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MPACTO DEL CONTROL CAMBIARIO EN LA PRENSA ESCRITA. CASO: EL IMPULSO BARQUISIMETO ESTADO LARA DURANTE EL 2013-2014


Enviado por   •  21 de Septiembre de 2014  •  3.507 Palabras (15 Páginas)  •  518 Visitas

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PARTE I

SITUACION OBJETO DE ESTUDIO

Descripción detallada de la situación objeto de estudio

El gobierno venezolano como administrador de todos los recursos del Estado tiene el deber de fomentar la creación, cumplimiento de las políticas institucionales así como también las normas y leyes que beneficien optimicen y faciliten el ejercicio del derecho a la información y el acceso a esta.

Dentro de estas políticas de Estado deben estar aquellas referidas a los derechos y necesidades de los ciudadanos, más aun las fundamentales como los derechos humanos entre ellos el derecho a la vivienda, alimentación, educación, salud y el derecho del acceso a la información.

Específicamente el derecho a la información a nivel mundial no fue considerado como un derecho fundamental y universal sino hasta 1948, el 10 de diciembre de dicho año por la Organización de las Naciones Unidas, de la Declaración de los Derechos Humanos, en cuyo artículo 19 se describe por primera vez un derecho innato de la persona: el derecho a la información el cual estableció la libertad de opinión y expresión así como de investigar, obtener información y difundirla por los distintos medios sin limitaciones fronterizas.

Existen investigaciones sobre la evolución del transcurso del derecho a la información han permitido determinar que los inicios del mismo datan de textos del siglo XVIII, donde se concebía para ámbitos nacionales, durante la mayoría de la historia el derecho a la información ha sido dependiente de un sinfín de circunstancias políticas, sociales que no han permitido su desarrollo

Por su parte el derecho a la libertad de información y de expresión tuvo sus orígenes en la revolución francesa, con la instalación de regímenes liberales que se enmarcaron en el derecho a la igualdad y los derechos civiles lo que permitió al hombre poder pensar y expresarse sin más limitaciones que el derecho a la libertad de los demás, el éxito de dicho movimiento liberal supuso un considerable avance en las ideas de progreso y creencia en las posibilidades del hombre y los derechos individuales para la realización más plena de cada uno, de hecho se ha considerado el siglo XVIII como el siglo de la libertad.

En América Latina el derecho a la información aumento su importancia en los últimos años, con un gran número de países que cuentan con una ley de acceso a la información pública como lo son México y Perú en 2002, Ecuador en 2004, Chile, Uruguay y Guatemala en 2008. Estas normativas garantizan el derecho fundamental a buscar, recibir y conocer informaciones de interés público, y son una herramienta para transparentar la información y rendir cuentas sobre la gestión pública y entre ellas están la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información de México, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Guatemala, Ley de Transparencia y Acceso a la Información de Chile, Ley de Acceso a la Información Pública de Uruguay, Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Ecuador, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública de Perú, Ley de Acceso a la Información Pública de El Salvador.

El derecho a la información en Venezuela, es un derecho humano con carácter constitucional establecido en el capítulo III de los derechos civiles en el artículo 57 que dispone el derecho de todo ciudadano a expresar libremente sus pensamientos, sus ideas u opiniones por medio de cualquier forma de expresión sin que pueda contra ello establecerse censura. Quien haga uso de este derecho asume plena responsabilidad por todo lo expresado.

De igual manera el artículo 58 del mismo capítulo que contempla de forma constitucional la garantía del derecho a la información oportuna, veraz e imparcial, sin censura. Así como el derecho a la réplica y rectificación cuando por ello se vea afectada la integridad personal del ciudadano por informaciones inexactas o agraviantes y en el caso de niños, niñas y adolescentes tienen derecho a recibir información adecuada para su desarrollo integral.

En relación con lo expuesto anteriormente es incuestionable que el acceso a la información es un elemento necesario en cualquier democracia, de allí la importancia de la existencia de la misma en cualquier estado, puesto que es un mecanismo garante de la calidad de vida de toda la población, la información es sinónimo de transparencia lo que permite un sustento y una buena relación entre los ciudadanos y gobernantes, es un derecho fundamental de toda persona lo que le otorga la posibilidad de acceder, consultar, obtener y expresar opiniones por medio de cualquier forma de expresión.

En este mismo orden de ideas, un ciudadano que tenga las posibilidades de acceder a cualquier tipo de información de su interés, de forma transparente y oportuna tendrá un papel participativo y protagónico en la gestión pública de esa manera podrá optimizar su ejecución y realizar un control social sobre los derechos de interés de la población.

En el país el derecho a la información se transmite por distintos medios radio, televisión, internet y la prensa, dichos medios informativos se han visto afectados por la políticas implementadas por el Estado como las del control cambiario. Según Gálea y Velásquez (2003):

El control cambiario es una intervención oficial del mercado de divisas, de tal manera que los mecanismos normales de oferta y demanda, quedan total o parcialmente fuera de operación y en su lugar se aplica una reglamentación administrativa sobre compra y venta de divisas, que implica generalmente un conjunto de restricciones tanto cuantitativas como cualitativas de una entrada y salida de cambio extranjero (p.2)

Con respecto a los inicios del control cambiario datan del año 1926 luego del descubrimiento del petróleo surgió una paradoja que dificulto establecer un tipo de control cambiario entre dos actividades económicas tan distintas como lo eran la petrolera y la agricultora, por ello el Estado implemento soluciones específicas.

En este sentido a partir de 1965 en adelante comenzó en Venezuela el proceso de reunificación de la paridad cambiaria, el cual culminó en 1976, a propósito de la nacionalización y la desaparición del dólar petrolero. Surgió, entonces, el tipo único 4,30 bolívares que, luego, colapsó el Viernes Negro

Partiendo de la idea anterior no fue si no después de algunos años que el Estado por motivo de la crisis económica, la deuda externa, la fuga de capital que afrontaba el país en aquella época luego del viernes negro, en 1983 se instauro la Oficina del Régimen de Cambios Diferenciales (RECADI) lo que permitió un mayor control y administración de las acreencias

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