PRUEBA UNIDAD N°3 ASPECTOS LEGALES, TRIBUTARIOS Y LABORALES
Enviado por Fernanda ugarte ramirez • 26 de Marzo de 2020 • Informe • 5.723 Palabras (23 Páginas) • 146 Visitas
INSTITUTO PROFESIONAL AIEP, SEDE BELLAVISTA
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PRUEBA UNIDAD N°3 ASPECTOS LEGALES, TRIBUTARIOS Y LABORALES
- Investigue cuántos proyectos de ley en materia laboral se encuentran sin tramitación en el congreso. Identificando y explicando su naturaleza. (20 %)
De acuerdo con nuestra investigación, nuestra primera conclusión es que no existe el estado SIN TRAMITACIÓN
El ritmo de trabajo del Congreso Nacional lo marca el Poder Ejecutivo, que aplica o quita las urgencias a los proyectos de ley. Es decir, de acuerdo con cada gobierno, los proyectos tomarán cierta importancia y velocidad en su aprobación. Es así como se van sumando proyectos y muchos de estos siguen en estado de tramitación, pero sin avance alguno.
Respecto a lo investigado a través de la comisión de trabajo del Congreso, en materia laboral, existen desde 1990 hasta la actualidad, 408 proyectos en tramitación y 134 proyectos archivados.
Aquí, dejamos algunos ejemplos de proyectos archivados y de proyectos es tramitación
ARCHIVADOS
04 de Dic. de 1990 | LEY QUE REEMPLAZA EL ARTICULO 23 DEL CODIGO DEL TRABAJO, SOBRE JORNADA DE TRABAJO. | Archivado | 212-13 |
23 de Ene. de 1991 | MODIFICA EL ARTICULO 31 DE LA LEY N.º 18.620, EN LO RELATIVO AL PAGO DE HORAS EXTRAORDINARIAS. | Archivado | 284-13 |
09 de Abr. de 1991 | MODIFICA EL CODIGO DEL TRABAJO EN LO RELATIVO A LAS NORMAS SOBRE TERMINACION DEL CONTRATO DE TRABAJO. | Archivado | 329-13 |
21 de Ago. de 1991 | PROYECTO DE LEY QUE ESTABLECE NORMAS EN FAVOR DE LAS PERSONAS MINUSVALIDAS, SORDAS O NO VIDENTES. | Archivado | 449-13 |
03 de Jun. de 1992 | PONE TERMINO A TOPE MAXIMO DE EDAD PARA CONTRATAR A TRABAJADORES, PROFESIONALES Y TECNICOS. | Archivado | 705-13 |
11 de Mar. de 1993 | Declara feriado para las trabajadoras el día internacional de la mujer. | Archivado | 937-13 |
02 de Jun. de 1993 | Trabajo de los menores de 18 años y contrato especial de menores estudiantes. | Archivado | 1006-13 |
13 de Sep. de 1994 | Proyecto de ley sobre contrato de tripulantes de vuelos y personal auxiliar de cabina de aeronaves comerciales de carga y pasajeros. | Archivado | 1360-1 |
15 de Sep. de 1994 | Proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo y establece un sistema de flexibilidad laboral. | Archivado | 1366-13 |
01 de Sep. de 1999 | Establece sistema de protección a los trabajadores frente a despidos colectivos. | Archivado | 2392-13 |
EN TRAMITACIÓN
24 de Ene. de 2006 | Sanciona el maltrato laboral. | En tramitación | 4081-13 |
05 de Sep. de 2006 | Establece el fuero paternal | En tramitación | 4465-13 |
13 de Mar. de 2007 | Modifica el Código del Trabajo regulando el fuero sindical e impide el uso fraudulento del mismo. | En tramitación | 4898-13 |
29 de Abr. de 2008 | Establece fuero laboral para los trabajadores que presten testimonio ante comisiones investigadoras de la Cámara de Diputados. | En tramitación | 5833-13 |
10 de Jun. de 2008 | Establece sanciones al reemplazo de trabajadores en huelga. | En tramitación | 5908-13 |
05 de Ago. de 2008 | Crea la Administradora de Fondos de Pensiones del Estado. | En tramitación | 6015-13 |
11 de Sep. de 2008 | Modifica el Código del Trabajo en materia de discriminación laboral. | En tramitación | 6093-13 |
16 de Oct. de 2008 | Establece derechos de los trabajadores frente a la quiebra de la empresa. | En tramitación | 6164-13 |
- Respalde jurídicamente: ¿Qué sucede con los años de servicio y remuneración de un trabajador muerto por causa ajena al trabajo? (5%)
Solo se hace efectivo el pago de remuneraciones pendientes y vacaciones proporcionales ya que se pierden los años de servicios, no hay ninguna ley que estipule el pago por fallecimiento de un trabajador siempre y cuando no esté estipulado en algún contrato colectivo. Se hace referencia al artículo 60 del Código del Trabajo establece que, en caso de fallecimiento del trabajador, las remuneraciones que se adeudaren serán pagadas por el empleador a la persona que se hizo cargo de sus funerales, hasta la concurrencia del costo de estos. El saldo, si los hubiere y las demás prestaciones pendientes a la fecha del fallecimiento se pagarán, en orden de precedencia, al cónyuge o conviviente civil, a los hijos o a los padres del fallecido.
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