ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

Qué es el Principio de Causalidad y cómo considera usted que el mismo resulta aplicable respecto de los gastos observados por SUNAT a XYZ CONSULTING E.I.R.L y/o si los mismos guardan relación con su giro o actividad ?


Enviado por   •  10 de Junio de 2022  •  Ensayo  •  4.362 Palabras (18 Páginas)  •  58 Visitas

Página 1 de 18

1.  ¿Qué es el Principio de Causalidad y cómo considera usted que el mismo resulta aplicable respecto de los gastos observados por SUNAT a XYZ CONSULTING E.I.R.L y/o si los mismos guardan relación con su giro o actividad ?

En primer lugar debemos definir lo que es el principio de causalidad, y este es uno de los rectores para la determinación de la renta imponible dentro del sistema tributario. En este punto autores como  Picón (2007) señalan que la causalidad es considerada como: La relación existente entre un hecho (egreso, gasto o costo) y su efecto deseado o finalidad (generación de rentas gravadas o el mantenimiento de la fuente). Debe tenerse presente que este principio no se considerará incumplido con la falta de consecución del efecto buscado con el gasto o costo, es decir, se considerará que un gasto cumplirá con el principio de causalidad, aun cuando no se logre la generación de la renta (p.29). Asimismo autores como Alva (2010) señala que se pueden presentar dos concepciones, una restrictiva bajo la cual se permite la deducción de los gastos que tengan la característica de necesarios e indispensables para poder producir la renta y/o también mantener la fuente generadora, es decir, se entienden por gastos necesarios aquellos desembolsos estrictamente indispensables y una concepción amplia donde se permite la deducción de todos aquellos gastos necesarios para producir y/o mantener la fuente generadora de renta, tomando en cuenta adicionalmente la totalidad de desembolsos que puedan contribuir de manera indirecta a la generación de renta. Si nos apoyamos de Jurisprudencia , debemos destacar la del Tribunal Fiscal, que ha trazado un concepto del denominado Principio de Causalidad al emitir la RTF No 710-2-99, de fecha 25 de agosto de 1999, donde señala que es: La relación de necesidad que debe establecerse entre los gastos y la generación de renta o el mantenimiento de la fuente, noción que en nuestra legislación es de carácter amplio pues se permite la sustracción de erogaciones que no guardan dicha relación de manera directa; no obstante ello el Principio de Causalidad debe ser atendido, por lo cual para ser determinado deberán aplicarse criterios adicionales como que los gastos sean normales de acuerdo al giro del negocio o que estos mantengan cierta proporción con el volumen de las operaciones entre otros. En síntesis, para que un gasto se considere deducible para efectos de poder determinar la renta neta de tercera categoría, necesariamente deberá cumplir con el Principio de Causalidad, el cual se encuentra regulado en el artículo 37 de la Ley del Impuesto a la Renta. Así también, Villanueva(2013) en su artículo “el principio de causalidad y el concepto de gasto necesario” señalar que : El principio de causalidad es la relación de necesidad que debe establecerse entre los gastos y la generación de renta o el mantenimiento de la fuente, noción que en nuestra legislación es de carácter amplio pues se permite las sustracciones de erogaciones que no guardan dicha relación de manera directa; no obstante ello el principio de causalidad debe ser atendido por lo cual, para ser determinado deberá aplicarse criterios adicionales como que los gastos sean normales de acuerdo al giro del negocio o éstos mantengan cierta proporción con el volumen de las operaciones.

La empresa XYZ CONSULTING E.I.R.L. Tiene como giro de actividad el desarrollo de sistemas, asesoría tecnológica, estructuración e instalación de redes, ensamblaje, revisión y reparación de equipos, procesamientos de datos, comercialización, alquiler e importación de accesorios y equipos de cómputo en general, entre otros. Entonces podemos decir que, su objeto social debe ser aplicable al principio de causalidad, por ello los gastos (gastos administrativos, servicios de terceros, etc ) que se deriven, deben estar relacionados a la actividad productiva. Por ejemplo, si XYZ contrata personal, debe tener una conexión con la razón social de la empresa,entonces debería contratar ingenieros de sistemas, técnicos informáticos u otros análogos. En cuanto a la relación de gastos (productos o servicios adquiridos) que fueron observados por SUNAT, la empresa XYZ CONSULTING E.I.R.L. debió sustentar la realización, naturaleza, cuantía, necesidad del costo y gasto, asimismo, la causalidad, necesidad, proporcionalidad y razonabilidad para producir o mantener la fuente generadora de renta de cada operación comercial, mediante documentos que puedan probar, estos en originales, y con  fotocopias refrendadas con el sello de la misma empresa y la firma del representante legal , además se debió indicar cuál fue el uso y destino de cada uno de los gastos detallados. Por otro lado, las adquisiciones realizadas se deben acredita con comprobantes de pago, guías de remisión, órdenes de compras orden de servicios, proformas, presupuestos, ofertas, correspondencia, documentos de entrada y salida de almacén en donde se aprecie el ingreso de los bienes comprados indicando cual es el comprobante de pago que corresponde, informes, reportes, contratos de servicios recibidos y cualquier otra documentación adicional conveniente, donde su base legal es el Art. 37° del TUO de la LIR. Así también, de forma individual cada gasto debió ser sustentado y documentado de la siguiente manera:

I. DELTRON y Milagros Cabello Lostanau, proveedores de computadoras y servidores para el desarrollo del proyecto de la Empresa XYZ CONSULTING E.I.R.L. Se debió presentar el comprobante de pago emitido, en este caso sería de TIPO 01- Factura, asimismo, se debió presentar la forma de pago las cuales podian ser los bancarizados con cheque o transferencia bancaria de acuerdo con SUNAT, eso en concordancia con el  Art. 3° de la Ley N°28194 se señala que los importes que excedan S/5000.00 o $/1,5000 deben ser bancarizados y así ser considerados pagos válidos. Asimismo, se debió señalar en función a qué criterios se realizó la forma de pago, por ejemplo, contra-entrega, entre otros. Se debió exigir los folios del libro de caja – bancos, donde se aprecie el pago a los proveedores, proporcionando fotocopia simple de ellos, así como los recibos diarios de caja u otro comprobante que refleje la salida del dinero para el pago de los proveedores.

II. Guillermo Valiente Cossi, quien prestó servicios como contador a la empresa, servicio que es necesario para el manejo de las cuentas y finanzas de la empresa. Por lo tanto, debió ser sustentado con el contrato de servicios recibido con fecha cierta, órdenes de servicios u otra documentación que contenga información sobre la naturaleza de dichos servicios, especificando la relación de causalidad con la generación de ingresos y la forma de cálculo de los honorarios pactados. Mostrar el comprobante de pago emitido y explicar en qué consisten los servicios prestados, además de detallar y argumentar porqué el pago realizado asciende a tal monto demostrando así su proporcionalidad, se debiò sustentar respectivamente se hubiera evitado observaciones. Asimismo, se debió sustentar la necesidad  del servicio en relación al mantenimiento de la fuente productora.

...

Descargar como (para miembros actualizados) txt (28 Kb) pdf (146 Kb) docx (17 Kb)
Leer 17 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com