ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Oferta real de pago


Enviado por   •  20 de Agosto de 2015  •  Apuntes  •  684 Palabras (3 Páginas)  •  824 Visitas

Página 1 de 3

En qué consiste la oferta real de pago?

Es la Acción de poner a un acreedor en mora de aceptar el pago que se le efectúa u ofrece, sujetándose el deudor a las formas requeridas por la ley y con la finalidad de poderse liberar de la deuda mediante la consignación de lo debido, si el propietario no acepta o no puede aceptar el pago.

2. ¿Diga en cuáles casos puede presentarse una oferta real de pago? justifique su respuesta

La oferta real de pago se puede presentar en casos laborales, en casos de deudas con cualquier institución bancaria y cualquier otra deuda.

3. ¿Qué significa Proceso verbal de la oferta real?

Acto de Alguacil, dirigido al Acreedor, relativo a la mención de la oferta real de pago, detallando las condiciones y la oferta, a los fines de que el mismo, tome en consideración este ofrecimiento.

Una oferta verbal no debe confundirse con una oferta real de pago pues en la primera solo se manifiesta la voluntad de pagar lo debido ya sea por medio escrito o verbal y, en la oferta Real de pago no solo se manifiesta esta voluntad, si no que se requiere que se presente al acreedor lo que se debe y colocarlo a su disposición, de modo que el acreedor decida su destino, es decir, si acepta la oferta real o la desestima.

4. ¿Puede surgir en el curso de un procedimiento, una oferta real? Explique

El Código Civil, habla de la oferta real de pago en curso de instancia, que no es más que una modalidad de oferta admitida en los últimos tiempos en el país de origen de nuestra legislación y posteriormente en nuestro medio, la cual no requiere del ministerio de alguacil y puede ser formulada mediante meras conclusiones producidas en estrado, durante la instrumentación del proceso.

En materia laboral la oferta real puede hacerse en la audiencia de conciliación y en la de producción de pruebas, caso en el cual el tribunal puede declararla válidamente aunque no vaya seguida de consignación. Para que la oferta real de pago tenga carácter liberatorio es necesario que la suma ofertada cubra la totalidad de la deuda que se pretende saldar.

5. ¿Qué es la consignación?

Una Consignación es el traspaso de la posesión de mercancías de su dueño, llamado Comitente o consignador, a otra persona, denominada Comisionista o Consignatario, que se convierte en un agente de aquel a los fines de vender mercancías. La consignación es una entrega en depósito, y las relaciones que se establecen entre el consignador y el consignatario corresponden a las que en derecho mercantil se estudian como depósito y agencia.

6. ¿Qué es la demanda en validez o nulidad? ¿Cuál es el tribunal competente?

Esta es la demanda que se puede intentar en validez o en nulidad de los ofrecimientos o de la consignación, según las reglas establecidas para las demandas principales: y si es incidental lo será por simple escrito.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (4 Kb) pdf (39 Kb) docx (12 Kb)
Leer 2 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com