| NORMATIVA EN ESPAÑA | NIC 34 |
Documentos | La normativa nacional en España la conforman el Plan General Contable modificado por última vez en 2021, La Ley del Mercado de Valores de 2015, y la Circular 3/2018 de la CNMV. Cuando España sea Estado miembro de origen, los emisores de acciones o valores de deuda que estén admitidos a negociación en un mercado secundario oficial, o en otro mercado regulado de la Unión Europea tendrán que hacer público: - Un informe financiero semestral relativo a los 6 primeros meses del ejercicio
- un segundo informe financiero semestral referido a los 12 meses del ejercicio
- dos informes financieros trimestrales en el primer y segundo semestre del ejercicio
| El objetivo de esta norma es establecer un contenido mínimo de la información financiera intermedia y la valoración de los EEFF, ya se presenten de forma completa o condensada. No se establece qué entidades están obligadas a publicar EEFF intermedios. Es competencia de las Administraciones Públicas, las comisiones de valores, las bolsas de valores y los organismos profesionales contables los que obligan a entidades, cuyos valores cotizan en mercados de acceso público, a presentar dicha información financiera intermedia.
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Información mínima a incluir | - Informe financiero semestral debe incluir notas explicativas que cumplan los requisitos de la NIC34. Debe incluir los hechos importantes acaecidos e incidencia en las cuentas
- Balance, Cuenta de PyG, ECPN y EFE individual
- Estado de situación financiera
- Estado del resultado, otro resultado integral, ECPN y EFE consolidado
- dividendos pagados
- Información segmentada
- Plantilla media
- remuneraciones devengadas por los consejeros y directivos
- transacciones con partes vinculadas
- información financiera semestral
- informe especial del auditor
| - - estado de situación financiera condensado.
- - estado único condensado; o una cuenta de resultados separada condensada y un estado del resultado global condensado.
- - estado de cambios en el patrimonio neto condensado.
- - estado de flujos de efectivo condensado.
- - notas explicativas seleccionadas.
Los requisitos de reconocimiento para activos, pasivo, ingresos y gastos son iguales a los EEFF anuales. Si no se cumple condiciones de activo no se reconoce, para el pasivo debe representar una obligación existente en ese momento y para reconocer los ingresos/gastos las entradas/salidas del activo o pasivo deben tener lugar antes. |
Cuándo ha de presentarse la información | - informe financiero semestral del 1er semestre con plazo máximo 3 meses después de finalizar el semestre.
- informe financiero semestral de los 12 meses relativos al ejercicio con plazo máximo de 2 meses al finalizar el ejercicio
| Información semestral - - Estado situación financiera a 30/06 y 31/12 de ejercicio anterior
- - Estado de resultados global, EFE y ECPN entre 1/1-30/6 y 1/1-30/6 de ejercicio anterior
Información trimestral - - Estado situación financiera a 30/06 y 31/12 de ejercicio anterior
- - Estado de resultados global entre 1/4-30/6 y 1/4-30/6 de ejercicio anterior
- - EFE y ECPN entre 1/4-30/6 y 1/4-30/6 de ejercicio anterior
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Períodos y fechas a los que han de referirse los EEFF Intermedios | - informe financiero semestral del 1er semestre con plazo máximo 3 meses después de finalizar el semestre.
- informe financiero semestral de los 12 meses relativos al ejercicio con plazo máximo de 2 meses al finalizar el ejercicio
| La información intermedia debe incluir estados financieros intermedios, ya sean condensados o completos, para los siguientes intervalos de tiempo: - - balance al cierre del ejercicio contable sobre el que se está informando, así como un balance comparativo anual inmediatamente anterior.
- - estados de resultados y otro resultado global para el ejercicio intermedio corriente y el acumulado para el ejercicio contable corriente hasta la fecha. Según NIC 1 una información intermedia puede presentar para cada ejercicio un estado de resultados y otro resultado global.
- - estado de cambios en el patrimonio neto acumulado para todo el periodo contable hasta la fecha, junto con estado comparativo referido al ejercicio precedente.
- - estado de flujos de efectivo acumulado para todo el periodo contable hasta la fecha, junto con estado comparativo referido al ejercicio precedente.
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Otros | - Las normas de reconocimiento y valoración sobre la información individual deben cumplir con los principios del PGC + una serie de aspectos: - Evaluar la importancia relativa - Procedimientos garantizan fiabilidad e inclusión de toda la información financiera en caso de modificar o realizar incorporaciones en la información semestral o trimestral deberá aportarse información acerca de: - - naturaleza del error material y origen
- - cambio de política contable y razones
- - en ambos casos el importe de los ajustes
- también hay que indicar la fecha en la que se realiza la modificación
| La explicación sobre los sucesos y transacciones significativos son necesarios para comprender los cambios habidos en la situación financiera y el rendimiento de la entidad desde el final del último ejercicio. - - cambios que afecten al valor razonable de los activos y pasivos ya reconocidos a valor razonable o coste amortizado
- - impagos o incumplimientos de préstamos
- - cambios en activo como consecuencia de un cambio de finalidad
- - cambios de pasivos contingentes o activos contingentes.
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