Manual de Procedimiento de Audiencia con Autoridades
Enviado por ElvaZ • 20 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 350 Palabras (2 Páginas) • 227 Visitas
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MANUAL DE AUDIENCIA CON AUTORIDADES
Criterios Generales de Operación.
Establecer los mecanismos para la implementación de audiencias con autoridades o servidores públicos penitenciarios, por parte de todo interno que se sienta la necesidad de promover una petición sobre situaciones o necesidades en el interior de los Centros de Reinserción Social del Estado, o del Centro de Ejecución de Medidas para Adolescentes del Estado.
Para tal efecto se entiende por audiencia al acto en el que una autoridad recibe a las personas que quieren hablar con él, generalmente para reclamar o solicitar alguna cosa.
Procedimiento.
- El interno que requiera audiencia con las autoridades o servidores públicos penitenciarios, deberá solicitarlo por escrito o verbalmente ante el Área de Trabajo Social.
- El interno deberá externar en su solicitud el nombre del funcionario público del Centro de Reinserción Social o en su caso Centro de Ejecución de Medidas para Adolescentes, con quien solicita la audiencia y del motivo de la misma.
- El Área de Trabajo Social, deberá llevar a cabo un registro de las peticiones de audiencia formulada por los internos, con la finalidad de darle seguimiento a las mismas, así como su cumplimiento, en su caso.
- La Dirección del Centro, mantendrá un archivo de las peticiones y bitácora de las audiencias.
- Las audiencias deberán estar apegadas a un código de buena conducta y comunicación responsable.
- Si alguna de las partes no observa el código de conducta y comunicación responsable, las audiencias podrán darse por terminadas a consideración del responsable de seguridad y custodia.
- Las audiencias se celebraran en un horario de las 09:00 horas a las 16:00 horas, de lunes a sábado.
- Se deberá dar vista al Área Jurídica del Centro de Reinserción Social o en su caso Centro de Ejecución de Medidas para Adolescentes, para resolver sobre las peticiones que hagan los internos y su viabilidad.
- Si la petición del interno versara sobre algún Área en específico, el Director del Centro, independientemente de dar vista al Área Jurídica, deberá dar vista al Área correspondiente para la atención respectiva.
- casos no previstos en el presente protocolo, serán determinados por el Director del Centro de que se trate.
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