Pluralismo Juridico
Enviado por sumbanbica • 18 de Mayo de 2014 • 2.047 Palabras (9 Páginas) • 304 Visitas
MONISMO JURIDICO VS PLURALISMO JURIDICO
El pluralismo jurídico ha sido un concepto polémico, debido a que presenta una concepción distinta del tradicional derecho positivo, el cual plantea que existe un único ordenamiento jurídico promulgado por un soberano en donde se concibe la ley como fuente formal y al Estado como fuente natural.
Para los representantes del pluralismo jurídico dentro de los Estados modernos coexisten diversos ordenamientos jurídicos que permiten que algunas comunidades como las indígenas se rijan por sus propias reglas jurídicas independientes pero alineadas del derecho estatal.
Esta forma de concebir el ordenamiento jurídico le ha permitido al pluralismo jurídico. Establecerse en los sistemas donde coexiste la diversidad cultural.
El monismo y soberanía indivisible
El monismo jurídico parte de la concepción de que debe existir un único sistema jurídico centralizado y jerarquizado por cada Estado Nación, los monistas argumentan que para mantener el orden social y político, debe haber un único ordenamiento jurídico de carácter Estatal.
“El monismo jurídico, esto es, la idea de que debe haber un único sistema jurídico jerarquizado y centralizado en cada Estado el cual ha dominado la imaginación política y jurídica de Occidente Para proteger los principios de igualdad, seguridad jurídica, legalidad y unidad política, así como para mantener el orden social y político debe haber, un único ordenamiento jurídico de carácter estatal.”(Bonilla-,2009)
Para muchos teóricos la versión del monismo cobra mucha más fuerza cuando se entrelaza con el liberalismo, puesto que comparte los principios de igualdad unidad política, consideradas fundamentales en los valores liberales, de libertad individual y orden dentro de la comunidad, partiendo de esta unión nace un nuevo concepto : el monismo jurídico liberal, el cual establece que:
“El orden y la unidad política de una nación solo pueden garantizarse si existe un único ordenamiento jurídico promulgado por un soberano único” (Bonilla; Ariza) en el monismo jurídico liberal se hace estrictamente necesario la existencia de un soberano indivisible determinado como “un solo individuo o grupo de individuos con poder creador de derecho y fuente única del poder político que garantice la cohesión y el carácter unitario de la nación” (Ariza; Bonilla) .
Para el monismo, la pluralidad de soberanos y de sistemas jurídicos, generan solamente confusión desorden y conflictos, por ello ofrece un soberano único e indivisible que representa la unidad política de la nación y aun único sistema de normas.
Esencia del monismo jurídico
“El monismo jurídico es la respuesta de la acción jurídica para dejar atrás el estado de naturaleza”(Moreno; notas de clase) para Hobbes y Locke teóricos contractualitas el hombre en el estado de naturaleza vive en constantemente en discordia con los demás hombres, por intereses o por poder y para conservar sus vidas y bienes los individuos entregan su derecho de hacer justicia por sí mismo al Estado o Leviatán, a través de un pacto civil , “El soberano concentra entonces el poder coercitivo del Estado, así como la capacidad creadora de derecho y la potestad de solucionar los conflictos que surjan entre los súbditos”.(Ariza; Bonilla).
Tanto para Locke como para Hobbes el Estado concentra el poder creador de derecho , es decir que es el único que puede juzgar y ejecutar normas generales y públicas, el monismo jurídico tiene su esencia en el pacto social puesto que la concepción de Estado determinada por Hobbes y Locke, concibe que el único derecho que debe ser aceptado es el que es creado por el soberano, un sistema jurídico monolítico, unitario y supremo.
Desde la filosofía del derecho, Kelsen fue quien articuló de manera particularmente aguda el monismo jurídico liberal. para Kelsen, la soberanía es la expresión de la exclusividad de la validez de un sistema normativo, menciona también que, el hombre no puede hallarse sometido jurídicamente sino a un solo orden, es decir al orden Estatal, por tanto, lo jurídico se reduce a las normas jurídicas puestas por la actividad Estatal, es decir:
“Estado no consiente otros lugares de producción jurídica, solo hay lugar para un solo derecho, el derecho Estatal y el derecho es uno por que se confunde con el Estado y en un medio social dado, solo puede existir un solo Estado”(
Para Kelsen el derecho es un sistema jerárquico compuesto por normas promulgadas por un conjunto de instituciones centralizadas que deriva su validez de una norma fundamental supuesta, es decir que la creación de una norma exige todo un procedimiento ya establecido, la cual debe ser creada por el ente competente y estar subordinada a una norma superior “Todo lo que se encuentre por fuera de este esquema, o no pueda ser reducido a él es un hecho, pertenece al dominio de las cosas, de los objetos, y no puede alcanzar nunca un estatus de juridicidad” (Teubner 1997;768) no obstante considera que el derecho estatal excluye a cualquier otro sistema de normas que pretenda competirle. Si este no fuera el caso, el soberano que promulga el derecho no sería supremo, y, por tanto, no sería soberano.
Para los pluralista jurídicos el monismo es una teoría descriptivamente errada y normativamente poco fértil, el monismo jurídico afirma que “ el derecho es y solo es el derecho producido por un órgano competente” (Ariza, Bonilla) para los pluralista jurídicos esta concepción es poco creíble debido a que sostienen que le derecho del Estado no es el único derecho presente en la sociedad “En el Estado surgen ordenes normativos espontáneamente en la vida cotidiana como forma de autorregulación que llegan a ser más importantes para la sociedad que le
...