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RESUMEN DEL VALOR DE LAS PRUEBAS


Enviado por   •  16 de Julio de 2020  •  Síntesis  •  1.482 Palabras (6 Páginas)  •  168 Visitas

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RESUMEN DEL VALOR DE LAS PRUEBAS

Para hablar del desahogó y valoración de pruebas con lo que se busca un procedimiento pronto eficaz y eficiente.

 Cuáles responsabilidad que se permite para desahogo de responsabilidad Qué tipo de pruebas pueden caer en lo ilícito las pruebas lograrán el esclarecimiento de los hechos y evitarán la impunidad Maestro Rogelio Paredes Pérez maestro en derecho procesal

 es el procurador de quejas y recomendaciones de la procuraduría social de la Ciudad de México Especialista en propiedad intelectual

Muy frecuentemente escuchamos sobre todo cuando los medios de comunicación están enfrente a presuntos delincuentes decir no hay pruebas no hay pruebas que lo acreditan como se consigue una prueba para comprobar Vargas redundancia que verdaderamente cometió o no Bueno la ley procesal establece Cuáles son los requisitos que se tienen que cumplir principalmente una prueba Posición del juez Federal para hacerlo y en ese caso si se obtiene esa prueba de esa manera esto ya es una prueba ilícita y de acuerdo con nuestro sistema jurídico esa prueba no tiene valor probatorio se tiene que subir Pero qué pasa si al entrar de esa manera violando el derecho al el domicilio es invulnerable se obtienen otros datos que señalan otro domicilio donde hay otras pruebas que se involucren a una persona que se está buscando cuando se se hace de esa manera la tendencia es que también se excluye aquí hay lo que parte una legalidad no puede ser la teoría del fruto del árbol venenoso Prueba que se obtiene Ahora sí cumpliendo con los requisitos legales también es inicio con las grabaciones Eso se puede obtener o se puede presentar una prueba penal había quedado tratamiento especial para ver justamente Cómo es que se obtuvo para poder determinar si se trata de una prueba ilícita o ilícita en el caso de las grabaciones Bueno lo que hace prácticamente avisar que se está grabando en algunos casos no se hace entonces hay que tomar en cuenta el momento específico en donde se está llevando a cabo esa grabación para ver si esa prueba cuenta con la calidad que comentaba Rogelio en el sentido de que el juez pueda calificar la acomodé legal Y el juez autorizó que se graban las conversaciones telefónicas los miembros de este grupo delincuencial se le tiene que avisar Oye grupo delincuencial Te estamos grabando No para nada Esa investigación de esa manera decía yo que si se puede ofrecer un medio de prueba cuando una de las partes involucradas en esa conversación en ese medio de comunicación es parte inclusive de esa comunicación lo que está prohibido es que se exhiba como medio de prueba una comunicación siendo un tercero ajeno a eso pero sí es parte y le sirve ese medio de pruebas y su proyección Y creo que todas las que está soplando al jocoque después de que alguien por ahí se quemó la leche con el espionaje telefónico son válidos en espera y cuando previamente autorizado por un juez federal y Qué es motivo de una investigación si cualquier medio de comunicación electrónico si se puede obtener y se puede exhibir válidamente en proceso y en este caso para un presunto responsable Fiscal no hay no se puede pedir el Oxxo Es un derecho fundamental el que tenemos de que nadie debe meterse en medios de comunicación privada ballesta y ese derecho a la privacidad indudablemente Abrir la intervención de un juez para que sus pruebas sean válidos es bueno ya que dividir Cuáles en qué momento en que etapa de en el caso de materia penal En qué etapa del proceso se está actuando porque puede ser a nivel administrativo y decirle a través de la gente nuestro público que Efectivamente es un investigador o bien en el órgano jurisdiccional cuando ya escaló esa parte perdón La intervención de la autoridad judicial para poder intervenir una comunicación privada para que tenga validez en el proceso y este medio de pedido así se puede ofrecer a un proceso Eso sí es indispensable que se pide Conjunto.de la gente de nuestro público que es una hiciste una figura administrativa como del órgano jurisdiccional Entonces ya no es únicamente el juez únicamente la autoridad administrativa la que estaría actuando sino que se da de manera conjunta pero también ahí Habría que ver o haber que señalar hasta donde pueda actuar el juez de manera libre y la gente me hizo público también de manera libre Ahora yo también creo que es importante precisar lo siguiente si estoy en una comunicación supuestamente privada y la pregunta es esa comunicación que aquí hubo no tiene conocimiento que la estoy grabando o ahí está en WhatsApp simplemente pues ahí está y yo la ofrezco como prueba en un asunto penal donde a mí se me está acusando de un hecho delictivo y no es cierto y de ese modo de prueba me sirve la pregunta es si yo puedo exhibir ese medio electrónico donde hay elementos según yo que demuestran inocencia estoy suponiendo Y el responsable subo puedo ofrecerlo así porque permiten una autorización del juez Sí pero ahí tenemos que establecer claramente la división Porque podríamos hablar en ese en ese caso de una actividad previa al proceso sin que se entere alguna de las partes son supuestos muy específicos en los que puede haber una intervención del órgano jurisdiccional sin necesidad de que se entere por insecticida Con esa comunicación yo como yo me grabé a mí mismo tener una conversación con usted entonces yo me están acusando de un delito que no cometiste y la prueba importante contundente que demostrar su inocencia es esa comunicación Puedes ofrecer lo tome de prueba en tu defensa yo creo que sí porque tú eres parte de esa comunicación Obviamente que esto pues es relativamente nuevo Hay que ir puliendo muchos detalles Porque en la práctica la realidad pues se presentan situaciones muy diferentes que legislador no puede prever todo y sí efectivamente En el caso que comentabas de los medios alternativos de solución de conflictos se trata de evitar son tantos asuntos son tantos jueces en la materia que sea que los que son diferentes y es un estado de inseguridad para la ciudadanía o sea yo tengo una interpretación válida una válida puedo hablar de una teoría que dice que es blanco y otra que dice que a es negro Entonces esa situación de inseguridad esos criterios discrepantes es lo que nos lleva a un estado en el que estamos en la actualidad y no iré yo muy lejos simplemente en la suprema corte de justicia de la nación hay criterios que se sostienen en un lado en otro hay contradicción de tesis En un circuito circuito y al final hay una contradicción de criterios En algo inseguro servicios Pero tiene que cumplir con la garantía constitucional de la debida fundamentación y motivación océano que una libertad sólo es el código de procesos penales en este caso como sucede casi todos los códigos la ley no establece una una tasación del valor probatorio que cada medio que lo deja con cierta libertad Explica la razón de los motivos por los cuales le mereció más valor probatorio la declaración de un testigo que el otro igual 1 documento Bueno ya yo ya quisiera un poco por los que crees que se han dado eso es lo que se establece anteriormente tienes que fundar y motivar No necesariamente Aunque tú en tu resolución tengas un razonamiento lógico jurídico Solamente tienes que fundar y motivar Y entonces bueno Y entonces la ley resulta que la ley es la ley Resulta que la ley ya no es la ley Pues habría que ver hasta dónde es y hasta donde no existe Esta exigencia es constitucional el 16 constitucional dice que se debe fundar y motivar pero no debería de Artículo primero vinculado con el artículo 133 de la jerarquía de normas vino la reforma todos pues ya pensábamos que estamos un paso más adelante pero vienen los criterios de la suprema corte de justicia donde dice Bueno si dice eso pero siempre no Y entonces Viene un nuevo criterio apenas el primer primero El país tienen los siguientes derechos y garantías constitucionales y el 16 establece la obligación de fundar y motivar entonces necesariamente se debe cumplir con ese derecho esa garantía constitucional garantista Información para ponerla a Tono Mercado Estableciendo criterios muy complicado De acuerdo en algo en algo y el maestro no hemos visto a mí me gusta por ejemplo yo soy más más más activista más que tenga más más libertad del órgano funcional para resolver que pueda hacerlo y no que se limita a lo que dice la ley que no que sí que la Viole pero que si te agregó Es el tiempo estimado para muchísimo más próximo que acompañarlos mucho con mucho gusto

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