ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

NORMATIVA EN ESPAÑA NIC 34


Enviado por   •  4 de Noviembre de 2022  •  Tarea  •  800 Palabras (4 Páginas)  •  75 Visitas

Página 1 de 4

NORMATIVA EN ESPAÑA

NIC 34

Documentos

La normativa nacional en España la conforman el Plan General Contable modificado por última vez en 2021, La Ley del Mercado de Valores de 2015, y la Circular 3/2018 de la CNMV.

Cuando España sea Estado miembro de origen, los emisores de acciones o valores de deuda que estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial, o en otro mercado regulado de la Unión Europea tendrán que hacer público:

  • Un informe financiero semestral relativo a los 6 primeros meses del ejercicio
  • un segundo informe financiero semestral referido a los 12 meses del ejercicio
  • dos informes financieros trimestrales en el primer y segundo semestre del ejercicio

El objetivo de esta norma es establecer un contenido mínimo de la información financiera intermedia y la valoración de los EEFF, ya se presenten de forma completa o condensada. No se establece qué entidades están obligadas a publicar EEFF intermedios. Es competencia de las Administraciones Públicas, las comisiones de valores, las bolsas de valores y los organismos profesionales contables los que obligan a entidades, cuyos valores cotizan en mercados de acceso público, a presentar dicha información financiera intermedia.

Información mínima a incluir

  • Informe financiero semestral debe incluir notas explicativas que cumplan los requisitos de la NIC34. Debe incluir los hechos importantes acaecidos e incidencia en las cuentas
  • Balance, Cuenta de PyG, ECPN y EFE individual
  • Estado de situación financiera
  • Estado del resultado, otro resultado integral, ECPN y EFE consolidado
  • dividendos pagados
  • Información segmentada
  • Plantilla media
  • remuneraciones devengadas por los consejeros y directivos
  • transacciones con partes vinculadas
  • información financiera semestral
  • informe especial del auditor
  • - estado de situación financiera condensado.
  • - estado único condensado; o una cuenta de resultados separada condensada y un estado del resultado global condensado.
  • - estado de cambios en el patrimonio neto condensado.
  • - estado de flujos de efectivo condensado.
  • - notas explicativas seleccionadas.

Los requisitos de reconocimiento para activos, pasivo, ingresos y gastos son iguales a los EEFF anuales. Si no se cumple condiciones de activo no se reconoce, para el pasivo debe representar una obligación existente en ese momento y para reconocer los ingresos/gastos las entradas/salidas del activo o pasivo deben tener lugar antes.

Cuándo ha de presentarse la información

  • informe financiero semestral del 1er semestre con plazo máximo 3 meses después de finalizar el semestre.
  • informe financiero semestral de los 12 meses relativos al ejercicio con plazo máximo de 2 meses al finalizar el ejercicio

Información semestral

  • - Estado situación financiera a 30/06 y  31/12 de ejercicio anterior
  • - Estado de resultados global, EFE y ECPN entre 1/1-30/6 y 1/1-30/6 de ejercicio anterior

Información trimestral

  • - Estado situación financiera a 30/06 y  31/12 de ejercicio anterior
  • - Estado de resultados global entre 1/4-30/6 y 1/4-30/6 de ejercicio anterior
  • - EFE y ECPN entre 1/4-30/6 y 1/4-30/6 de ejercicio anterior

Períodos y fechas a los que han de referirse los EEFF Intermedios

  • informe financiero semestral del 1er semestre con plazo máximo 3 meses después de finalizar el semestre.
  • informe financiero semestral de los 12 meses relativos al ejercicio con plazo máximo de 2 meses al finalizar el ejercicio

La información intermedia debe incluir estados financieros intermedios, ya sean condensados o completos, para los siguientes intervalos de tiempo:

  • - balance al cierre del ejercicio contable sobre el que se está informando, así como un balance comparativo anual inmediatamente anterior.
  • - estados de resultados y otro resultado global para el ejercicio intermedio corriente y el acumulado para el ejercicio contable corriente hasta la fecha. Según NIC 1 una información intermedia puede presentar para cada ejercicio un estado de resultados y otro resultado global.
  • - estado de cambios en el patrimonio neto acumulado para todo el periodo contable hasta la fecha, junto con estado comparativo referido al ejercicio precedente.
  • - estado de flujos de efectivo acumulado para todo el periodo contable hasta la fecha, junto con estado comparativo referido al ejercicio precedente.

Otros

- Las normas de reconocimiento y valoración sobre la información individual deben cumplir con los principios del PGC + una serie de aspectos:

- Evaluar la importancia relativa

- Procedimientos garantizan fiabilidad e inclusión de toda la información financiera

en caso de modificar o realizar incorporaciones en la información semestral o trimestral deberá aportarse información acerca de:

  • - naturaleza del error material y origen
  • - cambio de política contable y razones
  • - en ambos casos el importe de los ajustes
  • también hay que indicar la fecha en la que se realiza la modificación

La explicación sobre los sucesos y transacciones significativos son necesarios para comprender los cambios habidos en la situación financiera y el rendimiento de la entidad desde el final del último ejercicio.

  • - cambios que afecten al valor razonable de los activos y pasivos ya reconocidos a valor razonable o coste amortizado
  • - impagos o incumplimientos de préstamos
  • - cambios en activo como consecuencia de un cambio de finalidad
  • - cambios de pasivos contingentes o activos contingentes.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (5 Kb) pdf (37 Kb) docx (10 Kb)
Leer 3 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com