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REGIMEN Y SOCIEDADES


Enviado por   •  11 de Noviembre de 2017  •  Apuntes  •  1.383 Palabras (6 Páginas)  •  216 Visitas

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ELEMENTOS DE VALIDEZ

1.CAPACIDAD : Hay dos tipos de capacidad:

Goce: atributo de la personalidad, por ser presonas, aptitud para ser titular de derechos y obligaciones.

Ejercicio: nos permite ejercerlas esas obligaciones y derechos por nostros mismos sin representación .

¡QUIENES TIENEN CAPACIDAD?

PERSONAS NATURALES:  

Los incapaces absolutos o relativos no pueden celebrar el contrato de sociedades cuando se trate de sociedad colectivas ni gestores en las in comandita ni siquiera a través de sus representantes legales. ART 103

Si pueden ser socios de las demás sociedades por medio de sus representantes.

PERSONAS JURÍDICAS:

Tienen capacidad de goce (gozan de los mismos atributos de la personalidad de las personas naturales excepto el estado civil)

También tienen capacidad de ejercicio: pero como es una ficción debe actuar a través de representantes legales.

Las personas jurídicas hasta donde tienen límite.

ART99: LA CAPACIDAD DE LA SOCIEDAD: se circunscribirá al desarrollo de la empresa o actividad prevista en su objeto social ( las actividades que hayan descrito en este)

Que haya una identidad o afinidad entre ambos objetos sociales o que tengan en su objeto social las activades de inversión : ESTO PARA PODERSE ASOCIAR ENTRE SOCIEDADES.

2.CONSENTIMIENTO LIBRE DE VICIO:  

-Fuerza y dolo se aplican según las reglas generales en civil

-ERROR: 3 modalidades

-Error esencial: art 101 el que versa sobre los móviles determinantes que hayan sido comunes para celebrar el contrato de sociedades.

Ejm: se celebró el contrato porque uno tenía invento para el guayabo pero era mentira. Móvil ( lo que nos mueve a celebrar el contrato).

-Error en la persona: cuando yo pensando que voy a celebrar el contrato con X lo celebro es con Y .

Solo vicia el consentimiento en las sociedades de personas . EJM sociedad colectiva.  PP

En anónima: no importa

-Error en el negocio: una cosa es error en el negocio cuando pensando constituir un tipo societario determinada constituimos otro , nos equivocamos en el tipo ( lda,colectiva) etc

Pero vicia el consentimiento cuando terminamos constituyendo un tipo societario que tenga una responsabilidad para los socios más gravosa

El pero tipo societario en cuanto en la responsabilidad es la COLECTIVA.

Y la más fácil: limitada- anónima.

(hay error cuando aumenta la responsabilidad si es al contrario no pasa nada).

3.OBJETO LICITO : Que no sea contrario a la ley

Palabra objeto tiene dos connotaciones.

-Se refiere a las prestaciones da dar – hacer o no hacer a la que se obligan los socios. LOS APORTES

-Se refiere a la actividad económica (sinónimo empresa).

Hay objeto ilícito cuando la prestación de hacer, o la actividad económica que se va desarrollada es ilícita: (objeto: transportar droga) . o (a lavar dinero) o (cuando la actividad económica sea la explotación sexual de niños )

4.CAUSA LICITA:

La causa los móviles que nos llevan a contratar. Cuando estos son contrarios a la ley es causa.

Son móviles determinantes y comunes. Cuando son contrarios a la ley.

ELEMENTOS FOMALES:

  1. ESCRITURA PÚBLICA: Tiene efectos muy importantes , con esta existe persona jurídica en las sociedades del régimen tradicional (todas menos la S.A.S) , pero sin la escritura igual sigue existiendo el contrato pero se tiene es una sociedad de hecho .

SOCIEDAD ANONIMA: Minimo 5 personas. Van a la notaría y salen 6 persona los naturales y la persona jurídica

  Y Cuando se hace la escritura pública SURGE la PERSONA     JURIDICA. PP

TODOS LOS SOCIOS DEBEN COMPARECER AL ACTO DE LA ESCRITURA PUBLICA, pero cuando se trate en sociedades de comandita simple y por acción es suficiente con la comparecencia de los socios gestores.

La escritura debe contener: art110

-objeto social

-Nombre socios

-Domicilio

-Objeto social

   

2.REGISTRO MERCANTIL: La inscripción de la escritura pública en la cámara de comercio en la del domicilio societario.

Efectos Registro Mercantil:

- Con este registro mercantil hace esta persona jurídica OPONIBLE.

-Se podrán expedir certificados de existencia y representación legal que servirán como medio de prueba.

-Permite dar inicio a la empresa, es decir empezar a ejecutar la actividad económica.

Cuando NO HAY REGISTRO MERCANTIL SE TIENE UNA SOCIEDAD IRREGULAR.

3.PERMISO DE FUNCIONAMIENTO: Es excepcional, Cuando hay actividades que son de importancia para el estado y requiere permiso de autoridad. Ejm : hacer un banco .

Autorización por parte de la superintendencia de Vigilancia.

CLASIFICACIÓN DE LAS SOCIEDADES:

Existen varias clasificaciones:

  1. CIVILES Y COMERCIALES:

-CIVILES: actos no mercantiles o civiles. Aquella cuya actividad económica  no es mercantil, son sociedades civiles pero se rige por la legislación mercantil.

-COMERCIALES: Actos mercantiles

  1. –SOCIEDADES DE :

-PERSONAS:- Prototipo es la sociedad colectiva,

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