NO SON CIUDADANOS DE PRIMERA CLASE”: LA PRECARIEDAD DEMOCRÁTICA DEL ESTADO PERUANO DURANTE EL BAGUAZO
Enviado por Rukia SV • 4 de Diciembre de 2018 • Ensayo • 4.701 Palabras (19 Páginas) • 270 Visitas
“NO SON CIUDADANOS DE PRIMERA CLASE”: LA PRECARIEDAD DEMOCRÁTICA DEL ESTADO PERUANO DURANTE EL BAGUAZO
Por: Erika Sáenz Vilchez
Introducción
La problemática de conflictividad social, si bien no es un problema nuevo, viene creciendo de manera acelerada en los últimos años. En la actualidad en el Perú existen alrededor de 212 conflictos sociales de los cuales el 71.7% (152) están tipificados como conflictos socio-ambientales (Defensoría del Pueblo, 2016). Este tipo de conflictos es, en estos momentos, uno de los más importantes problemas sociales que enfrenta el país, que en su mayoría están vinculados con empresas extractivas extranjeras, y en otros casos con minería informal e ilegal. Pero esta problemática social, se relaciona íntimamente con las prioridades de las políticas del Estado a partir del alto precio de los minerales a nivel mundial y el mercado de las materias primas.
El Perú enfrenta desde hace años altos niveles de conflictividad social, lo cual ha llegado a generar, en ciertos periodos, inestabilidad en la gobernabilidad del país, ante situaciones de estallidos de violencia en el interior de las provincias que se han visto inmersas en dichos conflictos sociales. Según las estadísticas de la Defensoría del Pueblo sólo en el mes de junio de este año, un 64.4% de los conflictos en el país ha generado por lo menos un hecho de violencia desde que iniciaron (Defensoría del Pueblo, 2016); situación que evidencia la seriedad de la problemática, por las pérdidas sociales y materiales que generan. El estallido de conflictos ha ido en avance gradual, volviéndose en ciertos períodos, incontenible.
El Estado ha respondido a estos estallidos con medidas urgentes, que incluían en muchos casos la violenta represión de las protestas, generando incluso víctimas mortales como en el caso específico que analizaremos con el conflicto de Bagua. En su inmensa mayoría, éstas han sido medidas reactivas y puntuales destinadas a mitigar la crisis. En este contexto, si bien la conflictividad podía declinar temporalmente, el resurgimiento de tensiones ha sido recurrente y las respuestas por parte de los operadores políticos ha sido la misma, con lo cual de hecho se conformaba una suerte de círculo vicioso (ONDS, 2014).
En este contexto de alta conflictividad social, el estudio del accionar del Estado Peruano, como Estado democrático de derecho se hace necesario. Principalmente si analizamos desde la teoría democrática la conflictividad social como una expresión de la vida en sociedad, donde el Estado cumple el papel de regular los conflictos, evitando los desbordes de la población. Sin embargo, esta regulación de los conflictos por parte del Estado se puede dar desde un accionar autoritario o democrático. El objetivo del estudio, apunta a analizar a partir de un caso emblemático de alta conflictividad social y violencia, el Baguazo en el año 2009, si el accionar del Estado se orientó hacia una respuesta democrática o por el contrario, al incumplimiento de los principios democráticos que el propio Estado está sujeto a defender.
Para ello, nos planteamos como pregunta de investigación, qué tan democrático fue el accionar del Estado Peruano durante el conflicto de Bagua en el año 2009. Planteando como hipótesis que en los sucesos que se desarrollaron durante este conflicto, el Estado Peruano evidenció, por parte de sus órganos de gobierno, precariedad para el cumplimiento de los principios democráticos de división de poderes, igualdad de derecho entre los ciudadanos, y participación en la toma de decisiones.
Afirmamos que durante el conflicto de Bagua, se violó el principio democrático de la división de poderes entre el Ejecutivo y el Legislativo, dado que el accionar del Congreso reflejó una sujeción a la voluntad del Ejecutivo. Asimismo, que el discurso y el accionar del gobierno de Alan García, reflejó un distanciamiento con el principio de igualdad entre los ciudadanos, lo que desencadenó una respuesta de rechazo por parte de la población. Finalmente, planteamos que se incumplió el principio de participación y deliberación pública, propia de la democracia en gobiernos representativos, por parte del accionar de las instituciones públicas que intervinieron en el conflicto.
A continuación desarrollaremos cada uno de los puntos con mayor profundidad, iniciando por la descripción de los hechos que desencadenaron el conflicto, y posteriormente con la argumentación del incumplimiento de estos tres principios democráticos propuestos (división de poderes, igualdad de derechos y participación en la toma de decisiones).
I. Desarrollo de los hechos durante el Conflicto de Bagua
Uno de los principales antecedentes que se enmarca en el conflicto de Bagua, es la creación en 1989 del Convenio 169 de la OIT, por el cual los pueblos indígenas deben tener garantizada su autonomía y su derecho a la consulta en los asuntos que los afecten (La Espera, 2013). Este convenio entró en vigor el 6 de septiembre de 1991, y cuenta con diecinueve ratificaciones, en su mayoría de países latinoamericanos, entre los que se encuentra Perú (OIT, 2007:9-10), quien suscribe dicho convenio el 2 de febrero de 1994 y lo ratifica el 15 de noviembre de 2007 (OIT, 2007:65), a dos años de los sucesos del Baguazo.
El convenio 169, establece que los Estados deben garantizar el derecho de los pueblos indígenas a decidir sus propias prioridades en lo que corresponde al proceso de desarrollo, en la medida en que éste afecte sus vidas, creencias, instituciones y bienestar espiritual y a las tierras que ocupan o utilizan, y de controlar, en la medida de lo posible, su propio desarrollo económico, social y cultural. En ese sentido, los Estados miembros que ratifiquen dicho Convenio se comprometen a adecuar la legislación nacional y a desarrollar las acciones pertinentes de acuerdo a las disposiciones contenidas en el Convenio. (OIT, 2007:9).
Otro suceso importante dentro de los antecedentes del conflicto, es la firma del Tratado de Libre Comercio con los Estados Unidos en abril de 2006. Dado que, a partir de este hecho, el Congreso delegó facultades legislativas al Ejecutivo para que legisle en materia de la implementación de dicho tratado comercial. (La espera, 2013). En este marco, tenemos que, entre marzo y junio de 2008, el Poder Ejecutivo promulgó 101 decretos legislativos con base en la Ley Nº 29157 del Congreso de la República, que le delegaba dichas funciones al Poder Ejecutivo para la adopción de medidas en favor del TLC (ONU, 2009). Algunos de estos Decretos Legislativos regulaban la intervención sobre el territorio amazónico, por lo que generó el rechazo inmediato de los líderes y organizaciones indígenas. (Dolorier & Paneque, 2013:141).
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