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Pena De Muerte


Enviado por   •  25 de Abril de 2014  •  1.087 Palabras (5 Páginas)  •  199 Visitas

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PENA DE MUERTE

Ejecución de inocentes: de la Inquisición al siglo XX

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Los juicios humanos son falibles. Por muchas garantías que se incluyan en los procesos judiciales lo único que en el mejor de los casos nos aseguran (descartando, y ya es mucho descartar, eventuales prácticas corruptas, existencia de prejuicios, etc.), es que, en principio, las conclusiones resultantes serán más fiables que si no existieran estas garantías procesales. Pero la garantía absoluta de que el respeto escrupuloso de un riguroso protocolo dará siempre como resultado una conclusión absolutamente cierta no existe. Ni en el mejor de los sistemas judiciales.

Además, la administración de la justicia en muchas épocas ha ido acompañada de una práctica horrenda, el tormento, que la desnudaba de cualquier pretensión de equidad y credibilidad. No hay que olvidar que el uso de la tortura judicial era habitual hasta finales del siglo XVIII; sólo será a principios del siglo XIX cuando su uso legal se irá aboliendo progresivamente.

La Inquisición reunía todas las características para dictar sentencias injustas, para equivocarse (si se puede decir así) desde todos los puntos de vista: se basaba en una concepción del mundo incorrecta (por ejemplo, que la Tierra giraba alrededor del Sol), atribuía posesiones demoníacas a simples enfermos mentales o visionarios, confiaba en la tortura como medio de confesión (cuando fundamentalmente es un medio para que el condenado diga lo que quiere el verdugo) y consideraba pecados graves merecedores de las mayores condenas el hecho de pensar diferente de la ortodoxia religiosa imperante.

El caso de Galileo (1564-1642) es ilustrativo. Se atreve a poner en duda que el Sol sea el centro del universo. Afirma, al contrario, que es la Tierra la que gira alrededor del Sol, como ya había dicho Copérnico anteriormente (1473-1543). A causa de sus afirmaciones, Galileo es requerido y obligado por la Inquisición a "admitir su error", cosa que hace ante las previsibles consecuencias en caso de negarse.

Decíamos pues que equivocarse es humano. La posibilidad de errar es una de las características congénitas de la naturaleza humana, de la misma forma que reconocer los errores y, cuando es posible, enmendarlos, también lo es.

El problema, no obstante, es que algunos errores no admiten reparación. Y el mejor ejemplo es la aplicación de la pena de muerte. En un caso así, y dada la trascendencia de la decisión, el más elemental sentido común aconsejaría buscar alternativas a esta decisión irreversible. A lo largo de la historia este sentido común ha brillado por su ausencia.

Millares de personas han sido condenadas a muerte en procesos sin las más mínimas garantías procesales, amparándose en procedimientos legales rudimentarios o totalmente arbitrarios (basados en ocasiones en la magia y la adivinación), con el uso de la tortura como medio de conseguir confesiones, con la participación de testimonios falsos (espontáneos, comprados u obligados bajo amenaza a testificar falsamente), adulterados por la necesidad imperiosa de encontrar fuera como fuera culpables o simples chivos expiatorios, etc.

Desde 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos sostiene en su artículo 11 que “toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad”. Sin embargo, en ocasiones debido a pruebas erróneas, testigos

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