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PRÁCTICA 1


Enviado por   •  25 de Marzo de 2015  •  Tarea  •  679 Palabras (3 Páginas)  •  476 Visitas

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PRÁCTICA 1

1. Nicolás tiene 15 años. Quiere contraer matrimonio y desea comprar a plazos una casa rural por valor de 200.000 euros para montar en ella un negocio de hostelería. Además quiere otorgar testamento para instituir heredera universal a su futura esposa; por eso redacta un testamento ológrafo que se lo entrega a su novia. Pregunta:

a. ¿Puede contraer matrimonio?

De acuerdo con el artículo 48.2º del Código Civil, el matrimonio se puede contraer a partir de los 14 años, siempre y cuando se cuente con autorización judicial. En esta situación no consta que la posea, por tanto, Nicolás no podrá contraer matrimonio. En caso de que quisiera contraer matrimonio deberá obtener el consentimiento judicial de sus padres, tutor legal o del juez en caso de que no existieran ninguno de los anteriores.

b. ¿Puede otorgar testamento ológrafo?

Según el artículo 688 del Código Civil, el testamento ológrafo sólo podrá otorgarse por personas que cuentan con la mayoría de edad. Por lo que Nicolás tampoco puede realizar un testamento ológrafo.

c. ¿Puede comprar la casa rural? Art. 323 CC

De acuerdo con el artículo 323 del Código Civil, sólo el individuo emancipado podrá tomar dinero a préstamo, gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales sin consentimiento de sus padres. En este ejemplo no se advierte que Nicolás se encuentre en situación de emancipación, por tanto, no puede comprar la casa rural.

RAZONAR LAS RESPUESTAS

2. La Sra. Ramírez adquiere en unos grandes almacenes una cadena de música. Al cabo de 7 meses observa que no funcionan ni la radio en las cadenas de FM, ni el CD. Con tal motivo se dirige al vendedor, quien de malos modos le dice que tales defectos son consecuencia de un mal uso de la cadena de música. La Sra. Ramírez interpone demanda judicial contra los grandes almacenes por incumplimiento contractual, exigiendo la devolución del dinero y la resolución del contrato de compraventa. Los letrados de los grandes almacenes contestan a la demanda alegando que, en ningún momento ha existido incumplimiento, ya que los hipotéticos defectos eran manifiestos y estaban a la vista del comprador. Consultar Arts 1484 y ss CC

a. ¿Tiene razón la señora Ramírez? Razonar la respuesta.

La señora Ramírez tiene razón ya que, según el artículo 1484 y siguientes de Código Civil, el vendedor estará obligado al saneamiento por los defectos ocultos que tuviere la cosa vendida, si la hacen impropia para el uso a que se la destina, o si disminuyen de tal modo este uso que, de haberlos conocido el comprador, no la habría adquirido o habría dado menos precio por ella.

b. ¿Está dentro de plazo para realizar la reclamación?

Según el artículo

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