MARCO JURIDICO DEL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO
Enviado por tooooooo • 6 de Noviembre de 2012 • Resumen • 1.497 Palabras (6 Páginas) • 1.048 Visitas
MARCO JURIDICO DEL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO
NOMBRE DEL ALUMNO: JESUS ERNESTO AGUILERA INDA
NOMBRE DE LA MAESTRA: GUADALUPE MORENO SARABIA
MATERIA: COMERCIO ELECTRONICO
GRUPO: LSC 11Vo TRIMESTRE
FECHA: 2 DE MARZO DEL 2012
RESUMEN:
MARCO JURIDICO DEL COMERCIO ELECTRONICO EN MEXICO
DEFINICIÓN DE COMERCIO ELECTRÓNICO
Se dice que el comercio electrónico existe cuando en los actos de comercio y en la formación de los mismos se emplean medios electrónicos, ópticos o de cualquier otra tecnología. Es decir que si dos partes usan medios electrónicos para ponerse de acuerdo en el precio de un bien o servicio pero éste se entrega o presta y se cubre en su totalidad su precio fuera del medio electrónico, no puede ser considerado como una operación de comercio electrónico. Sería como catalogar las operaciones que se acuerden por teléfono como comercio telefónico. No obstante, la regulación jurídica nos da luz para que en caso de que la operación se finalice por otros medios se establezca a los emisores de datos o el otorgamiento expreso del consentimiento por medios electrónicos.
EL COMERCIO ELECTRÓNICO EN MÉXICO EN VENTAS
Si centramos el uso del comercio electrónico en México a Internet, de acuerdo con datos de la Asociación Mexicana de Internet (AMIPCI), el importe de las ventas durante el año 2006 en comercio electrónico fue de $3,792 millones de pesos. Cifra que aún es pequeña dado el tamaño de la población total pero que con 22 millones de usuarios de Internet y un crecimiento en ventas del 59% a comparación del año 2005 empieza a ser significativa.
Cada vez mas esta en incremento el uso del comercio electrónico.
El grueso de las operaciones se centra en la compra de viajes y artículos de consumo con un 42% y un 51% respectivamente; dejando tan solo un 5% a entretenimiento y un 2% a las ventas de tiendas departamentales. Respecto a los artículos más vendidos el segmento de computación y electrónicos es líder con el 50%, le siguen los boletos de avión con un 38% y los boletos para espectáculos y hoteles con un 5% y 2% respectivamente. Otros rubros como libros y revistas o alimentos se pelean el resto.
La mayor parte de las operaciones se centran en el Distrito Federal y su área metropolitana con un 41% dejando el restante 56% al resto de la República y un 3% a operaciones internacionales. El 2.5% de las ventas de las empresas se realizan por Internet.
MARCO JURÍDICO APLICABLE
De forma general tenemos como leyes de regulación federal a la Ley Federal de Telecomunicaciones, la Ley Federal de Protección al Consumidor, el Código de Comercio, el Código Civil Federal, el Código Fiscal de la Federación, la Ley Federal del Derecho de Autor y la Ley de la Propiedad Industrial.
Mencionamos estos ordenamientos jurídicos advirtiendo que se hace de manera general ya que por ejemplo la Ley Federal del Derecho de Autor regula la protección en el contenido de una página de Internet desde el momento en que se plasma su contenido y se hace mención de estar protegidos los derechos de autor; la Ley de la Propiedad Industrial regula lo concerniente a las marcas y signos distintivos que de los nombres de dominio u otras figuras se protejan y la Ley Federal de Protección al Consumidor rige los contenidos y ofrecimientos de promociones y ofertas realizados por medios electrónicos.
Los órganos reguladores relacionados pueden ser la Procuraduría Federal del Consumidor, el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial y la Secretaría de Economía.
CÓDIGO DE COMERCIO
El Código de Comercio tuvo diversas reformas en los años 2000 y 2003 que han permitido la regulación de los actos de comercio en materia de medios electrónicos. Si nos remitimos al artículo 75 del Código de Comercio, se enlistan los actos que la ley reputa como actos de comercio. Podemos concluir que estos actos pueden ser reflejados siempre en contratos o convenios que por su propia naturaleza se entiende que son mercantiles.
El Artículo 89 del Código de Comercio indica:
“Las disposiciones de este Título regirán en toda la República Mexicana en asuntos del orden comercial, sin perjuicio de lo dispuesto en los tratados internacionales de los que México sea parte.
Destinatario: La persona designada por el Emisor para recibir el Mensaje de Datos, pero que no esté actuando a título de Intermediario con respecto a dicho Mensaje.
Emisor: Toda persona que, al tenor del Mensaje de Datos, haya actuado a nombre propio o en cuyo nombre se haya enviado o generado ese mensaje antes de ser archivado, si éste es el caso, pero que no haya actuado a título de Intermediario.
Firma Electrónica: Los datos en forma electrónica consignados en un Mensaje
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