sus servicios”.
Este principio también de rango constitucional garantiza el derecho que toda persona tiene de acceder a los órganos de administración de justicia laboral, destacándose en el proyecto la garantía de la gratuidad de la justicia del trabajo.
• Rectoría del juez o jueza en el proceso (Art. 6 de la L.O.P.T)
Esto significa que es el juez o jueza quien gobierna o rige el proceso. En este caso el juez o jueza va a participar directa y personalmente, y no a través de intermediarios; en la sustanciación del proceso y en el debate procesal correspondiente todo bajo su absoluta y personal dirección, resolviendo las incidencias que pudieran presentarse de acuerdo con la normativa establecida en la Ley o en su defecto de acuerdo a los criterios que éste establezca a fin de garantizar la consecución de los fines fundamentales del proceso.
• Inmediación.
El juicio oral se materializa a través de las audiencias sea ésta la audiencia preliminar o sea la audiencia de juicio.
Por su parte, la inmediación a su vez es esencial al juicio oral
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