Pasamos de la concepción instrumental del acusado a la consideración de un sujeto amparado por la Constitución. Dos dimensiones: autodefensa y derecho a una asistencia letrada.
Enviado por jajaquerisamygod • 7 de Noviembre de 2017 • Apuntes • 322 Palabras (2 Páginas) • 126 Visitas
Examen: derecho a la tutela judicial efectiva, derecho a no declarar contra sí y derecho al silencio, derecho a la defensa: asistencia letrada y autodefensa, derecho a ser informado de la acusación y otras garantías anudadas al pricipio acusatorio, derecho a un proceso sin dilaciones indebidas, derecho a la defensa contradictoria y a la prueba, la presunción de inocencia como principio estructurador del proceso y como derecho fundamental.
Trabajarlo con los dos comentarios al art. 24, extractos de la Europa de los derechos y el texto largo fotocopiado: epígrafes de la inviolabilidad de la defensa en juicio y la presunción de inocencia.
Derecho de defensa
Pasamos de la concepción instrumental del acusado a la consideración de un sujeto amparado por la Constitución. Dos dimensiones: autodefensa y derecho a una asistencia letrada.
Dentro de la autodefensa entraría el derecho a ser oído, materializado en las declaraciones.
Marco: art. 24.2 CE, art. 6.3. CEDH
Bertrand Russell
STC 29/1995: objetor de conciencia. Fundamentos jurídicos: el TC marca unas bases para analizar el derecho de autodefensa. Fundamento jurídico 3: caso pakeli. Fundamento jurídico 5: especifica una excepción a la cláusula general de prohibición de objeción de conciencia; cabría la posibilidad de excluir la defensa técnica. Fundamento 6: derecho de última palabra. 729 LECrim: posibilidad del acusado de expresar a modo de contraste del proceso probatorio, sus últimas opiniones. Se considera la máxima del derecho de autodefensa. Sentencia 13/2006: da un carácter garantista al derecho de última palabra, poniéndolo por encima de otras expresiones de la defensa, por no exigir al acusado el requisito de indefensión material.
Apenas un año después, en la STC 258/2007 da un giro de 180º en su doctrina.
Derecho a la defensa técnica
STC 197/1987
Sentencia 206/1991
Art 17.1 (diligencias policiales y sumariales) y 24.2 (durante el proceso)
Vulneración del defeso a la defensa: si las declaraciones policiales sin abogado creasen posteriormente una situación de indefensión que repercutiese en la resolución que se dicte. Problema: control únicamente a posteriori
Artico v. Italia (TEDH).
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