ORGANOS COLEGIADOS Y JUZGADO DE SUSTANCIACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Enviado por ylerin • 2 de Febrero de 2018 • Ensayo • 1.448 Palabras (6 Páginas) • 156 Visitas
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA[pic 1]
UNIVERSIDAD “FERMÍN TORO”
VICERECTORADO ACADÉMICO
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
ESCUELA DE DERECHO
SISTEMA DE APRENDIZAJE INTERACTIVO A DISTANCIA “SAIA”
LAPSO ACADÉMICO 2017-A
ORGANOS COLEGIADOS Y JUZGADO DE SUSTANCIACION DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
(Ensayo).
[pic 2]
Octubre, 2017
En del derecho administrativo llevado a cabo por el sistema contencioso administrativo el cual está integrado por tres elementos esenciales, a saber: el órgano, la materia y el procedimiento. Al respecto, en cuanto a los órganos, estos son los encargados de administrar justicia y está establecido en la Carta Fundamental en su artículo 259 el cual reza así:
La jurisdicción contencioso administrativa corresponde al Tribunal Supremo de Justicia y a los demás tribunales que determine la ley. Los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa son competentes para anular los actos administrativos generales o individuales contrarios a derecho, incluso por desviación de poder; condenar al pago de sumas de dinero y a la reparación de daños y perjuicios originados en responsabilidad de la Administración; conocer de reclamos por la prestación de servicios públicos y disponer lo necesario para el restablecimiento de las situaciones jurídicas subjetivas lesionadas por la actividad administrativa.
Es así que queda constitucionalizada la jurisdicción contenciosa – administrativa, pero esta jurisdicción está comprendida por una serie de órganos, en varios niveles el primer nivel se tiene el Tribunal Supremo de Justicia específicamente la Sala Política-administrativa, en segundo nivel están los Juzgados nacionales o cortes estas últimas ubicadas en la capital de la República, en tercer nivel si tiene los Juzgados Superiores Estadales en materia contencioso – administrativo y ultimo nivel se encuentra los Juzgados de municipio, todo esto de acuerdo al articulo 11 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa (LOJCA 2010),
Los órganos de la Jurisdicción Contencioso Administrativa son los siguientes:
1. La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia;
2. Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
De acuerdo a lo anteriormente expuesto, los órganos de la jurisdicción contencioso administrativa se encuentran clasificados de diversas formas, en el tema que compete a este escrito es el vinculado a su estructura, es decir, si son colegiados o unipersonales; los primeros, según el abogado español Kluwer (2015) “Los órganos colegiados son aquellos en los que la titularidad se confía a un conjunto de personas físicas que concurren a formar la voluntad del órgano”. Por ello se dicen que responden al modelo de formación horizontal de los actos. Los segundos, los órganos unipersonales responden a un modelo de organización vertical y son aquellos en que el titular es una persona física. De allí parte la diferencia entre juzgado y tribunales, en el Juzgado el titular es una sola persona; los Tribunales, integrados por varias jueces o magistrados.
Asimismo, con los órganos colegiales se busca la manifestación de puntos de vista entre los integrantes del colegio. Es de acotar la famosísima afirmación de Tocqueville sobre el gran descubrimiento de la Administración napoleónica: “Para deliberar como para juzgar son buenos los muchos; pero para ejecutar, uno sólo”. Sin embargo, en la actualidad se adapta el modelo del collegium (para el que se requiere un mínimo de tres personas) para los órganos activos o de ejecución, y ello en todas las esferas administrativas, según lo defendido por Kluwer. Basado en lo anterior se puede inferir que los órganos colegiados en la jurisdicción contencioso administrativa venezolana, pueden ser: La Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia; Los Juzgados Nacionales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa; Los Juzgados Superiores Estadales de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
Continuado con lo anterior, la sala político-administrativa es un órgano colegiado pues la misma está integrada por cinco Magistrados, su sede se encuentra en Caracas y su competencia es Nacional, de acuerdo a la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (LOTSJ), preceptúa en artículo 2 lo siguiente:
El Tribunal Supremo de Justicia está compuesto y funcionará en Sala Constitucional, Político-Administrativa, Electoral, de Casación Civil, de Casación Penal y de Casación Social, así como por la Sala Plena que estará integrada por los Magistrados o Magistradas de todas las Salas señaladas. La Sala Constitucional estará integrada por siete (7) Magistrados o Magistradas, y las Salas Político-Administrativa, de Casación Civil, de Casación Penal, de Casación Social y Electoral estarán integradas por cinco (5) Magistrados o Magistradas, cada una de ellas.
...