Los Sistemas Estratégicos de Transporte Público
Enviado por Lorenaru • 4 de Septiembre de 2017 • Apuntes • 2.254 Palabras (10 Páginas) • 278 Visitas
MARCO TEÓRICO
Los Sistemas Estratégicos de Transporte Público corresponden a la estrategia de Ciudades Amables consignada en el Plan Nacional de Desarrollo 2006 – 2010, “Estado comunitario desarrollo para todos”. Dichos sistemas buscan mejorar la prestación del servicio de transporte público colectivo en ciudades intermedias con el fin de estructurar urbes competitivas, eficientes y equitativas, que permitan a los ciudadanos tener oportunidades seguras de movilidad, bajo principios de economía. Los sistemas deberán responder a las necesidades de ordenamiento y planificación de su territorio, para ello los principios básicos que buscan los SETP son:
Eficiencia: la mejor y la máxima utilización de los recursos.
Seguridad: Los sistemas deben privilegiar el peatón, bajo criterios de seguridad vial y accesibilidad.
Responsabilidad: que cumpla con la regulación. Equidad y competitividad: que ofrezca la oportunidad a todos los ciudadanos de movilizarse rápidamente, ofreciendo tarifas que equilibren el costo del servicio y la calidad del mismo.
Ambientalmente sostenible: que todas las alternativas ofrecidas propendan por aire más puro, menor ruido y accidentalidad, y un adecuado ordenamiento del territorio.
Mensurable: que cada ciudad o municipio desarrolle modos que faciliten a sus ciudadanos la movilidad bajo proyectos en los cuales las inversiones que se efectúen redunden en una mejora en la movilidad pública, pero que correspondan con eficiente ejecución fiscal del estado.
Es por esto que la teoría de la producción y la productividad es la que deben tener en cuenta las empresas de transporte urbano de la ciudad de Neiva, ya que es muy necesario que estas estén preparadas para las exigencias que trae la implementación del sistema estratégico del transporte urbano. es necesario precisar que los SETP fueron diseñados para cubrir el 100% de la demanda de viajes en transporte público colectivo, bajo parámetros que respondieran a factores de calidad como la cobertura, eficiencia, accesibilidad y sostenibilidad, así como que incorporaran tecnologías de recaudo, gestión y control de flota, información al usuario, niveles de servicio de acuerdo con las condiciones de la demanda, y articulación con otros modos de transporte, a diferencia de los SITM que excepto la ciudad de Cartagena se diseñaron para satisfacer parcialmente la demanda de transporte público. Este nuevo esquema operacional, reformulaba las estructuras empresariales de los operadores de los Sistemas de Transporte tradicionales (operados bajo el Decreto 170 de 2001), hacia Sistemas Estratégicos de Transporte Publico - SETP, reglamentados a través del Decreto 3422 de 2009, el cual les permite a las empresas operadoras de las regiones, reorganizarse (Gobierno Nacional, 2009) de acuerdo con las condiciones allí previstas, o de lo contrario le da la facultad al Ente Territorial de licitar la operación de las rutas, con el objetivo de cumplir con las condiciones de calidad anteriormente mencionadas.
Según la teoría ya mencionada Las empresas debe buscar el nivel de producción en que llevado al mercado le produce un ingreso (preestablecido) y lo compara con el costo de un trabajador y de esta manera, se orientará hacia aquel punto en que el costo marginal sea igual al ingreso marginal. Es por esto que las empresas de transporte urbano de la ciudad deben aumentar su capacidad de producción y tratar de minimizar sus costos para que su utilidad sea mayor, además agregando mayor calidad a su servicio para que este sea del agrado del cliente y sea más demandado.
Cabe agregar que los SETP son la solución para el de transporte público de los municipios o áreas metropolitanas con población entre los 600.000 y los 250.000 habitantes Precisando que a la fecha se construyen los SETP de las ciudades de Santa Marta, Pasto, Armenia, Popayán, Sincelejo, Montería, Neiva y Valledupar, ciudades que se encuentran en etapa de construcción de infraestructura y realizan esfuerzos para implementar etapas pre-operativas. Sin embargo, las hipótesis utilizadas para formular el diseño conceptual de estos Sistemas de Transporte han cambiado a través del tiempo. Este tipo de diseños previeron que las condiciones de demanda en transporte público colectivo tuvieran una tendencia creciente y se proyectaron modelos financieros a 15 y 20 años que no han cumplido con las expectativas de recaudo, debido a las condiciones económicas nacionales; tendencia a la baja del IPC y de la diferencia en el crecimiento del salario mínimo que ha generado a través del tiempo, una mayor capacidad adquisitiva de la población generadora de viajes aunados a fenómenos como el mototaxismo, fuertemente ligado entre otros a las problemáticas producidas por el des escalamiento del conflicto y de las condiciones laborales de algunas zonas del País.
Es por esto que el gobierno colombiano ha diseñado un marco normativo para los SETP que puede ayudar al aumento de la producción y productividad tanto del país como de la ciudad de Neiva, siendo necesario realizar una revisión de este y precisar que la actual Política Nacional de Transporte Urbano - PNTU, se formuló como revisión a la política generada a partir de la Ley 105 de 1993 “Por la cual se dictan disposiciones básicas sobre el transporte, se redistribuyen competencias y recursos entre la Nación y las Entidades Territoriales, se reglamenta la planeación en el sector transporte y se dictan otras disposiciones” que en su momento previó que la “operación del transporte público en Colombia es un servicio público bajo la regulación del Estado, quien ejercerá el control y la vigilancia necesarios para su adecuada prestación en condiciones de calidad, oportunidad y seguridad” (Ley 105, 1993). Esta Ley orientaba a las autoridades de transporte de las entidades territoriales, a operar bajo permisos de operación y contratos de concesión a operadores privados, con base en estudios técnicos que soportaran las decisiones de otorgamiento de las rutas. Sin embargo y para ese momento las personas se movilizaban en su gran mayoría en transporte público colectivo y la elección modal estaba restringida a las condiciones económicas de los hogares, coincidentes con el crecimiento del PIB en Colombia.
“situación económica que marcó los niveles más bajos en el periodo comprendido entre los años 1998- 2000 debido al fenómeno llamado recesión”, Un año más tarde de iniciar la recuperación económica de la recesión se expide el Decreto reglamentario 170 “Por el cual se reglamenta el servicio público de transporte terrestre automotor colectivo metropolitano, distrital y municipal de pasajeros”, concebido como un “servicio eficiente, seguro, oportuno y económico, bajo los criterios básicos de cumplimiento de los principios rectores del transporte, como el de la libre competencia y el de la iniciativa privada, a las cuales solamente se aplicarán las restricciones establecidas por la ley y los convenios internacionales” (Decreto 170 , 2001). Sin embargo el documento CONPES 3260 identificó que el esquema empresarial desarrollado bajo el esquema de esta normativa era “ineficiente para la prestación del servicio de transporte público colectivo de pasajeros” (CONPES 3260, 2003), generando incentivos perversos, debido a que promovía la competencia de los conductores en las vías; generando la llamada “guerra del centavo” y no realizaba una prestación del servicio bajo parámetros de calidad y eficiencia de las rutas. Este fenómeno se ilustra en la Figura.
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