PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE
Enviado por Flavia Peñalba • 10 de Octubre de 2022 • Apuntes • 667 Palabras (3 Páginas) • 49 Visitas
Solicitar individualización y rúbrica de libros
Para una sociedad de responsabilidad limitada (SRL) se deben rubricar, como mínimo, los siguientes libros:
- Actas de reunión de socios y gerentes
- IVA Compras
- IVA Ventas
- Diario
- Inventario y Balance.
Para realizar las rubricas correspondientes, se debe obtener ante la Inspección General de Justicia (IGJ) la oblea obligatoria para identificar cada uno de los libros contables de la sociedad. Por lo que es necesario ingresar en AFIP con clave fiscal nivel 2 o superior y acceder al servicio Tramites a Distancia (TAD). Se deberá buscar el servicio denominado “Solicitud de individualización y rúbrica de libros”, el cual podrá hacerse de forma normal o en carácter de urgente. Seleccionaremos “Iniciar Trámite” de carácter normal. Los escribanos con matrícula en Capital Federal son los únicos autorizados para iniciar solicitudes de rúbrica de libros.
[pic 1][pic 2]
Posteriormente se deberá completar el formulario de individualización o rúbrica de libros:
[pic 3][pic 4]
En el Formulario de individualización o rúbrica se deberá completar con los datos requeridos de la sociedad, como N° correlativo, CUIT, Denominación, Tipo de entidad y cantidad de rúbricas. De haber comentarios, podrán incluirse dentro de observaciones en el recuadro brindado. El máximo para seleccionar en Cantidad de Rubricas es 5, que corresponde en nuestro caso a los 5 libros requeridos y obligatorios.
[pic 5]
Luego debemos completar los datos en referencia al libro que se quiere rubricar, la cantidad dependerá de lo indicado anteriormente.
Se debe seleccionar el primer lugar el nombre del libro que se va a rubricar, ya sea Diario, IVA, Inventario y Balance o Actas. En especificación se le asignará de tratarse de IVA Compras o Ventas, o en el caso de Actas, al ser una SRL le coloremos “De reuniones de gerentes y socios”. Debemos indicar si se tratase de páginas o fojas y la cantidad, en nuestro caso seleccionaremos fojas y como cantidad nuestro libro tendrá una cantidad de 100 y será de carácter Copiador. En Código de información, como es la primera solicitud de rubrica, seleccionaremos el ítem “Primeros libros a rubricar”. En serie de oblea, para este tipo de solicitud se debe tildar la serie E. El número de obliga surge de la notificación TAD. Colocaremos 00 en N° Rúbrica Libro Antecedente, ya que no existe libro anterior rubricado. La fecha se utilizará la fecha del día y, en Última foja utilizada se colocará 00 dado que no hay libros anteriores.
Expondremos los formularios a completar con cada uno de los libros a rubricar obligatorios para nuestra sociedad.
[pic 6][pic 7]
Posteriormente, en Autorización Art. 329 CCyC si la sociedad tiene autorización para llevar sus libros a través de medios ópticos o mecánicos, por lo que debemos colocar NO dado que no solicitó al Registro público sustituir libros por medios electrónicos. Luego completaremos con los datos del representante o titular. En Art. 306 CCyCN refiere a la identidad de los comparecientes, la opción B es por afirmación del conocimiento por parte del escribano. En la parte de Rúbrica notarial debe completar los datos del escribano que realiza la gestión.
...