Pluralismo Jurídico
Enviado por Bartolozzi • 25 de Marzo de 2012 • 703 Palabras (3 Páginas) • 742 Visitas
Pluralismo Jurídico.
Se entiende por pluralismo jurídico la coexistencia de dos o más órdenes jurídicos en un mismo ámbito de tiempo y espacio. Sobre el origen o como nace el pluralismo jurídico existen un sin numero de teorías de diferentes autores entre estas de que nació en Francia a través de un análisis sociológico realizado por un filosofo y sociólogo llamado Georges Gurvitch.
La interpretación postmoderna de lo que se ha dado por denominar Pluralismo Jurídico o Legal, como uno de los nuevos paradigmas surgidos en los últimos años, ha venido cuestionando la concepción del derecho estadal o sea el llamado monismo jurídico que se presenta como una ley única, autónoma y autocrática, omnipotente en todos los ámbitos de la vida social de los Estados, impuesto por la teoría jurídico positivista de Kelsen, que concibe al Estado como la única entidad capaz de crear normas, procedimientos y estructuras administrativas y judiciales para regular los conflictos que se plantean entre los miembros de una sociedad, a través de los órganos del poder público lo que implica el monopolio estatal de la producción jurídica.
En términos generales, el pluralismo jurídico implica la aceptación de que varios órdenes jurídicos pueden convivir en un mismo espacio y tiempo, negando la exclusividad estatal en la producción de normas jurídicas.
En las dos ultimas década del siglo XX, algunos países latinoamericanos reconocieron de manera expresa en sus cartas magnas el carácter multiétnico y pluricultural del Estado-Nación, admitiendo además la coexistencia paralela o alternativa de los sistemas normativos de los pueblos indígenas con el derecho estadal, es decir el pluralismo jurídico dentro del ámbito de la administración de justicia.
En Venezuela, la Asamblea Nacional Constituyente que se instalo el 25 de julio de 1999, con la participación activa de dirigentes indígenas, se hizo eco de los reclamos y exigencias del movimiento indígena mundial y de los cambios profundos experimentados en las constituciones de los países del hemisferio con población indígena, por tales razones nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Título V De la Organización del Poder Público Nacional, Capitulo III, Del Poder Judicial y el Sistema de justicia en su Artículo 260 reconoce la jurisdicción especial de los pueblos indígenas como medio alternativo de justicia, con potestad de resolver los conflictos entre sus integrantes dentro de sus espacios territoriales de acuerdo a sus tradiciones ancestrales.
La base legal en Venezuela del pluralismo jurídico la encontramos en el Titulo I, Principios Fundamentales en su artículo 6 Forma de Gobierno, de nuestra Constitución que establece: Que el gobierno de la República Bolivariana de Venezuela y sus entidades políticas es y será siempre democrático, participativo, electivo, descentralizado, alternativo,
...