Manual y Política de mesa de control
Enviado por marychuy ortiz • 6 de Noviembre de 2020 • Resumen • 6.160 Palabras (25 Páginas) • 1.497 Visitas
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Manual y Política de mesa de control | 2017 |
El presente documento tiene como objetivo dar a conocer formalmente las disposiciones que rigen a la mesa de control de crédito. |
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Índice
- Nomenclatura. 2
- Generalidades 2
- Objetivo General 3
- Objetivos específicos 3
- Posición en el organigrama de la mesa de control. 4
- Funciones 5
- Facultades 6
- Concepto de Mesa de Control y mesas revisoras 7
1.- Trámite de las operaciones 7
2.- Propósitos de la mesa de control: 8
- Políticas 9
Política 1. Trámite de las operaciones 9
Política 2. Responsabilidades de la Mesa de Control de Crédito 9
Política 3. Ajustes y modificaciones a términos y condiciones 10
Política 4. Observaciones y rechazo de operaciones no resueltas 10
Política 5. Control interno 11
Política 6. Registro de operaciones revisadas 11
Política 7. Liberación de recursos 11
Política 8. Entrega de Recursos 12
Política 9. Detección de anomalías y acciones específicas a realizar. 12
Política 10. Lista de verificación del expediente de crédito 14
Política 11. Documentos adicionales, en créditos especiales 14
Política 12. Investigación de campo. 15
- Procedimiento 16
- PROCEDIMIENTO DE MESA DE CONTROL 16
Operador de Mesa De Control. 16
Ejecutivo de Crédito. 18
- MACROPROCESO DE MESA DE CONTROL. 19
- Lineamientos generales de la mesa de control de crédito 20
Socio y/o Aval(es) 20
Crédito 23
Garantía Hipotecaria 24
Garantía Prendaria 24
Garantía Líquida 25
Nomenclatura.
“Sistema Delfín”: Core bancario o sistema operativo que utiliza la cooperativa.
Cooperativa: Caja Popular Cortazar S.C. de A.P. de R.L. de C.V.
“OSI”: (Orden de Seguimiento Interno) Documento de aplicación para la mesa de control.
Sistema de Administración de Mesa de Control: Sistema diseñado para dar seguimiento oportuno a las observaciones o incidencias en los expedientes que pasan por revisión de la “Mesa de Control”
Generalidades
La Mesa de Control es la unidad que tiene como objetivo asegurar el cumplimiento de los términos y condiciones autorizados para las operaciones crediticias, antes de la entrega de los recursos al acreditado.
La función de la Mesa de Control debe ser centralizada y podrá ser auxiliada por las mesas revisoras de las sucursales, quienes verifican que las operaciones se encuentren instrumentadas conforme a la normatividad aplicable y necesariamente en los términos y condiciones en que fueron autorizadas, además revisa documentalmente el cumplimiento de las condiciones precedentes.
Una vez que la Mesa de Control haya verificado el cumplimiento de los términos y condiciones con los que fue aprobado el crédito, se instruye para que se ministren los recursos al acreditado.
El Contralor de Crédito estará a cargo de la Mesa de Control como ente revisor del cumplimiento, pudiéndose nombrar a un jefe o persona responsable de coordinar el trabajo del personal de este departamento. Dicho personal deberá ser independiente del personal involucrado en las etapas anteriores del proceso de crédito, con el fin de evadir el conflicto de interés de la operación.
Esta unidad se integra con un mínimo de 1 persona, sin contar con un máximo, ya que el número de integrantes se definirá de acuerdo con la carga y volúmenes de trabajo que tenga cada sucursal, pudiendo ser de manera centralizada o descentralizada.
Es descentralizada o sub mesa de control, cuando los volúmenes y cargas de trabajo en una sucursal sean mayor o igual a 450 operaciones de revisión mensuales, se conformará la mesa de control descentralizada con un elemento y deberá agregarse un elemento por cada 450 “ÍTEMS” u operaciones de crédito mensuales adicionales, para este caso se deberá de considerar la cantidad de incidencias que se tengan ya que la revisión será de la misma manera como si se fuera a checar por primera vez.
La Mesa de Control será centralizada, cuando los volúmenes y cargas de trabajo no alcancen las 450 operaciones por lo que no se justifica la presencia de un elemento de la mesa de control en la sucursal. La operación de la mesa de control deberá centralizarse, de tal manera que el conjunto de dos o más sucursales tengan como máximo 450 operaciones y deberá agregarse un elemento por cada 450 “ÍTEMS” u operaciones adicionales.
Objetivo General
El presente documento tiene como objetivo dar a conocer formalmente las disposiciones que rigen a la mesa de control de crédito y que están relacionadas con las operaciones de crédito a las que deben apegarse todas las áreas de la Cooperativa que estén involucradas en el Proceso de Crédito, con el propósito de que, al aplicarlas, se garantice una operación ágil, eficiente, segura, homogénea y apegada a la legislación, así como a las disposiciones generales de las autoridades regulatorias que rigen a la Sociedad.
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