Métodos Alternos de Solución de Conflictos
Enviado por Amyjany • 25 de Noviembre de 2015 • Trabajo • 825 Palabras (4 Páginas) • 283 Visitas
Métodos Alternos de Solución de Conflictos
Son procesos alternativos al proceso judicial, disponibles para la resolución de conflictos, en los cuales, más que imponer una solución, permite a las partes crear su propia solución.
Mediación:
Es un método de solución de conflictos en el que las partes son guiadas por un tercero para llegar a una solución.
Características:
- Las artes son guiadas por un tercero. Las partes solucionan solas el conflicto.
- Las partes tienen una intervención conjunta con el tercero.
- El tercero debe ser un experto en la materia.
- Satisface intereses particulares y no públicos (las partes son privadas)
- No existe un proceso predeterminado.
- El proceso termina en el momento en que lo dispongan las partes.
- No es vinculante.
- No hay ganador ni perdedor.
- Las partes designan el lugar del proceso y el idioma.
- Es un método rápido y económico.
- El cumplimiento de los resultados de la negociación es voluntario.
Conciliación:
Este procedimiento consiste en la actividad de un tercero nombrado por las partes, cuyo objetivo es ponerlas de acuerdo o evitar que acudan a un proceso jurisdiccional o a un procedimiento arbitral.
Características:
- El tercero propone la solución y persuade a las partes.
- Se les considera una etapa previa al arbitraje.
- El tercero debe ser un experto en la materia.
- Se pretende la satisfacción de intereses particulares y no fines públicos.
- Se puede pegar a reglamentos previamente establecidos por instituciones arbitrales como la cámara de comercio internacional (CCI), la asociación americana de arbitraje (AAA) la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO).
- El proceso termina en el momento en que lo dispongan las partes.
- No es vinculante.
- El conciliador formula un informe.
- Se designa el lugar del proceso y de idioma.
- Es un método rápido y económico.
- El cumplimiento de procedimiento debe ser voluntario.
Arbitraje:
Es el procedimiento por la excelencia para la resolución de controversias en el comercio internacional y en otras áreas del derecho.
En el arbitraje ad hoc las partes deciden su propio proceso, regulado por una ley nacional o internacional, en algunos casos creando sus propias reglas, dejando a los árbitros la carga de la administración del mismo; empero, este tipo de procedimiento se encuentra en desuso.
Características:
- Es un proceso especializado, menos ritualista y rápido.
- Es simple e informal.
- Armoniza la relación comercial, no se pierde.
- Se satisfacen intereses particulares y no fines públicos.
- Es confidencial como proceso.
- El proceso se desarrollará conforme a derecho o en equidad.
- Se desarrolla de forma institucional o ad hoc.
- Es vinculante.
- Se equipara con las sentencias.
- Es o los árbitros dan la solución, ya que son expertos en la materia.
- El proceso y el idioma son designados por las partes.
- Designación del derecho aplicable al fondo del conflicto por las partes.
- Se toma principalmente la lex mercatoria.
- No tiene consecuencias económicas o sociales.
- Tiene un carácter desnacionalizado y eminentemente internacional.
- Su cumplimiento es voluntario o forzoso.
- Termina como tal en forma de laudo o por transacción homologada.
- Otorga una seguridad jurídica, en la relación con la mediación y la conciliación.
Justicia restaurativa:
Es una teoría, a la vez que un movimiento social de carácter internacional de reforma a la justicia penal, que plantea que el crimen o delito es fundamentalmente un daño en contra de una persona concreta y de las relaciones interpersonales, a diferencia de la justicia penal convencional de carácter retributiva, que plantea que el delito es una lesión de una norma jurídica, en donde la víctima principal es el Estado.
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